Servidumbre de Electroducto para LUZ DEL SUR: Resolución Ministerial 148-2024 Ruben Felix, PhD mayo 8, 2024

Servidumbre de Electroducto para LUZ DEL SUR: Resolución Ministerial 148-2024

Resolución Ministerial Nº 148-2024-MINEM/DM

Fecha de publicación: 12 de abril de 2024 (Lima)

Antecedentes y trámite administrativo

  • 02 de marzo de 2023 – LUZ DEL SUR S.A.A. registra la solicitud de establecimiento de servidumbre de electroducto (Exp. N° 21257023) para la línea 60 kV SE Cantera‑SE San Vicente (L‑6599).
  • Informe Nº 194‑2024‑MINEM/DGE‑DCE (Dirección General de Electricidad) y Memorando Nº 00148‑2024‑MINEM‑VME (Viceministerio de Electricidad) evalúan la solicitud.
  • Informe Nº 0329‑2024‑MINEM/OGAJ (Oficina General de Asesoría Jurídica) confirma el cumplimiento de la normativa.
  • 12 de abril de 2024 – El Ministro de Energía y Minas, Romulo Mucho Mamani, firma la Resolución Ministerial que otorga la servidumbre.
  • 13 de abril de 2024 – Entrada en vigor tras publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Detalles técnicos de la servidumbre

Cód. Exp. Salida/Llegada de la Línea Nivel de Tensión (kV) N° de Terna Longitud (m) Ancho de la Faja de Servidumbre (m)
21257023 Línea de Transmisión 60 kV SE Cantera‑SE San Vicente (L‑6599) – Tramo Subterráneo y Aéreo 60 01 9 719.39 – 7 263.12 – 2 456.27 3.50‑4.00‑5.00 (*) – 8.00 (*)

(*) El ancho de la faja está soportado en el expediente Nº 21257023.

Ámbito geográfico

La servidumbre cubre los distritos de San Vicente de Cañete, Imperial y Nuevo Imperial, provincia de Cañete, departamento de Lima. El trazado atraviesa bienes de dominio público (calles, plazas) y un predio privado (Partida Electrónica N° 21219598, Sr. Oscar Alberto Ramos Navarro).

Base legal

  • Decreto Ley Nº 25844 – Ley de Concesiones Eléctricas (art. 109, 110 y siguientes).
  • Decreto Supremo Nº 009‑93‑EM – Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.
  • Ley Nº 30705 – Organización y Funciones del MINEM.
  • Decreto Supremo Nº 031‑2007‑EM y Nº 038‑2014‑EM – Reglamento de Funciones y Procedimientos Administrativos del MINEM.

Obligaciones de LUZ DEL SUR S.A.A.

  1. Mantener el área de servidumbre libre de daños y responder por responsabilidad civil en caso de incumplimiento.
  2. Vigilar que no se construyan obras que restrinjan la servidumbre.
  3. Aplicar las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas y su reglamento.

Conclusión

Con la Resolución Ministerial Nº 148‑2024‑MINEM/DM, la empresa LUZ DEL SUR S.A.A. cuenta con el derecho permanente de servidumbre de electroducto para la línea de transmisión 60 kV que garantizará la expansión del suministro eléctrico en la zona sur de la provincia de Cañete.

Acceder a PDF de la Publicación en el Diario Oficial de El Peruano de la RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 148-2024-MINEM/DM