Concesión temporal para estudios de factibilidad de la Central Eólica La Quebrada 2 (112.1 MW) Ruben Felix, PhD julio 15, 2026

Concesión temporal para estudios de factibilidad de la Central Eólica La Quebrada 2 (112.1 MW)

Resumen ejecutivo

Con resolución ministerial Nº 279-2026-MINEM/DM de fecha 14 de julio de 2026, el Ministerio de Energía y Minas (MINEM) otorga a la empresa LA QUEBRADA 2 S.A.C. una concesión temporal para ejecutar estudios de factibilidad del proyecto “Central Eólica La Quebrada 2”, con capacidad instalada estimada de 112.1 MW, en los distritos de Marcona y Nasca (provincia de Nasca, departamento de Ica), por 24 meses contados desde la publicación de la resolución.

Antecedentes

El expediente Nº 27433126 recoge la solicitud presentada mediante carta LQ2.GG.004.2026, registro Nº 4280589, el 28 de abril de 2026, en virtud del artículo 23 del Decreto Ley Nº 25844 (Ley de Concesiones Eléctricas) y su Reglamento (DS 009‑93‑EM). La Dirección General de Electricidad (DGE) emitió el Informe Nº 0513‑2026‑MINEM/DGE‑DCE confirmando el cumplimiento de los requisitos del artículo 30 del Reglamento. La Oficina General de Asesoría Jurídica (OGAJ) emitió el Informe Nº 963‑2026‑MINEM/OGAJ, declarando la viabilidad legal del otorgamiento.

Procedimiento administrativo

Fecha Acto N° documento Comentario
28/04/2026 Presentación de solicitud de concesión temporal LQ2.GG.004.2026 – Registro Nº 4280589 Solicita estudios de factibilidad para “Central Eólica La Quebrada 2”.
05/05/2026 Emisión de Informe DGE 0513‑2026‑MINEM/DGE‑DCE Verifica cumplimiento del artículo 30 del Reglamento de Concesiones Eléctricas.
12/05/2026 Emisión de Informe OGAJ 963‑2026‑MINEM/OGAJ Confirma viabilidad legal del otorgamiento.
14/07/2026 Resolución Ministerial 279‑2026‑MINEM/DM Otorga la concesión temporal por 24 meses.
15/07/2026 Publicación en el Diario Oficial El Peruano Cumple lo dispuesto en el artículo 36 del Reglamento de Concesiones Eléctricas.

Fundamento legal

  • Ley Nº 30705 – Ley de Organización y Funciones del MINEM (art. 4 y art. 5.1).
  • Decreto Ley Nº 25844 – Ley de Concesiones Eléctricas (art. 23 y art. 30).
  • Decreto Supremo Nº 009‑93‑EM – Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas (art. 33, art. 36).
  • Decreto Supremo Nº 031‑2007‑EM – Reglamento de Organización y Funciones del MINEM (art. 64(l)).
  • Decreto Supremo Nº 038‑2014‑EM – Texto Único de Procedimientos Administrativos del MINEM (código CE02‑1).
  • Resolución Directoral Nº 046‑2010‑EM/DGE – Norma de referencia para estudios de factibilidad.

Decisión y efectos

  1. Artículo 1: Otorgar a LA QUEBRADA 2 S.A.C. una concesión temporal para estudios de factibilidad, con capacidad de 112.1 MW, en Marcona y Nasca (Ica), por 24 meses.
  2. Artículo 2: Delimita el área de la concesión mediante coordenadas UTM (WGS 84) zona 18S (ver tabla de coordenadas).
  3. Artículo 3: Ordena la ejecución de los estudios bajo normas técnicas, ambientales y de patrimonio cultural, según la Ley 25844 y su Reglamento.
  4. Artículo 4: Establece fiscalización de los estudios por las entidades competentes.
  5. Artículo 5: Define consecuencias por incumplimiento, incluida la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento conforme al art. 36 del Reglamento.
  6. Artículo 5 (publicación): Ordena la publicación única de la resolución en El Peruano.
También te podría interesar...  Servidumbre temporal para la Central Solar Fotovoltaica San José: Resolución MINEM 252-2024

Características técnicas

Vértice Este (m) Norte (m)
1 488203.92 8350022.45
2 487988.05 8350535.71
3 488122.42 8350563.01
4 488424.91 8350161.81
5 488675.14 8350484.56
6 488230.10 8351888.81
7 489182.42 8351639.84
8 489477.56 8350704.28
9 489781.92 8351210.50
10 491792.65 8349359.35
11 492516.16 8349176.76
12 492865.69 8349473.13
13 493733.69 8349173.69
14 494304.22 8347680.83
15 498466.33 8343900.85
16 497077.43 8344049.28
17 496836.99 8343688.31
18 496874.22 8343016.30
19 496920.88 8342794.20
20 498252.52 8342864.04
21 498251.66 8342722.01
22 497823.86 8342331.34
23 497164.95 8342234.67
24 496403.25 8341953.12
25 492938.02 8341734.46
26 492328.95 8341433.52
27 491911.74 8340379.25
28 491607.37 8340371.58
29 489916.74 8346274.25
30 490046.32 8346351.45
31 490979.90 8345509.50
32 491193.44 8345774.08
33 490937.39 8346297.70
34 490103.34 8346989.81
35 488609.69 8347537.93
36 488168.97 8349449.77
37 489529.39 8348026.37
38 489865.03 8347924.46
39 490560.58 8347930.85
40 489714.91 8348329.57
41 489538.40 8348674.10

Impacto

La concesión permite a LA QUEBRADA 2 S.A.C. avanzar en la fase de factibilidad de un proyecto eólico de 112.1 MW, contribuyendo al cumplimiento de los objetivos de energía renovable del MINEM y al desarrollo económico de los distritos de Marcona y Nasca. La publicación y fiscalización establecidas garantizan la transparencia, la protección ambiental y el respeto al patrimonio cultural.

Acceder a PDF de la Publicación en el Diario Oficial de El Peruano de la RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 279-2026-MINEM/DM