Resumen ejecutivo
Mediante la Resolución Directoral Nº 0033-2026-MINEM/DGE, de fecha 20 de marzo de 2026, el Ministerio de Energía y Minas otorga a la empresa Top Elec Ingeniería Eléctrica y Mecánica S.A.C. la concesión eléctrica rural para la obra “Creación de la Línea de Mediana y Baja Tensión en los Centros Poblados de la Quebrada de Julquillas, Distrito de San Pedro, Provincia de Ocros, Departamento de Ancash”. La decisión se basa en la Ley Nº 28749 y su Reglamento (DS 018‑2020‑EM), y en el cumplimiento de los requisitos técnicos y ambientales.
Antecedentes
La solicitud de concesión (Expediente Nº 65420225) fue presentada el 28 de marzo de 2025 bajo el registro MPD Nº 3960438. La obra comprende el Valle de Julquillas, con 201 habitantes, 60 abonados domésticos, 7 cargas de uso general y 9 cargas productivas (total 76 abonados). Previa calificación como Sistema Eléctrico Rural (Resolución Directoral Nº 0095‑2022‑MINEM‑DGE), la obra quedó excluida de áreas naturales protegidas según el numeral 15.1 del artículo 15 del DL 1652, por lo que no se requirió certificación ambiental.
Procedimiento administrativo
| Fecha | Acto | Nº documento | Comentario |
|---|---|---|---|
| 28‑03‑2025 | Presentación de solicitud de concesión eléctrica rural | MPD 3960438 | Solicitud de TOPELEC para la obra en Julquillas |
| 02‑12‑2022 | Calificación como Sistema Eléctrico Rural | Resolución Directoral 0095‑2022‑MINEM‑DGE | Otorga la calificación previa requerida |
| 15‑02‑2026 | Emisión del Informe de la Dirección de Concesiones Eléctricas | Informe 224‑2026‑MINEM/DGE‑DCE | Verifica cumplimiento de requisitos de la Ley Nº 28749 |
| 20‑03‑2026 | Resolución Directoral que otorga la concesión | 0033‑2026‑MINEM/DGE | Constituye la decisión final y aprueba el Contrato Nº 200‑2026 |
| 25‑03‑2026 | Notificación y publicación en El Peruano | Artículo 6 de la Resolución | Se notifica a TOPELEC y se publica para su vigencia |
Fundamento legal
- Ley Nº 28749, Ley General de Electrificación Rural – artículo 20.
- Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural – Decreto Supremo Nº 018‑2020‑EM, artículos 48 al 52.
- Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas – Decreto Supremo Nº 009‑93‑EM, artículo 53 (firma del contrato) y artículo 56 (inscripción en escritura pública).
- Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural – artículo 52 (publicación en El Peruano).
- Decreto Legislativo Nº 1652, numeral 15.1 del artículo 15 (exclusión de áreas protegidas).
Decisión y efectos
- Artículo 1: Otorga a TOPELEC la concesión eléctrica rural para la obra descrita.
- Artículo 2: La concesión incluye las coordenadas UTM WGS84 zona 18L especificadas en el expediente.
- Artículo 3: Se aprueba el Contrato de Concesión Eléctrica Rural Nº 200‑2026, con 17 cláusulas y 3 anexos.
- Artículo 4: Se autoriza al Director General de Electricidad a suscribir la minuta del contrato y la escritura pública correspondiente.
- Artículo 5: Se inserta el texto de la presente resolución en la escritura pública del contrato, conforme al artículo 56 del Reglamento de Concesiones Eléctricas.
- Artículo 6: Se notifica a TOPELEC dentro de los cinco días hábiles y se publica la resolución en El Peruano para su vigencia.
Características técnicas
| Elemento | Detalle |
|---|---|
| Tipo de línea | Línea de Mediana y Baja Tensión |
| Ubicación | Quebrada de Julquillas, Distrito de San Pedro, Provincia de Ocros, Departamento de Ancash |
| Coordenadas | UTM WGS84 zona 18L (según expediente) |
| Abonados | 76 (60 domésticos, 7 generales, 9 productivos) |
| Contrato | Nº 200‑2026, 17 cláusulas, 3 anexos |
Impacto
La concesión permite la expansión del suministro eléctrico rural a 76 usuarios en la Quebrada de Julquillas, mejorando la conectividad y soporte a actividades agrícolas productivas. Cumple con la normativa vigente, garantiza la legalidad del proceso y fortalece la infraestructura de electrificación rural del Ministerio de Energía y Minas en la región de Ancash.