Resolución Ministerial Nº 299‑2024‑MINEM/DM autoriza a ARIS INDUSTRIAL S.A. la generación termoeléctrica de 1,429 MW en Lurín, Lima Ruben Felix, PhD agosto 1, 2024

Resolución Ministerial Nº 299‑2024‑MINEM/DM autoriza a ARIS INDUSTRIAL S.A. la generación termoeléctrica de 1,429 MW en Lurín, Lima

Resumen de la Resolución Ministerial

El Ministerio de Energía y Minas, mediante la Resolución Ministerial Nº 299‑2024‑MINEM/DM publicada el 25 de julio de 2024, otorgó autorización indefinida a ARIS INDUSTRIAL S.A. para operar la Central Térmica de Autogeneración Aris Lurín con una capacidad instalada de 1.429 MW en el distrito de Lurín, provincia y departamento de Lima.

Datos clave del proyecto

Empresa ARIS INDUSTRIAL S.A.
Proyecto Central Térmica de Autogeneración Aris Lurín
Ubicación Lurín, Lima
Potencia 1.429 MW
Tipo de autorización Indefinido
Fecha de resolución 25 de julio de 2024
Nº de resolución 299‑2024‑MINEM/DM
Marco legal Ley de Concesiones Eléctricas (Decreto Ley Nº 25844), Decreto Supremo Nº 009‑93‑EM, Ley Nº 30705

Procedimiento administrativo

  • 23 de mayo de 2024: Registro Nº 3751990 – ARIS INDUSTRIAL S.A. presenta la solicitud de autorización.
  • Fecha intermedia: Emisión del Informe Nº 553‑2024‑MINEM/DGE‑DCE (Dirección General de Electricidad) y del Memorando Nº 00384‑2024/MINEM‑VME (Despacho Viceministerial de Electricidad).
  • Octubre‑noviembre 2024 (aprox.) – Revisión jurídica mediante Informe Nº 0709‑2024‑MINEM/OGAJ (Oficina General de Asesoría Jurídica).
  • 25 de julio de 2024: Publicación de la resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.

Marco legal y normativo

La autorización se sustenta en los siguientes instrumentos legales:

  • Decreto Ley Nº 25844 – Ley de Concesiones Eléctricas (artículos 4, 25, 38 y 28).
  • Decreto Supremo Nº 009‑93‑EM – Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas (artículos 57, 66 y 67).
  • Ley Nº 30705 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas.
  • Decreto Supremo Nº 038‑2014‑EM – Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas.

Obligaciones y requisitos para el operador

Según el artículo 2 de la resolución, ARIS INDUSTRIAL S.A. debe cumplir con:

  • Normas técnicas y de seguridad eléctrica vigentes.
  • Protección del medio ambiente y control de emisiones.
  • Preservación del Patrimonio Cultural de la Nación.
  • Todas las disposiciones de la Ley de Concesiones Eléctricas y su reglamento, así como cualquier otra normativa aplicable.

Fiscalización y sanciones

El artículo 3 establece que cualquier incumplimiento será fiscalizado por las entidades competentes, las cuales determinarán las acciones correctivas o sancionadoras conforme a la normativa vigente.

“Regístrese, comuníquese y publíquese.” – Resolución Ministerial Nº 299‑2024‑MINEM/DM.

Esta autorización amplía la capacidad de generación termoeléctrica del país, garantizando al mismo tiempo la observancia de criterios de seguridad, medio ambiente y patrimonio cultural.

Acceder a PDF de la Publicación en el Diario Oficial de El Peruano de la RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 299-2024-MINEM/DM