Resumen ejecutivo
La Resolución Ministerial N° 149‑2026‑MINEM/DM, de 1 de abril de 2026, aprueba la corrección tipográfica del Contrato de Concesión N° 561‑2021 (antes indicado como N° 559‑2020) correspondiente a la concesión definitiva para la generación de energía eléctrica con recursos renovables del proyecto Central Hidroeléctrica Moquegua 3, de 18,7 MW, ubicado en el distrito Torata, provincia Mariscal Nieto, departamento de Moquegua.
Antecedentes
El 23 de marzo de 2021, mediante Resolución Ministerial N° 047‑2021‑MINEM/DM, el Ministerio de Energía y Minas otorgó a la Empresa de Generación Eléctrica del Sur S.A. (EGESUR) la concesión definitiva para desarrollar la Central Hidroeléctrica Moquegua 3 (18,7 MW). El mismo día se firmó el Contrato de Concesión N° 561‑2021, inscrito en la Partida N° 11151227 del Registro de Propiedad Inmueble, Zona Registral N° XIII – Sede Tacna. En la introducción del contrato se consignó erróneamente el número “559‑2020”.
El 3 de abril de 2025, la Resolución Ministerial N° 064‑2025‑MINEM/DM aprobó la primera modificación del contrato para prorrogar el inicio de obras y la puesta en operación comercial, invocando fuerza mayor.
El 18 de agosto de 2025, EGESUR presentó el Registro N° 4114286 solicitando la rectificación registral del número del contrato.
Los informes N° 807‑2025‑MINEM/DGE‑DCE (Dirección General de Electricidad) y N° 0415‑2026‑MINEM/OGAJ (Oficina General de Asesoría Jurídica) recomendaron la corrección del error tipográfico, señalando que la modificación no altera el sentido de la decisión ni el contenido sustancial de la resolución de 2021.
Procedimiento administrativo
| Fecha | Acto | N.º de documento | Comentario |
|---|---|---|---|
| 23‑mar‑2021 | Resolución Ministerial de otorgamiento de concesión | 047‑2021‑MINEM/DM | Concesión definitiva a EGESUR para Central Hidroeléctrica Moquegua 3 (18,7 MW). |
| 23‑mar‑2021 | Firma del Contrato de Concesión | Contrato N° 561‑2021 | Inscripción en Partida N° 11151227, zona registral XIII – Tacna (erróneamente indicado como 559‑2020). |
| 03‑abr‑2025 | Resolución Ministerial de primera modificación | 064‑2025‑MINEM/DM | Prórroga del inicio de obras y puesta en operación por fuerza mayor. |
| 18‑ago‑2025 | Solicitud de rectificación registral | Registro N° 4114286 | EGESUR solicita corrección del número del contrato. |
| 2025 | Informe DGE‑DCE | 807‑2025‑MINEM/DGE‑DCE | Recomendación de aclaración del error tipográfico. |
| 2026 | Informe OGAJ | 0415‑2026‑MINEM/OGAJ | Apoyo legal a la corrección solicitada. |
| 01‑abr‑2026 | Resolución Ministerial de aprobación de aclaración | 149‑2026‑MINEM/DM | Aprobación del texto de aclaración al Contrato N° 561‑2021. |
Fundamento legal
- Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y su Reglamento (DS 031‑2007‑EM).
- Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento (DS 009‑93‑EM).
- Resolución Ministerial N° 438‑2017‑MEM/DM, modificada por la N° 084‑2019‑MEM/DM (facultades del MINEM).
- Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por DS 003‑93‑EM (artículos 54, 55, 56).
Decisión y efectos
- Artículo 1: Se aprueba la corrección del texto introductorio del contrato, sustituyendo “Contrato de Concesión N° 559‑2020” por “Contrato de Concesión N° 561‑2021”.
- Artículo 2: Se autoriza al Director General de Electricidad a suscribir, en representación del MINEM, la aclaración y la escritura pública correspondiente.
- Artículo 3: El texto de la presente resolución se inserta en la escritura pública que origine la aclaración, conforme al artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.
- Artículo 4: Se dispone la publicación única de la resolución en el diario oficial El Peruano dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, a cargo de EGESUR, según el artículo 54 del mismo Reglamento.
Características técnicas
| Elemento | Valor |
|---|---|
| Potencia instalada | 18,7 MW |
| Ubicación | Distrito Torata, provincia Mariscal Nieto, departamento de Moquegua |
| Número de contrato | Contrato de Concesión N° 561‑2021 |
| Fecha de firma del contrato | 23 de marzo de 2021 |
| Tipo de recurso | Recursos Energéticos Renovables |
Impacto
La aclaración no modifica el alcance ni las obligaciones de la concesión original; simplemente corrige un error tipográfico que podía generar dudas registrales. Con la publicación obligatoria en el Perúano se garantiza la certeza jurídica para EGESUR, el MINEM y los futuros usuarios del suministro energético de la región de Moquegua.