Resumen ejecutivo
La Resolución Ministerial Nº 203‑2023‑MINEM/DM, de 18 de mayo de 2023, otorga a favor de Engie Energía Perú S.A. la concesión definitiva para la transmisión eléctrica de la línea 220 kV S.E. Hanaqpampa – Interconexión 220 kV en las nuevas estructuras T68A y T68B (L‑2027), ubicada en el distrito de El Algarrobal, provincia de Ilo, departamento de Moquegua.
Antecedentes
El 28 de octubre de 2022, mediante documento con registro N° 3379732, Engie Energía Perú S.A. solicitó la concesión definitiva para la Línea de Transmisión 220 kV S.E. Hanaqpampa – Interconexión 220 KV en las nuevas estructuras T68A y T68B de la L.T. 220 kV S.E. Ilo 2 – S.E. Moquegua (L‑2027). La solicitud se incorporó al Expediente N° 14404622. Posteriormente, la Dirección General de Electricidad (Informe N° 324‑2023‑MINEM/DGE‑DCE) y la Oficina General de Asesoría Jurídica (Informe N° 0541‑2023‑MINEM/OGAJ) verificaron el cumplimiento de los requisitos legales.
Procedimiento administrativo
Fecha | Acto | N° documento | Comentario |
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28/10/2022 | Presentación de solicitud de concesión | Reg. N° 3379732 | Solicitud de línea 220 kV L‑2027 |
— | Registro de expediente | Expediente N° 14404622 | Incorporación de la solicitud al trámite |
2023 | Emisión de Informe DGE‑DCE | Informe N° 324‑2023‑MINEM/DGE‑DCE | Conclusión favorable |
2023 | Emisión de Informe OGAJ | Informe N° 0541‑2023‑MINEM/OGAJ | Aprobación jurídica |
18/05/2023 | Emisión de Resolución Ministerial | RM Nº 203‑2023‑MINEM/DM | Otorgamiento de la concesión definitiva |
Fundamento legal
- Decreto Ley N° 25844 – Ley de Concesiones Eléctricas (artículos 25, 28, 53).
- Decreto Supremo N° 009‑93‑EM – Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.
- Ley N° 30705 – Ley de Organización y Funciones del MINEM.
- Decreto Supremo N° 031‑2007‑EM – Reglamento de Organización y Funciones del MINEM.
- Decreto Supremo N° 038‑2014‑EM – Texto Único de Procedimientos Administrativos del MINEM.
- Artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas (publicación y formalización).
Decisión y efectos
- Artículo 1: Otorgamiento de la concesión definitiva a Engie Energía Perú S.A. para la línea 220 kV L‑2027.
- Artículo 2: Definición de las características principales de los bienes indispensables (tensión, ternas, longitud y ancho de servidumbre).
- Artículo 3: Aprobación del Contrato de Concesión N° 596‑2023, con 19 cláusulas y 4 anexos.
- Artículo 4: Autorización al Director General de Electricidad para suscribir el contrato en representación del Estado.
- Artículo 5: Incorporación del texto de la resolución en la escritura pública del contrato (artículo 56 del Reglamento).
- Artículo 6: Obligación de publicación única en el diario oficial “El Peruano” a cargo de Engie Energía Perú S.A. dentro de los 5 días hábiles.
Características técnicas
Elemento | Tensión (kV) | N° de ternas | Longitud (km) | Ancho de servidumbre (m) |
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S.E. Hanaqpampa – Interconexión 220 kV (nuevas estructuras T68A y T68B) – L‑2027 | 220 | 02 | 15,874 | 25 |
Subestación | Características técnicas |
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S.E. Hanaqpampa | Subestación 33/220 kV con instalaciones de media tensión 33 kV, dos transformadores hasta 200 MVA, cinco bahías 220 kV, pórticos, sistemas de control, protección, medición, equipos auxiliares y puesta a tierra, conforme a normas del COES. |
Impacto
La concesión permite la ampliación de la capacidad de transmisión en la zona sur del país, favoreciendo la integración del sistema eléctrico nacional y la evacuación de generación en Moquegua. Asimismo, la formalización del contrato y su publicación garantizan la seguridad jurídica del proyecto y la continuidad de la inversión de Engie Energía Perú S.A.