Concesión temporal a EMPRESA DE GENERACIÓN ELÉCTRICA ALBA S.A.C. para estudios de factibilidad de la Línea 220 kV Alba‑San José Ruben Felix, PhD mayo 15, 2024

Concesión temporal a EMPRESA DE GENERACIÓN ELÉCTRICA ALBA S.A.C. para estudios de factibilidad de la Línea 220 kV Alba‑San José

Resumen de la Resolución Ministerial Nº 166-2024-MINEM/DM

El 23 de abril de 2024 el Ministerio de Energía y Minas (MINEM) aprobó la concesión temporal de transmisión a favor de EMPRESA DE GENERACIÓN ELÉCTRICA ALBA S.A.C. para desarrollar los estudios de factibilidad de la futura línea de transmisión 220 kV S.E. Alba – S.E. San José, ubicada en los distritos de La Joya y Mollendo (provincia de Arequipa) y Islay (departamento de Arequipa).

Línea de tiempo del procedimiento

  • 26 de enero de 2024: Registro de la solicitud (N° 3659196) de concesión temporal por parte de ALBA S.A.C.
  • Marzo 2024: Emisión del Informe N° 257-2024-MINEM/DGE‑DCE de la Dirección de Concesiones Eléctricas que valida el cumplimiento de requisitos.
  • Abril 2024: Informe N° 00415-2024-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica que ratifica la viabilidad legal.
  • 23 abril 2024: Publicación de la Resolución Ministerial Nº 166‑2024‑MINEM/DM en el diario oficial “El Peruano”.

Marco legal aplicable

La concesión se fundamenta en:

  • Decreto Ley N° 25844 – Ley de Concesiones Eléctricas (artículo 23).
  • Decreto Supremo N° 009‑93‑EM – Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas (artículo 30).
  • Decreto Supremo N° 038‑2014‑EM – Texto Único de Procedimientos Administrativos del MINEM (código CE02‑2).
  • Ley N° 30705 – Ley de Organización y Funciones del MINEM y su Reglamento (DS 031‑2007‑EM).

Detalles de la concesión

Plazo

La autorización tiene una vigencia de veinticuatro (24) meses contados a partir de la publicación de la resolución (hasta abril 2026).

Área geográfica

El área de la concesión está delimitada por las siguientes coordenadas UTM (WGS 84, zona 19 Sur):

Vértice Este (m) North (m)
V1 195 271.6300 8 135 368.8300
V2 195 319.6000 8 135 370.7000
V3 195 566.9300 8 135 405.7200
V4 197 898.8900 8 139 558.4800
V5 197 544.3500 8 149 241.3000
V6 196 566.0000 8 152 020.0000
V7 199 634.8000 8 154 080.2700
V8 200 162.1600 8 154 198.4100
V9 200 670.7200 8 153 546.5900
V10 200 965.3700 8 153 614.6300
V11 201 002.5400 8 153 645.0600

Obligaciones del concesionario

  • Realizar los estudios de factibilidad respetando normas técnicas, de seguridad y medio ambiente.
  • Preservar el Patrimonio Cultural de la Nación.
  • Entregar los resultados a la Dirección General de Electricidad para su conformidad.
  • Garantizar el cumplimiento del cronograma; en caso de incumplimiento, la Dirección General de Electricidad ejecutará la garantía conforme al artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.
  • Costear la única publicación de la resolución en “El Peruano”.

Conclusión

Con esta resolución, el MINEM fortalece la planificación de infraestructura eléctrica en el sur del país, facilitando estudios que podrían conducir a una nueva línea de transmisión 220 kV en la zona de Arequipa. La medida brinda a ALBA S.A.C. el marco legal necesario para avanzar en la fase de factibilidad, mientras garantiza la observancia de normas ambientales y de patrimonio cultural.

Romulo Mucho Mamani – Ministro de Energía y Minas

Acceder a PDF de la Publicación en el Diario Oficial de El Peruano de la RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 166-2024-MINEM/DM