Tercera modificación a la autorización de generación eléctrica de la Central Térmica Cerro Verde (32.66 MW) Ruben Felix, PhD enero 21, 2022

Tercera modificación a la autorización de generación eléctrica de la Central Térmica Cerro Verde (32.66 MW)

Resumen ejecutivo

Mediante la Resolución Ministerial N° 017‑2022‑MINEM/DM, publicada el 13 de enero de 2022, se aprueba la tercera modificación de la autorización para desarrollar la actividad de generación eléctrica en la Central Térmica Cerro Verde, titular Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A., incrementando su potencia instalada de 31.91 MW a 32.66 MW.

Antecedentes

La Central Térmica Cerro Verde, ubicada en el Paraje Cerro Verde, distrito de Uchumayo, provincia y departamento de Arequipa, cuenta con una trayectoria de autorizaciones y modificaciones:

  • 1994: Resolución Ministerial N° 385‑93‑EM/DGE otorga la autorización inicial de 20.70 MW.
  • 2017: Resolución Ministerial N° 516‑2017‑MEM/DM aprueba la primera modificación, elevando la potencia a 21.91 MW.
  • 2021: Resolución Ministerial N° 398‑2020‑MINEM/DM aprueba la segunda modificación, incrementando la potencia a 31.91 MW.
  • 11 oct 2021: Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. la tercera modificación (registro N° 3213301) para alcanzar 32.66 MW.

Procedimiento administrativo

Fecha Acto N° documento Comentario
06‑feb‑1994 Resolución Ministerial 385‑93‑EM/DGE Autorización inicial de 20.70 MW.
22‑dic‑2017 Resolución Ministerial 516‑2017‑MEM/DM Primera modificación a 21.91 MW (silencio administrativo positivo).
07‑ene‑2021 Resolución Ministerial 398‑2020‑MINEM/DM Segunda modificación a 31.91 MW.
11‑oct‑2021 Solicitud de modificación Registro N° 3213301 Petición de tercer aumento a 32.66 MW.
13‑ene‑2022 Resolución Ministerial 017‑2022‑MINEM/DM Aprobación de la tercera modificación (potencia 32.66 MW).
2022 Informe de la DGE 003‑2022‑MINEM/DGE‑DCE Verificación de cumplimiento de requisitos técnicos y legales.
2022 Informe de la OGAJ 025‑2022‑MINEM/OGAJ Valoración jurídica de la solicitud.

Fundamento legal

  • Decreto Ley N° 25844 – Ley de Concesiones Eléctricas.
  • Decreto Supremo N° 009‑93‑EM – Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.
  • Decreto Supremo N° 038‑2014‑EM – Texto Único de Procedimientos Administrativos del MINEM.
  • Ley N° 30705 – Ley de Organización y Funciones del MINEM.
  • Decreto Supremo N° 2007‑EM y sus modificatorias – Reglamento de Organización y Funciones del MINEM.
  • Artículo 67 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas (DS 009‑93‑EM) – Publicación en El Peruano.

Decisión y efectos

  1. Artículo 1: Aprobar la tercera modificación de la autorización, incrementando la potencia instalada de 31.91 MW a 32.66 MW.
  2. Artículo 2: Ordenar a Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. operar la central cumpliendo normas técnicas, de seguridad, ambientales y de protección del Patrimonio Cultural de la Nación, así como las obligaciones de la Ley de Concesiones Eléctricas.
  3. Artículo 3: Disponer la publicación de la resolución en el diario oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a su expedición, con vigencia a partir del día siguiente de su publicación.
También te podría interesar...  Aprobada Minuta Aclaratoria de la Primera Modificación al Contrato de Concesión Nº 564-2021 de ENGIE para Central Eólica Punta Lomitas

Características técnicas

Elemento Valor
Potencia instalada después de la tercera modificación 32.66 MW
Ubicación Paraje Cerro Verde, distrito de Uchumayo, provincia y departamento de Arequipa
Tipo de instalación Central Térmica de generación eléctrica

Impacto

El aumento de 0.75 MW contribuye a la disponibilidad de energía eléctrica en la zona sur del país, respalda la continuidad operativa de la minera Cerro Verde y se alinea con los compromisos regulatorios de seguridad, medio ambiente y preservación del patrimonio cultural.

Acceder a PDF de la Publicación en el Diario Oficial de El Peruano de la RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 017-2022-MINEM/DM