Transferencia de titularidad de la concesión eléctrica Solimana‑Ocoña a ECORER S.A.C. Ruben Felix, PhD junio 26, 2026

Transferencia de titularidad de la concesión eléctrica Solimana‑Ocoña a ECORER S.A.C.

Resumen ejecutivo

La Resolución Ministerial Nº 249-2026-MINEM/DM, de 22 de junio de 2026, aprueba la transferencia de la concesión definitiva N° 618‑2024 para la línea de transmisión 220 kV Solimana‑Ocoña, ubicada en los distritos de Ocoña y Mariano Nicolás Valcárcel (Camaná, Arequipa), a favor de ECORER S.A.C., y autoriza la primera modificación del contrato de concesión.

Antecedentes

El 16 de octubre de 2024, mediante la Resolución Ministerial Nº 398‑2024‑MINEM/DM, se concedió a ATN S.A. la concesión definitiva para la línea de transmisión Solimana‑Ocoña y se firmó el Contrato de Concesión Nº 618‑2024. El 5 de marzo de 2026, la Resolución Ministerial Nº 070‑2026‑MINEM/DM impuso permanentemente la servidumbre de electroducto sobre la concesión. El 12 de diciembre de 2025, ATN y ECORER suscribieron un Contrato de Cesión de Posición Contractual, mediante el cual ECORER adquiere los derechos y obligaciones del contrato de concesión.

Procedimiento administrativo

Fecha Acto N.º documento Comentario
16‑oct‑2024 Concesión definitiva Resolución Ministerial Nº 398‑2024‑MINEM/DM Otorgamiento a ATN S.A. del proyecto Solimana‑Ocoña (220 kV)
05‑mar‑2026 Imposición de servidumbre Resolución Ministerial Nº 070‑2026‑MINEM/DM Servidumbre de electroducto permanente
12‑dic‑2025 Contrato de Cesión de Posición Contractual Sin número formal Cesión de ATN S.A. a ECORER S.A.C.
21‑abr‑2026 Solicitud de transferencia Carta ECO‑00088‑2026, Registro N° 4276301 ATN solicita transferencia de la concesión a ECORER
22‑jun‑2026 Aprobación de la transferencia Resolución Ministerial Nº 249‑2026‑MINEM/DM Se aprueba la transferencia y la primera modificación del contrato

Fundamento legal

  • Decreto Ley N° 25844 – Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento (DS 009‑93‑EM).
  • Artículo 1211, 1435 y 1436 del Código Civil (DL 295).
  • Artículos 7 y 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas (DS 009‑93‑EM).
  • Artículo 67 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas – publicación en el Diario Oficial.
  • Cláusula Sexta, numeral 6.1.8 del Contrato de Concesión Nº 618‑2024 – derecho de cesión.
  • Cláusula Tercera, literales 3.1 y 3.2 del Contrato de Cesión – efectos sujetos a aprobación ministerial.
  • Resolución Ministerial Nº 438‑2017‑MEM/DM, modificada por la Nº 084‑2019‑MEM/DM – facultad del Ministro para modificar contratos de concesión.

Decisión y efectos

  1. Artículo 1: Aprobar la transferencia de la titularidad de la concesión definitiva del proyecto “Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Solimana‑S.E. Ocoña”.
  2. Artículo 2: Designar a ECORER S.A.C. como nuevo titular de la concesión, con todos los derechos y obligaciones del Contrato de Concesión Nº 618‑2024.
  3. Artículo 3: Aprobar la Primera Modificación al Contrato de Concesión N° 618‑2024, modificando la Cláusula Décimo Segunda (Garantía de Fiel Cumplimiento) y la Cláusula Décimo Tercera (formas de conclusión).
  4. Artículo 4: Autorizar al Director General de la Dirección General de Electricidad a suscribir, en representación del Estado, la modificación y la escritura pública correspondiente.
  5. Artículo 5: Incluir el texto de la presente Resolución en la escritura pública de la modificación.
  6. Artículo 6: Ordenar la publicación de la Resolución en el Diario Oficial El Peruano, a cargo de ECORER, en un plazo de cinco (5) días hábiles.
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Características técnicas

Elemento Valor
Voltaje de la línea 220 kV
Ubicación Distritos de Ocoña y Mariano Nicolás Valcárcel, Prov. Camaná, Dep. Arequipa
Tipo de obra Línea de transmisión eléctrica
Concesión Nº 618‑2024
Servidumbre de electroducto Permanente, impuesta por RM 070‑2026‑MINEM/DM

Impacto

La transferencia consolida a ECORER S.A.C. como nuevo titular del proyecto de transmisión Solimana‑Ocoña, garantizando la continuidad de la obra y la adecuada gestión de la servidumbre de electroducto. La modificación contractual agiliza la garantía de fiel cumplimiento y establece claramente los procedimientos de conclusión, reforzando la seguridad jurídica del proyecto y su integración al sistema eléctrico nacional.

Acceder a PDF de la Publicación en el Diario Oficial de El Peruano de la RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 249-2026-MINEM/DM