Califican como fuerza mayor y aprueban modificación de la concesión de la Central Solar CSF Continua Chachani 100 MW Ruben Felix, PhD enero 1, 2022

Califican como fuerza mayor y aprueban modificación de la concesión de la Central Solar CSF Continua Chachani 100 MW

Resumen ejecutivo

Mediante la Resolución Ministerial Nº 461-2021-MINEM/DM, de 15 de diciembre de 2021, el Ministerio de Energía y Minas (MINEM) califica como fuerza mayor el evento “Problemas en la cadena de suministro de paneles solares, a causa de la pandemia por la COVID‑19” invocado por CSF Continua Chachani S.A.C. y aprueba la primera modificación de la concesión definitiva y del Contrato de Concesión Nº 539‑2020 para la Central Solar “CSF Continua Chachani 100 MW”, ubicada en el distrito de La Joya, Arequipa.

Antecedentes

El Expediente Nº 16389919 corresponde a la concesión definitiva otorgada mediante Resolución Ministerial Nº 030‑2020‑MINEM/DM (12 feb 2020) y al Contrato de Concesión Nº 539‑2020, que establecía como fechas límite el inicio de obra (2 nov 2020) y la puesta en operación comercial (15 nov 2021) para una capacidad de 100 MW.

En 2021 la empresa solicitó, mediante registros administrativos (Nº 3149849, 3172301, 3195248, 3195346, 3206386, 3216707 y 3231248), la primera modificación de la concesión para prorrogar las fechas a 7 oct 2021 (obras civiles) y 14 oct 2022 (POC), alegando fuerza mayor por la pandemia.

Procedimiento administrativo

Fecha Acto N.º de documento Comentario
12‑feb‑2020 Otorgamiento de concesión definitiva Resolución Ministerial Nº 030‑2020‑MINEM/DM Se firma el Contrato de Concesión Nº 539‑2020 para Central Solar 100 MW.
21‑may‑2021 Solicitud de modificación (fuerza mayor) Registro Nº 3149849 Se invoca la pandemia como causa de fuerza mayor.
16‑jun‑2021 Oficio a OSINERGMIN (solicitud de opinión) Oficio Nº 1025‑2021‑MINEM/DGE La DGE pide opinión previa sobre el evento de fuerza mayor.
15‑jul‑2021 Informe de OSINERGMIN Informe DSE‑SIE‑228‑2021 Se informa sobre avance del calendario; sin pronunciamiento sobre fuerza mayor.
20‑jul‑2021 Respuesta de OSINERGMIN Oficio Nº 1853‑2021‑OS‑DSE (Registro 3174821) Se adjunta el informe DSE‑SIE‑228‑2021; no se pronuncia sobre fuerza mayor.
27‑ago‑2021 Segunda respuesta de OSINERGMIN Oficio Nº 2128‑2021‑OS‑DSE (Registro 3199855) Se adjunta el informe DSE‑SIE‑303‑2021; sin pronunciamiento sobre fuerza mayor.
30‑nov‑2021 Oficio a OSINERGMIN (segunda solicitud) Oficio Nº 2087‑2021‑MINEM/DGE Se reitera la petición de opinión.
7‑dic‑2021 Respuesta final de OSINERGMIN Oficio Nº 2671‑2021‑OS‑DSE (Registro 3232388) Se adjunta informe DSE‑SIE‑303‑2021; sin pronunciamiento sobre fuerza mayor.
15‑dic‑2021 Resolución Ministerial Resolución Nº 461‑2021‑MINEM/DM Califica como fuerza mayor y aprueba la modificación de la concesión.

Fundamento legal

  • Artículo 36 b) del Decreto Ley Nº 25844 (Ley de Concesiones Eléctricas): la concesión caduca si no se ejecutan las obras, salvo caso fortuito o fuerza mayor calificado por el MINEM.
  • Cláusula Décima Cuarta del Contrato de Concesión Nº 539‑2020: exige cumplimiento salvo caso fortuito o fuerza mayor conforme a los artículos 1315 y 1317 del Código Civil, acreditado y calificado por OSINERGMIN o autoridad que determine.
  • Artículos 1315 y 1317 del Código Civil: definen fuerza mayor como evento extraordinario, imprevisible e irresistible, con nexo causal.
  • Decreto Supremo Nº 009‑93‑EM: Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas (artículos 7 y 56 sobre inscripción y escritura pública).
  • Ley Nº 30705 y su Reglamento (organización y funciones del MINEM).
  • Texto Único de Procedimientos Administrativos del MINEM (DS 038‑2014‑EM y sus modificatorias).
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Decisión y efectos

  1. Artículo 1: Se califica como fuerza mayor el evento “Problemas en la cadena de suministro de paneles solares, a causa de la pandemia por la COVID‑19”.
  2. Artículo 2: Se aprueba la primera modificación de la concesión definitiva y del Contrato de Concesión Nº 539‑2020, modificando las cláusulas Séptima y Décimo Segunda y el Anexo 4 (Calendario de Ejecución de Obras), estableciendo nuevas fechas: inicio de obras civiles 7 oct 2021 y POC 14 oct 2022.
  3. Artículo 3: Autoriza al Director General de Electricidad, o su equivalente, a suscribir la Minuta de la primera modificación y la Escritura Pública correspondiente.
  4. Artículo 4: Ordena incorporar el texto de la presente Resolución en la Escritura Pública, conforme al artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.
  5. Artículo 5: Dispone la publicación única de la Resolución en el diario oficial El Peruano dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, a cargo de CSF Continua Chachani S.A.C., conforme al artículo 54 del Reglamento.

Características técnicas

Dato Valor
Capacidad instalada 100 MW
Ubicación Distrito de La Joya, provincia y departamento de Arequipa
Fecha original de inicio de obra 2 noviembre 2020
Fecha original de POC 15 noviembre 2021
Fecha modificada de inicio de obra civil 7 octubre 2021
Fecha modificada de POC 14 octubre 2022
Contrato de Concesión Nº 539‑2020

Impacto

La calificación de fuerza mayor evita la caducidad de la concesión y permite a CSF Continua Chachani S.A.C. reprogramar el calendario de obras sin incurrir en sanciones. La modificación mantiene la vigencia del proyecto de generación solar de 100 MW, contribuyendo a la diversificación de la matriz energética peruana y al cumplimiento de los objetivos de energías renovables del país.

Acceder a PDF de la Publicación en el Diario Oficial de El Peruano de la Resolución Ministerial Nº 461-2021-MINEM/DM