Resumen ejecutivo
La Resolución Ministerial N° 404-2025-MINEM/DM, de 28 de noviembre de 2025, otorga a GR CEIBO S.A.C. una concesión temporal de 24 meses para la Central Solar Fotovoltaica Colibrí (200 MW) en el distrito de Santiago, provincia y departamento de Ica, con base en el art. 23 del Decreto Ley N° 25844 y su Reglamento.
Antecedentes
El expediente N° 26425325, presentado mediante Registro N° 4146714 el 9 de octubre 2025, solicitó la concesión para la realización de estudios de factibilidad. La Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica emitieron los informes N° 852-2025-MINEM/DGE-DCE y N° 1174-2025-MINEM/OGAJ, concluyendo que la solicitud cumple los requisitos del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas (DS 009‑93‑EM) y del código CE02‑1 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (DS 038‑2014‑EM).
Procedimiento administrativo
| Fecha | Acto | N° documento | Comentario |
|---|---|---|---|
| 09/10/2025 | Presentación de solicitud | Registro N° 4146714 | Solicitud de concesión temporal para estudios de factibilidad de 200 MW en Santiago, Ica. |
| — | Asignación de expediente | Expediente N° 26425325 | Registro del trámite en la Dirección General de Electricidad. |
| 2025 (fecha no especificada) | Informe de la DGE | Informe N° 852-2025-MINEM/DGE-DCE | Conclusión de cumplimiento de requisitos. |
| 2025 (fecha no especificada) | Informe de la OGAJ | Informe N° 1174-2025-MINEM/OGAJ | Validación jurídica del expediente. |
| 28/11/2025 | Emisión de Resolución Ministerial | Resolución N° 404-2025-MINEM/DM | Otorgamiento de la concesión temporal de 24 meses. |
Fundamento legal
- Decreto Ley N° 25844, art. 23 – posibilidad de concesiones temporales para estudios de factibilidad.
- Decreto Supremo N° 009‑93‑EM, art. 30 y siguientes – requisitos y procedimiento de concesión temporal.
- Código CE02‑1 del TUPA, DS 038‑2014‑EM – trámite “Otorgamiento de concesión temporal para centrales de generación”.
- Ley N° 30705 y su Reglamento (DS 031‑2007‑EM) – organización del MINEM.
- Resolución Directoral N° 046‑2010‑EM/DGE – normas técnicas y de seguridad aplicables.
- Artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas (DS 009‑93‑EM) – garantía de fiel cumplimiento y publicación.
Decisión y efectos
- Artículo 1 – Se otorga a GR CEIBO S.A.C. la concesión temporal para la Central Solar Fotovoltaica Colibrí, 200 MW, en Santiago, Ica, por 24 meses contados a partir de la publicación.
- Artículo 2 – Se define el área de la concesión mediante coordenadas UTM (WGS 84) – zona 18 S (vértices 1 a 4).
- Artículo 3 – La empresa debe ejecutar los estudios de factibilidad cumpliendo normas técnicas, medio ambiente y patrimonio cultural.
- Artículo 4 – En caso de incumplimiento del cronograma o falta de renovación de la garantía, la Dirección General de Electricidad ejecutará la garantía conforme al art. 36 del Reglamento.
- Artículo 5 – Publicación única en El Peruano a cargo de la empresa, según el art. 36 del Reglamento.
Características técnicas
| Ítem | Detalle |
|---|---|
| Capacidad instalada estimada | 200 MW |
| Ubicación | Distrito de Santiago, provincia y departamento de Ica |
| Coordenadas UTM (WGS 84) – zona 18 S | Vértice 1: 443 841.2139 E, 8 400 454.2074 N; Vértice 2: 441 266.4755 E, 8 397 079.6118 N; Vértice 3: 441 266.4755 E, 8 403 313.6202 N; Vértice 4: 443 841.2139 E, 8 403 313.6202 N |
| Plazo de la concesión | 24 meses |
| Obligación de garantía | Fiel cumplimiento según art. 36 del Reglamento |
Impacto
La concesión permite iniciar los estudios de factibilidad que, de concretarse, contribuirán a la diversificación del mix energético peruano con energía solar en el sur del país. Asimismo, la autorización de servidumbre temporal sobre bienes de uso público garantiza el uso eficiente del territorio sin afectar derechos de terceros, y establece el marco de cumplimiento ambiental y patrimonial exigido por la normativa vigente.