Servidumbre de ocupación aprobada para Central Solar Wayra Solar (ORYGEN) – 2026 Ruben Felix, PhD marzo 29, 2026

Servidumbre de ocupación aprobada para Central Solar Wayra Solar (ORYGEN) – 2026

Resumen ejecutivo

La Resolución Ministerial N° 049-2026-MINEM/DM, de 5 de febrero de 2026, establece de forma permanente una servidumbre de ocupación sin costo sobre 259.6002 ha de terreno estatal en el distrito de Marcona, provincia de Nasca, Ica, a favor de la concesión definitiva de generación eléctrica del proyecto Central Solar Fotovoltaica CERW Wayra Solar, titular ORYGEN PERÚ S.A.A.

Antecedentes

El 26 octubre 2024, mediante la Resolución Ministerial N° 410-2024-MINEM/DM, se otorgó a ORYGEN PERÚ S.A.A. la concesión definitiva para desarrollar el proyecto solar Wayra Solar, formalizada en el Contrato de Concesión N° 621-2024. Posteriormente, el 29 octubre 2024, ORYGEN presentó el Registro N° 3855771 solicitando el establecimiento de la servidumbre de ocupación sobre los terrenos eriazos de propiedad del Estado.

Procedimiento administrativo

Fecha Acto N° de documento Comentario
29/10/2024 Solicitud de servidumbre de ocupación Registro N° 3855771 Petición presentada por ORYGEN PERÚ S.A.A.
26/10/2024 Otorgamiento de concesión definitiva Resolución Ministerial N° 410-2024-MINEM/DM Incluye el Contrato de Concesión N° 621-2024.
2025 (fecha exacta no indicada) Informe de la Dirección General de Electricidad Informe N° 816-2025-MINEM/DGE-DCE Verifica cumplimiento de requisitos legales.
2026 (fecha exacta no indicada) Informe de la Oficina General de Asesoría Jurídica Informe N° 0110-2026-MINEM/OGAJ Confirma procedencia de la servidumbre.
2026 (fecha exacta no indicada) Memorando de la Procuraduría Pública Memorando N° 00040-2026/MINEM-PP Constata ausencia de proceso judicial y activa el silencio administrativo negativo.
05/02/2026 Resolución Ministerial que otorga la servidumbre Resolución Ministerial N° 049-2026-MINEM/DM Establece servidumbre permanente y define condiciones.

Fundamento legal

  • Decreto Ley N° 25844, Artículo 109, literal a) – uso gratuito de bienes estatales para concesionarios.
  • Decreto Supremo N° 009-93-EM – Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.
  • Decreto Supremo N° 038-2014-EM – Texto Único de Procedimientos Administrativos del MINEM.
  • Decreto Supremo N° 004-2019-JUS – Ley N° 27444, artículos 151 y 199 (silencio administrativo negativo).
  • Ley N° 30705 y su Reglamento – Organización y Funciones del MINEM.
  • Resolución Ministerial N° 410-2024-MINEM/DM – Otorgamiento de la concesión definitiva.

Decisión y efectos

  1. Artículo 1: Se otorga de forma permanente la servidumbre de ocupación sobre 259.6002 ha en Marcona, Ica, con coordenadas UTM (WGS‑84) según el plano PL‑CSFW‑002.
  2. Artículo 2: La servidumbre queda sujeta a las normas de seguridad y a las disposiciones del DL 25844 y su Reglamento.
  3. Artículo 3: ORYGEN PERÚ S.A.A. debe adoptar todas las medidas para evitar daños al área servida y responder civilmente por incumplimientos.
  4. Artículo 4: Prohibición de cualquier construcción que limite el ejercicio de la servidumbre.
  5. Artículo 5: La resolución entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
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Compensación y terceros involucrados

Conforme al artículo 109 del DL 25844, la servidumbre se constituye a título gratuito sobre bienes del Estado; por lo tanto, no procede pago de compensación económica. El propietario del predio es el Estado, y la servidumbre se coordina con la normativa del Ministerio de Energía y Minas y la normativa de tierras estatales.

Características técnicas

Variable Detalle
Proyecto Central Solar Fotovoltaica CERW Wayra Solar
Ubicación Distrito Marcona, Provincia Nasca, Departamento Ica
Área de servidumbre 259.6002 ha
Coordenadas UTM (WGS‑84) según plano PL‑CSFW‑002 (escala 1/4 000)
Propietario del terreno Estado
Tipo de servidumbre Ocupación permanente, sin compensación

Impacto

La servidumbre garantiza el derecho irrevocable de ORYGEN para la instalación y operación de la central solar, facilitando la generación de energía renovable en la zona sur del país y reforzando los objetivos de descarbonización del sector eléctrico. Además, al no requerir compensación, el proyecto mantiene su viabilidad financiera y contribuye al cumplimiento de la meta nacional de 2026 de ampliar la capacidad instalada de energía limpia.

Acceder a PDF de la Publicación en el Diario Oficial de El Peruano de la RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 049-2026-MINEM/DM