Concesión temporal a GR CAOBA para estudio de factibilidad de derivación 220 kV en Moquegua Ruben Felix, PhD mayo 24, 2024

Concesión temporal a GR CAOBA para estudio de factibilidad de derivación 220 kV en Moquegua

Otorgada concesión temporal a GR CAOBA S.A.C. para estudios de factibilidad

El Ministerio de Energía y Minasstrong> aprobó la Resolución Ministerial Nº 194‑2024‑MINEM/DM el 13 de mayo de 2024, concediendo a la empresa GR CAOBA S.A.C. una concesión temporal de transmisión con el fin de desarrollar estudios de factibilidad para la futura «Derivación en 220 kV de las líneas de transmisión L‑2033 y L‑2034 hacia la SE Girasol».

Marco legal y antecedentes

El proyecto se ampara en la Ley de Concesiones Eléctricas (Decreto Ley Nº 25844) y su Reglamento (Decreto Supremo Nº 009‑93‑EM), así como en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas (Decreto Supremo Nº 038‑2014‑EM). La solicitud formal fue presentada mediante documento registro Nº 3719683 el 21 de 2024.

Ubicación y zona de estudio

Los estudios se realizarán distritos de Moquegua y El Algarrobal, provincias de Mariscal Nieto e Ilo, dentro del departamento de Moquegua. La zona está delimitada por coordenadas UTM (WGS 84) – Zona 19S, presentadas en dos líneas paralelas.

Coordenadas de la zona de concesión

Línea Paralela 01

Vértice Este Norte
1A 280575.1350 8060763.4953
2A 280187.1236 8060318.6476
3A 2790536946 8059911.0548
4A 278626.8729 8059984.2188
5A 278599.8020 8060070.4838
6A 278622.3722 8060090.2471
7A 278635.1570 8060082.8173

Línea Paralela 02

Vértice Este Norte
1B 280538.9616 8060795.0469
2B 280159.1317 8060359.6359
3B 279014.7318 8059948.1903
4B 278652.1451 8060010.3179
5B 278656.5878 8060070.3629
6B 278643.8030 8060077.7927

Plazo y condiciones de la concesión

  • Duración: 24 meses contados a partir de la publicación de la resolución.
  • Obligaciones: cumplimiento de normas técnicas, seguridad, protección ambiental y patrimonio cultural.
  • Fiscalización: la Dirección General de Electricidad y entidades competentes supervisarán el cumplimiento.
  • Garantías: si al finalizar el plazo la empresa no entrega los estudios, la garantía será ejecutada conforme al artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesioneséctricas.

Publicación oficial

La resolución se publicará una única vez en el Diario Oficial “El Peruano”, de acuerdo al artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.

Para consultas, contactar al Ministerio de Energía y Minas o a la Dirección General de Electricidad.

Acceder a PDF de la Publicación en el Diario Oficial de El Peruano de la RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 194-2024-MINEM/DM