Concesionaria REQUE TUMBES aprobada para Régimen Especial de Recuperación Anticipada del IGV en proyecto de transmisión en Tumbes Ruben Felix, PhD febrero 6, 2025

Concesionaria REQUE TUMBES aprobada para Régimen Especial de Recuperación Anticipada del IGV en proyecto de transmisión en Tumbes

Resolución Ministerial Nº 038-2025-MINEM/DM

Fecha de publicación: 31 de enero de 2025 – Lima

Antecedentes

El 24 de enero de 2024 la empresa CONCESIONARIA TRANSMISORA REQUE TUMBES S.A.C. presentó ante Proinversión una solicitud de acogimiento al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del IGV para el proyecto “SE Nueva Tumbes 220/60 kV – 75 MVA y LT 60 kV Nueva Tumbes – Tumbes”.

Los reportes de Proinversión (Oficios N° 057-2024/PROINVERSIÓN/DSI y 383-2024/PROINVERSIÓN/DSI) y el informe técnico‑legal N° 0005‑2024/DSI fueron remitidos al Ministerio de Energía y Minas, junto al informe del Ministerio de Economía y Finanzas (Oficio N° 2543‑2024‑EF/13.01, 14 oct 2024).

Decisión

Con base en el Decreto Legislativo Nº 973, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 084‑2007‑EF, la Ley Nº 30705 y sus modificatorias, se aprobó a CONCESIONARIA TRANSMISORA REQUE TUMBES S.A.C. como empresa calificada para acogerse al Régimen Especial y ejecutar el proyecto mencionado.

Datos del proyecto

Concepto Detalle
Nombre del proyecto SE Nueva Tumbes 220/60 kV – 75 MVA y LT 60 kV Nueva Tumbes – Tumbes
Ubicación Departamento de Tumbes, Perú
Inversión total aprobada US$ 9,480,352 (sin IGV)
Plazo de ejecución 1 año, 3 meses y 8 días (24‑ene‑2024 a 02‑may‑2025)
Periodo de pruebas y ensayos 03‑abr‑2025 al 02‑may‑2025

Marco legal

  • Decreto Legislativo Nº 973 – Régimen Especial de Recuperación Anticipada del IGV.
  • Decreto Supremo N° 084‑2007‑EF – Reglamento del DL 973.
  • Ley Nº 30705 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas.
  • Decreto Supremo N° 031‑2007‑EM – Reglamento de Organización y Funciones del MINEM.

Procedimiento administrativo

  1. 24‑ene‑2024 – Presentación de la solicitud ante Proinversión.
  2. 29‑feb‑2024 y 11‑nov‑2024 – Registro de los oficios de Proinversión (N° 3691831 y 3862527).
  3. 14‑oct‑2024 – Informe del Ministerio de Economía y Finanzas (Registro N° 3848597).
  4. 31‑ene‑2025 – Emisión de la Resolución Ministerial Nº 038‑2025‑MINEM/DM.
  5. Publicación en “El Peruano” y portal del MINEM dentro de los 5 días hábiles siguientes.

Con la aprobación, la empresa podrá aplicar la recuperación anticipada del IGV sobre los bienes, servicios y contratos de construcción especificados en el Anexo II de la resolución.

Ministerio de Energía y Minas
Jorge Luis Montero Cornejo – Ministro de Energía y Minas

Acceder a PDF de la Publicación en el Diario Oficial de El Peruano de la RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 038-2025-MINEM/DM