Resumen de la Resolución Ministerial 421‑2023‑MINEM/DM
El 25 de octubre de 2023 el Ministerio de Energía y Minas, mediante la Resolución Ministerial Nº 421‑2023‑MINEM/DM, estableció de forma permanente el derecho de servidumbre de electroducto a favor de ENEL DISTRIBUCIÓN PERÚ S.A.A. para el proyecto “Línea de Transmisión en 60 kV para la Sub Estación José Granda 60/20/10 kV”, ubicado en el distrito de San Martín de Porres, Lima.
Marco legal aplicable
- Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento (DS Nº 009‑93‑EM).
- Texto Único de Procedimientos Administrativos del MINEM (DS Nº 038‑2014‑EM).
- Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del MINEM.
- Resoluciones suprema Nº 032‑94‑EM y Nº 080‑96‑EM que otorgan y transfieren la concesión de distribución a ENEL DISTRIBUCIÓN PERÚ.
Datos del proyecto y de la servidumbre
Cód. Exp. | Descripción de la Línea | Nivel de Tensión (kV) | Nº de Terna | Longitud (m) | Ancho de la Faja (m) |
---|---|---|---|---|---|
21256723 | Línea de Transmisión en 60 kV para la Sub Estación José Granda 60/20/10 kV Detalle: Tramo Subterráneo – Tramo aéreo |
60 | 02 | 1,933.80 m (subterráneo) – 756.73 m (aéreo) – 1,177.07 m (total) | 4.20 m (subterráneo) – 16 m (aéreo) |
Artículos de la resolución
Artículo 1. Se establece el derecho permanente de servidumbre de electroducto para la línea descrita, con referencia a las coordenadas UTM (WGS 84) contenidas en la documentación técnica del expediente.
Artículo 2. La servidumbre queda sujeta a las normas de seguridad de la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y a las normas técnicas pertinentes.
Artículo 3. ENEL DISTRIBUCIÓN PERÚ S.A.A. debe adoptar las medidas necesarias para que el área afectada no sufra daño, respondiendo civilmente en caso de incumplimiento.
Artículo 4. La empresa debe vigilar permanentemente que no se realicen construcciones que restrinjan el ejercicio de la servidumbre.
Procedimiento administrativo
- Solicitud de servidumbre registrada con el N° 3446502 el 14 de febrero de 2023.
- Expediente Nº 21256723 evaluado por la Dirección General de Electricidad (Informe Nº 0742‑2023‑MINEM/DGE‑DCE) y por la Oficina General de Asesoría Jurídica (Informe Nº 1037‑2023‑MINEM/OGAJ).
- Resolución final emitida el 25 de octubre de 2023 y publicada en el diario oficial “El Peruano”.
Con esta resolución, el proyecto de transmisión de 60 kV cuenta con la garantía legal necesaria para avanzar sin contratiempos en la zona de San Martín de Porres.