Resumen ejecutivo
La Resolución Ministerial Nº 279-2023‑MINEM/DM, de 11 de julio de 2023, aprobó la primera modificación de la concesión definitiva N° 284‑2006 otorgada a Electro Ucayali S.A., mediante la Adenda N° 1, para rectificar los vértices 09‑14 que delimitan la zona Atalaya (distritos Raimondi y Río Tambo, provincias Atalaya y Satipo, departamentos Ucayali y Junín). La modificación se fundamenta en el Silencio Administrativo Positivo (SAP) configurado el 19 de octubre de 2022.
Antecedentes
El 01 de marzo de 2007, mediante Resolución Suprema N° 008‑2007‑EM, se concedió a Electro Ucayali S.A. la concesión definitiva para la distribución de energía eléctrica, formalizada en el Contrato de Concesión N° 284‑2006. Posteriormente, el 16 de agosto de 2022 (Registro N° 3352090) y el 21 de setiembre de 2022 (Registro N° 3365832) la empresa presentó la solicitud de primera modificación con el objetivo de corregir los vértices 09‑14 que delimitan la zona denominada Atalaya.
Procedimiento administrativo
Fecha | Acto | N° documento | Comentario |
---|---|---|---|
16 ago 2022 | Presentación de solicitud de modificación | Registro N° 3352090 | Solicitud inicial de rectificación de coordenadas. |
21 set 2022 | Presentación de documentos complementarios | Registro N° 3365832 | Ampliación de la solicitud con información adicional. |
12 oct 2022 | Vencimiento del plazo de pronunciamiento | — | Se configura el Silencio Administrativo Positivo. |
19 oct 2022 | Generación de SAP (resolución ficta) | — | Procedimiento concluido por silencio administrativo. |
11 jul 2023 | Emisión de Resolución Ministerial | 279-2023-MINEM/DM | Aprobación de la primera modificación y Adenda N° 1. |
2023 | Informe DGE‑DCE | 435-2023-MINEM/DGE-DCE | Verificación de cumplimiento de requisitos sectoriales. |
2023 | Informe OGAJ | 732-2023-MINEM/OGAJ | Conclusión de viabilidad jurídica de la modificación. |
Fundamento legal
- Resolución Suprema N° 008‑2007‑EM (otorgamiento de la concesión).
- Contrato de Concesión N° 284‑2006.
- Decreto Ley N° 25844 (Ley de Concesiones Eléctricas, LCE) y su Reglamento DS N° 009‑93‑EM (RLCE).
- Decreto Supremo N° 038‑2014‑EM (Texto Único de Procedimientos Administrativos del MINEM, TUPA) y sus modificatorias.
- Decreto Supremo N° 031‑2007‑EM (Reglamento de Organización y Funciones del MINEM) y Ley N° 30705.
- Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 (LPAG), artículos 197, 199 y 213, que regulan el fin del procedimiento y el SAP.
- Artículos 7 y 56 del RLCE (inscripción en el Registro de Concesiones).
Decisión y efectos
- Artículo 1: Aprobar la solicitud de primera modificación de la concesión y la Adenda N° 1, modificando la Cláusula Quinta y el Anexo N° 2 del Contrato N° 284‑2006.
- Artículo 2: Autorizar al Director General de Electricidad, o a quien haga sus veces, a suscribir en representación del Estado la Minuta de la Adenda N° 1 y la Escritura Pública correspondiente.
- Artículo 3: Ordenar la inserción del texto de la presente Resolución en la Escritura Pública, conforme al artículo 56 del RLCE.
- Artículo 4: Disponer la publicación de la Resolución en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, a cargo de Electro Ucayali S.A., según el artículo 54 del RLCE.
- Artículo 5: Remitir copia de los actuados a la Secretaría Técnica del Procedimiento Administrativo Disciplinario del MINEM para deslinde de responsabilidades por el SAP generado.
Características técnicas
Elemento | Detalle |
---|---|
Zona modificada | Atalaya (rectificación de vértices 09‑14) |
Distritos involucrados | Raimondi y Río Tambo |
Provincias involucradas | Atalaya (Ucayali) y Satipo (Junín) |
Departamentos involucrados | Ucayali y Junín |
Impacto
La rectificación de coordenadas garantiza la correcta delimitación del territorio de distribución eléctrica, facilitando la planificación y expansión del servicio en la zona Atalaya. Además, la formalización mediante escritura pública e inscripción en el Registro de Concesiones otorga mayor seguridad jurídica al titular, elimina incertidumbres registrales y asegura el cumplimiento de los requisitos normativos de la LCE y del RLCE.