Modificación de la concesión temporal para la Central Eólica Quipu (250 MW) – Resolución 415-2025-MINEM Ruben Felix, PhD diciembre 12, 2025

Modificación de la concesión temporal para la Central Eólica Quipu (250 MW) – Resolución 415-2025-MINEM

Resumen ejecutivo

Mediante la Resolución Ministerial Nº 415-2025-MINEM/DM, de 3 de diciembre de 2025, el Ministerio de Energía y Minas otorga a ENGIE ENERGÍA PERÚ S.A.A. la modificación de la concesión temporal para realizar estudios de factibilidad del proyecto “Central Eólica Quipu”. La capacidad instalable pasa de 300 MW a 250 MW y se redefine la zona de concesión en los distritos de Ocucaje y Santiago, provincia y departamento de Ica, con un plazo de veinticuatro (24) meses contado a partir de la publicación de la Resolución 171-2025-MINEM/DM.

Antecedentes

El 15 de mayo de 2025, mediante Resolución Ministerial Nº 171-2025-MINEM/DM, se concedió a ENGIE ENERGÍA PERÚ S.A.A. una concesión temporal para desarrollar estudios de factibilidad de la Central Eólica Quipu, estimada en 300 MW, en los distritos de Ocucaje y Santiago (Ica) por 24 meses. El 10 de septiembre de 2025, bajo el Registro Nº 4129892, la empresa presentó solicitud de modificación para reducir la capacidad a 250 MW y ajustar la zona de concesión, invocando el artículo 23 de la Ley Nº 25844 y el artículo 30 del Reglamento DS 009‑93‑EM.

Procedimiento administrativo

Fecha Acto Nº documento Comentario
15‑05‑2025 Resolución de concesión original Resolución Ministerial Nº 171-2025-MINEM/DM Concesión temporal – 300 MW, Ocucaje y Santiago (Ica)
10‑09‑2025 Solicitud de modificación Registro Nº 4129892 Reducción a 250 MW y ajuste de área
2025 (fecha no especificada) Informe de la Dirección General de Electricidad Informe Nº 886-2025-MINEM/DGE‑DCE Evaluación de cumplimiento de requisitos técnicos
2025 (fecha no especificada) Informe de la Oficina General de Asesoría Jurídica Informe Nº 1187-2025-MINEM/OGAJ Análisis jurídico de la solicitud
03‑12‑2025 Resolución de modificación Resolución Ministerial Nº 415-2025-MINEM/DM Otorgamiento de la modificación solicitada

Fundamento legal

  • Artículo 23 de la Ley Nº 25844 (Ley de Concesiones Eléctricas).
  • Artículo 30 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por DS 009‑93‑EM.
  • Decreto Supremo 038‑2014‑EM (Texto Único de Procedimientos Administrativos del MINEM).
  • Ley Nº 30705 y su Reglamento de Organización y Funciones (DS 031‑2007‑EM).
  • Resolución Directoral Nº 046‑2010‑EM/DGE y demás normas técnicas aplicables.
  • Artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas (DS 009‑93‑EM) – garantía de fiel cumplimiento.

Decisión y efectos

  1. Artículo 1: Se otorga la modificación de la concesión temporal para estudios de factibilidad, con capacidad estimada de 250 MW, en Ocucaje y Santiago (Ica), por 24 meses.
  2. Artículo 2: Se delimita la nueva zona de concesión mediante las coordenadas UTM (WGS 84)‑Zona 18L que aparecen en la tabla de características técnicas.
  3. Artículo 3: La empresa debe ejecutar los estudios respetando normas técnicas, de seguridad, medio ambiente y patrimonio cultural, cumpliendo la Ley 25844 y su Reglamento.
  4. Artículo 4: En caso de incumplimiento del cronograma o falta de renovación de la garantía, el MINEM ejecutará la garantía conforme al artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.
  5. Artículo 5: Publicación única de la presente resolución en el Diario Oficial El Perú, a cargo de ENGIE ENERGÍA PERÚ S.A.A., de acuerdo al artículo 36 del Reglamento.
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Características técnicas

Vertice Este (m) North (m)
1 441714.3914 8396509.7252
2 440276.8122 8395927.9000
3 437076.4143 8391864.9126
4 435430.9355 8386882.8317
5 434670.9074 8386188.9817
6 434792.1410 8383611.1563
7 434318.7959 8382989.0668
8 433489.0628 8382366.3463
9 433845.0493 8378829.7666
10 434753.9787 8375962.6016
11 436182.2483 8373998.2851
12 437970.9365 8374553.6556
13 437491.7541 8375710.3376
14 438008.9822 8377462.9073
15 438497.0448 8376949.7010
16 438828.0717 8376926.7343
17 439102.8475 8377201.2325
18 439664.5261 8376388.9597
19 440341.9817 8377000.9001
20 439666.3318 8380474.9786
21 438643.1476 8383059.0875
22 436924.3864 8385207.1912
23 436084.9311 8388037.2050
24 437254.8626 8391767.9143
25 440383.2468 8395727.1753
26 441498.7065 8396169.0471
27 441656.5999 8395904.1480
28 441954.7243 8396079.0638

Impacto

La reducción de la capacidad a 250 MW y la nueva delimitación de la zona de concesión permiten al titular adaptar los estudios de factibilidad a la disponibilidad de recursos eólicos en la zona de Ica, garantizando el cumplimiento de los plazos de 24 meses y la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento. Asimismo, la resolución contribuye a la planificación del sistema eléctrico nacional, al proporcionar información precisa sobre la futura generación eólica y al cumplir con los requisitos ambientales y de patrimonio cultural establecidos por la normativa peruana.

Acceder a PDF de la Publicación en el Diario Oficial de El Peruano de la RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 415-2025-MINEM/DM