Resumen ejecutivo
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Mediante la Resolución Ministerial Nº 406-2022-MINEM/DM de fecha 17 de noviembre de 2022, el Ministerio de Energía y Minas constituyó a favor de Gases del Norte del Perú S.A.C. (GASNORP) los derechos de servidumbre de ocupación, paso y tránsito sobre un área total de 3,329.71 m² (0.333 Ha) en el predio de los señores Roger Gamaliel Cubas Chingay y Melody Buenaventura Cubas, sector El Tablazo, distrito y provincia de Paita, Piura. La servidumbre se divide en fase de construcción (2,081.07 m²) y fase de operación (1,248.64 m²), con un plazo de afectación de 1 año + 3 meses y, respectivamente, 30 años + 9 meses. La indemnización establecida asciende a USD 15,107.44, determinada por el Cuerpo Técnico de Tasaciones del Perú.
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Antecedentes
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El 24 de julio de 2019, la Resolución Suprema Nº 007-2019-EM otorgó a GASNORP la concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en la región Piura, formalizada mediante contrato suscrito el 8 de noviembre de 2019, con una vigencia de 32 años. La normativa aplicable incluye la Ley Nº 26221 (TUO de la Ley Orgánica de Hidrocarburos), la Ley Nº 27133, la Ley Nº 30327 y el Reglamento de Distribución de Gas Natural (DS 040‑2008‑EM). En virtud de dichos instrumentos, el concesionario tiene derecho a gestionar servidumbres, permisos y expropiaciones necesarios para la operación del sistema.
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Procedimiento administrativo
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| Fecha | Acto | N° documento | Comentario | 
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| 24/07/2019 | Resolución Suprema que otorga la concesión | Resolución Suprema Nº 007-2019-EM | Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural en Piura. | 
| 08/11/2019 | Firma del Contrato de Concesión | Contrato de Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural | Suscripción entre GASNORP y el Estado. | 
| 12/04/2021 | Oficio de envío de modelo de aviso | Oficio Nº 105-2021/MINEM-DGH-DGGN | Dirección General de Hidrocarburos solicita a GASNORP modelo para publicación de aviso. | 
| 20/04/2021 | Publicación de avisos | Carta s/n registro 3139317 | Publicaciones en El Peruano (17‑18 abr) y La Hora (19‑20 abr). | 
| 21/05/2021 | Designación del perito tasador | Resolución Directoral Nº 0157-2021/MINEM-DGH | Se designa al Cuerpo Técnico de Tasaciones del Perú. | 
| 13/09/2021 | Valorización preliminar | Carta s/n registro 3205294 | Entrega de valoración preliminar del uso del predio. | 
| 20/09/2021 | Valorización final | Carta s/n registro 3207141 | Valoración definitiva: USD 15,107.44. | 
| 17/11/2022 | Constitución de servidumbres | Resolución Ministerial Nº 406-2022-MINEM/DM | Se otorgan los derechos de servidumbre de ocupación, paso y tránsito. | 
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Fundamento legal
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- Art. 79 Ley Nº 26221 – El servicio de distribución de gas natural es de carácter público.
- Art. 3 Ley Nº 27133 – Interés nacional y necesidad pública del desarrollo de la industria del gas.
- Arts. 82 y 83 TUO Ley Orgánica de Hidrocarburos – Facultades para gestionar servidumbres, derechos de superficie y compensación por perjuicios.
- Art. 85 TUO Reglamento de Distribución – Derecho del concesionario a usar a título gratuito bienes de dominio público y a expropiar terrenos privados.
- Sexta Disposición Complementaria Final Ley 30327 – Procedimiento de constitución de servidumbres mediante resolución ministerial.
- Art. 96 TUO Reglamento de Distribución – Notificación al propietario y plazos de oposición.
- Art. 101 TUO Reglamento de Distribución – Determinación y pago de indemnización por servidumbre.
- Arts. 93 y 102 TUO Reglamento de Distribución – Consignación judicial de la indemnización.
- Art. 103 TUO Reglamento de Distribución – Causales de resolución del contrato de concesión.
- DS 038‑2014‑EM (TUPA del MINEM) – Procedimiento administrativo aplicable (ítem SH03).
- DS 040‑2008‑EM – Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos.
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Decisión y efectos
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- Constitución del derecho de servidumbre de ocupación, paso y tránsito sobre 2,081.07 m² (0.2081 Ha) para la fase de construcción (Artículo 1).
- Constitución del derecho de servidumbre de ocupación, paso y tránsito sobre 1,248.64 m² (0.1249 Ha) para la fase de operación (Artículo 2).
- Plazo de afectación: 1 año + 3 meses para la fase de construcción y 30 años + 9 meses para la fase de operación, contados a partir de la puesta en operación comercial (Artículo 3).
- Indemnización total de USD 15,107.44 a ser consignada judicialmente por GASNORP (Artículo 4).
- Obligación de GASNORP de obtener todas las autorizaciones ambientales y de seguridad requeridas por normas orgánicas o especiales (Artículo 5).
- La presente resolución constituye título suficiente para la inscripción de las servidumbres en los Registros Públicos (Artículo 6).
- Vigencia de la resolución a partir del día siguiente de su publicación oficial (Artículo 7).
- Orden de publicación en el portal institucional del MINEM y en el Diario Oficial “El Peruano” (Artículo 8).
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Compensación y terceros involucrados
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El monto de indemnización de USD 15,107.44 fue determinado por el Cuerpo Técnico de Tasaciones del Perú, designado mediante la Resolución Directoral Nº 0157-2021/MINEM-DGH. La SUNARP, a través del Informe Técnico Nº 003780-2021‑Z.R., confirmó la titularidad del predio (Partida Registral Nº 11106765) y la ausencia de superposiciones que requirieran subsanación. El Gobierno Regional de Piura (GORE Piura) fue consultado mediante Oficio Nº 131-2021/MINEM-DGH, pero no emitió respuesta. Todas las actuaciones fueron realizadas bajo la supervisión de la Dirección General de Hidrocarburos del MINEM.
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Características técnicas
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| Concepto | Valor | 
|---|---|
| Área servidumbre – Construcción | 2,081.07 m² (0.2081 Ha) | 
| Área servidumbre – Operación | 1,248.64 m² (0.1249 Ha) | 
| Predio | Partida Registral Nº 11106765 – Propietarios: Roger Gamaliel Cubas Chingay y Melody Buenaventura Cubas | 
| Ubicación | Sector El Tablazo, distrito y provincia de Paita, departamento de Piura | 
| Coordenadas UTM | Según Anexos I‑IV de la Resolución (no detalladas en el texto) | 
| Indemnización | USD 15,107.44 | 
| Plazo de afectación | Construcción: 1 año + 3 meses – Operación: 30 años + 9 meses | 
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Impacto
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La constitución de las servidumbres permite a GASNORP avanzar con la fase de construcción y posterior operación de la red de distribución de gas natural en la zona norte del país, contribuyendo al suministro seguro y continuo de energía a hogares e industrias de Piura. Además, el proceso se realizó cumpliendo íntegramente la normativa sectorial, garantizando la seguridad jurídica del proyecto y la adecuada compensación a los propietarios del predio afectado.
 
			 
		 
		