Resumen ejecutivo
Mediante la Resolución Ministerial Nº 461-2021-MINEM/DM, de 15 de diciembre de 2021, el Ministerio de Energía y Minas (MINEM) califica como fuerza mayor el evento “Problemas en la cadena de suministro de paneles solares, a causa de la pandemia por la COVID‑19” invocado por CSF Continua Chachani S.A.C. y aprueba la primera modificación de la concesión definitiva y del Contrato de Concesión Nº 539‑2020 para la Central Solar “CSF Continua Chachani 100 MW”, ubicada en el distrito de La Joya, Arequipa.
Antecedentes
El Expediente Nº 16389919 corresponde a la concesión definitiva otorgada mediante Resolución Ministerial Nº 030‑2020‑MINEM/DM (12 feb 2020) y al Contrato de Concesión Nº 539‑2020, que establecía como fechas límite el inicio de obra (2 nov 2020) y la puesta en operación comercial (15 nov 2021) para una capacidad de 100 MW.
En 2021 la empresa solicitó, mediante registros administrativos (Nº 3149849, 3172301, 3195248, 3195346, 3206386, 3216707 y 3231248), la primera modificación de la concesión para prorrogar las fechas a 7 oct 2021 (obras civiles) y 14 oct 2022 (POC), alegando fuerza mayor por la pandemia.
Procedimiento administrativo
| Fecha | Acto | N.º de documento | Comentario |
|---|---|---|---|
| 12‑feb‑2020 | Otorgamiento de concesión definitiva | Resolución Ministerial Nº 030‑2020‑MINEM/DM | Se firma el Contrato de Concesión Nº 539‑2020 para Central Solar 100 MW. |
| 21‑may‑2021 | Solicitud de modificación (fuerza mayor) | Registro Nº 3149849 | Se invoca la pandemia como causa de fuerza mayor. |
| 16‑jun‑2021 | Oficio a OSINERGMIN (solicitud de opinión) | Oficio Nº 1025‑2021‑MINEM/DGE | La DGE pide opinión previa sobre el evento de fuerza mayor. |
| 15‑jul‑2021 | Informe de OSINERGMIN | Informe DSE‑SIE‑228‑2021 | Se informa sobre avance del calendario; sin pronunciamiento sobre fuerza mayor. |
| 20‑jul‑2021 | Respuesta de OSINERGMIN | Oficio Nº 1853‑2021‑OS‑DSE (Registro 3174821) | Se adjunta el informe DSE‑SIE‑228‑2021; no se pronuncia sobre fuerza mayor. |
| 27‑ago‑2021 | Segunda respuesta de OSINERGMIN | Oficio Nº 2128‑2021‑OS‑DSE (Registro 3199855) | Se adjunta el informe DSE‑SIE‑303‑2021; sin pronunciamiento sobre fuerza mayor. |
| 30‑nov‑2021 | Oficio a OSINERGMIN (segunda solicitud) | Oficio Nº 2087‑2021‑MINEM/DGE | Se reitera la petición de opinión. |
| 7‑dic‑2021 | Respuesta final de OSINERGMIN | Oficio Nº 2671‑2021‑OS‑DSE (Registro 3232388) | Se adjunta informe DSE‑SIE‑303‑2021; sin pronunciamiento sobre fuerza mayor. |
| 15‑dic‑2021 | Resolución Ministerial | Resolución Nº 461‑2021‑MINEM/DM | Califica como fuerza mayor y aprueba la modificación de la concesión. |
Fundamento legal
- Artículo 36 b) del Decreto Ley Nº 25844 (Ley de Concesiones Eléctricas): la concesión caduca si no se ejecutan las obras, salvo caso fortuito o fuerza mayor calificado por el MINEM.
- Cláusula Décima Cuarta del Contrato de Concesión Nº 539‑2020: exige cumplimiento salvo caso fortuito o fuerza mayor conforme a los artículos 1315 y 1317 del Código Civil, acreditado y calificado por OSINERGMIN o autoridad que determine.
- Artículos 1315 y 1317 del Código Civil: definen fuerza mayor como evento extraordinario, imprevisible e irresistible, con nexo causal.
- Decreto Supremo Nº 009‑93‑EM: Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas (artículos 7 y 56 sobre inscripción y escritura pública).
- Ley Nº 30705 y su Reglamento (organización y funciones del MINEM).
- Texto Único de Procedimientos Administrativos del MINEM (DS 038‑2014‑EM y sus modificatorias).
Decisión y efectos
- Artículo 1: Se califica como fuerza mayor el evento “Problemas en la cadena de suministro de paneles solares, a causa de la pandemia por la COVID‑19”.
- Artículo 2: Se aprueba la primera modificación de la concesión definitiva y del Contrato de Concesión Nº 539‑2020, modificando las cláusulas Séptima y Décimo Segunda y el Anexo 4 (Calendario de Ejecución de Obras), estableciendo nuevas fechas: inicio de obras civiles 7 oct 2021 y POC 14 oct 2022.
- Artículo 3: Autoriza al Director General de Electricidad, o su equivalente, a suscribir la Minuta de la primera modificación y la Escritura Pública correspondiente.
- Artículo 4: Ordena incorporar el texto de la presente Resolución en la Escritura Pública, conforme al artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.
- Artículo 5: Dispone la publicación única de la Resolución en el diario oficial El Peruano dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, a cargo de CSF Continua Chachani S.A.C., conforme al artículo 54 del Reglamento.
Características técnicas
| Dato | Valor |
|---|---|
| Capacidad instalada | 100 MW |
| Ubicación | Distrito de La Joya, provincia y departamento de Arequipa |
| Fecha original de inicio de obra | 2 noviembre 2020 |
| Fecha original de POC | 15 noviembre 2021 |
| Fecha modificada de inicio de obra civil | 7 octubre 2021 |
| Fecha modificada de POC | 14 octubre 2022 |
| Contrato de Concesión | Nº 539‑2020 |
Impacto
La calificación de fuerza mayor evita la caducidad de la concesión y permite a CSF Continua Chachani S.A.C. reprogramar el calendario de obras sin incurrir en sanciones. La modificación mantiene la vigencia del proyecto de generación solar de 100 MW, contribuyendo a la diversificación de la matriz energética peruana y al cumplimiento de los objetivos de energías renovables del país.