Resumen ejecutivo
El Ministerio de Energía y Minas, mediante la Resolución Ministerial N° 191-2026-MINEM/DM de fecha 4 de mayo de 2026, otorga autorización indefinida a Generadora Paita Industrial S.A.C. para desarrollar la actividad de generación eléctrica en la Central Térmica Paita Industrial, ubicada en el distrito y provincia de Paita, departamento de Piura, con una potencia instalada de 22.130 MW.
Antecedentes
El expediente N° 33429326 recoge la solicitud de autorización presentada el 14 de enero de 2026 (Registro N° 4208342). En la documentación complementaria del 12 de febrero de 2026 (Registro N° 4238489) la empresa informó que cada generador tendría una potencia nominal de 11.065 MW, sumando 22.130 MW. Los informes técnicos de la Dirección General de Electricidad (N° 306‑2026‑MINEM/DGE‑DCE y N° 333‑2026‑MINEM/DGE‑DCE) y el informe jurídico de la Oficina General de Asesoría Jurídica (N° 0569‑2026‑MINEM/OGAJ) concluyeron que la solicitud cumple con los requisitos legales.
Procedimiento administrativo
| Fecha | Acto | N° de documento | Comentario |
|---|---|---|---|
| 14/01/2026 | Presentación de solicitud de autorización | Registro N° 4208342 | Inicia expediente N° 33429326 |
| 12/02/2026 | Declaración de potencia nominal de los generadores | Registro N° 4238489 | Potencia de 11.065 MW por generador |
| Marzo 2026 | Informe técnico DGE – parte 1 | Informe N° 306‑2026‑MINEM/DGE‑DCE | Confirma cumplimiento de requisitos LCE y RLCE |
| Marzo 2026 | Informe técnico DGE – parte 2 | Informe N° 333‑2026‑MINEM/DGE‑DCE | Corrobora potencia instalada de 22.130 MW |
| Marzo 2026 | Informe jurídico OGAJ | Informe N° 0569‑2026‑MINEM/OGAJ | Declara viabilidad legal del otorgamiento |
| 04/05/2026 | Emisión de Resolución Ministerial | Resolución N° 191‑2026‑MINEM/DM | Autoriza indefinidamente la generación eléctrica |
Fundamento legal
- Decreto Ley N° 25844 (Ley de Concesiones Eléctricas) – art. 38.
- Ley N° 30705 (Organización y Funciones del MINEM) – art. … (citado implícitamente).
- Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas (DS 009‑93‑EM) – arts. 57, 66, 67, 53.
- Texto Único de Procedimientos Administrativos del MINEM (DS 038‑2014‑EM) – art. 30 (plazo máximo 30 días hábiles).
- Procedimiento con código AE01 (DS 038‑2014‑EM) y CE01‑3 (texto único).
- Reglamento de Organización y Funciones del MINEM (DS 031‑2007‑EM) – art. 64, literal l) y p).
- Art. 28 LCE y art. 53 RLCE – trámite de observaciones y incidentes.
Decisión y efectos
- Artículo 1: Otorgar autorización indefinida a Generadora Paita Industrial S.A.C. para operar la Central Térmica Paita Industrial con potencia instalada de 22.130 MW.
- Artículo 2: La empresa deberá cumplir normas técnicas, de seguridad, ambientales y de protección del Patrimonio Cultural, así como las obligaciones de la LCE y su reglamento.
- Artículo 3: El incumplimiento será fiscalizado por las entidades competentes, de conformidad con la normativa vigente.
- Artículo 4: Ordenar publicación de la resolución en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, con vigencia a partir del día siguiente de su publicación, según art. 67 RLCE.
Características técnicas
| Dato | Valor |
|---|---|
| Potencia instalada | 22.130 MW |
| Número de grupos electrógenos | 2 |
| Potencia nominal por generador | 11.065 MW |
| Ubicación | Distrito y provincia de Paita, departamento de Piura |
| Tipo de actividad | Generación de energía eléctrica termoeléctrica |
Impacto
La autorización permite incorporar al Sistema Eléctrico Nacional 22.130 MW de capacidad termoeléctrica, reforzando la seguridad del suministro en la zona norte del país y contribuyendo a los objetivos de expansión de la generación privada bajo el marco regulatorio vigente. El cumplimiento de las normas técnicas, ambientales y de patrimonio cultural garantiza la operación segura y sostenible del proyecto.