Concesión eléctrica rural a Top Elec en la Quebrada de Julquillas, Ancash (Resolución 0033‑2026‑MINEM/DGE) Ruben Felix, PhD abril 8, 2026

Concesión eléctrica rural a Top Elec en la Quebrada de Julquillas, Ancash (Resolución 0033‑2026‑MINEM/DGE)

Resumen ejecutivo

La Dirección General de Electricidad del MINEM, mediante la Resolución Directoral Nº 0033‑2026‑MINEM/DGE de fecha 20 de marzo de 2026, otorga a la empresa Top Elec Ingeniería Eléctrica y Mecánica S.A.C. la concesión eléctrica rural para la obra “Creación de la Línea de Mediana y Baja Tensión en los Centros Poblados de la Quebrada de Julquillas, Distrito de San Pedro, Provincia de Ocros, Departamento de Ancash”. La decisión se sustenta en la Ley Nº 28749 y su Reglamento (DS‑018‑2020‑EM), sin requerir certificación ambiental.

Antecedentes

El proyecto comprende el Valle de Julquillas, con una población total de 201 habitantes, 60 abonados domésticos, 7 cargas de uso general y 9 cargas productivas, sumando 76 abonados. La solicitud de concesión se presentó bajo el Expediente Nº 65420225, registrado con el número MPD 3960438 el 28 de marzo de 2025. Top Elec había recibido previamente la Resolución Directoral Nº 0095‑2022‑MINEM‑DGE que le calificó como Sistema Eléctrico Rural.

Procedimiento administrativo

Fecha Acto N.º documento Comentario
28/03/2025 Registro de solicitud de concesión MPD 3960438 Top Elec solicita la concesión para la obra en Julquillas.
2022 Calificación como Sistema Eléctrico Rural Resolución Directoral Nº 0095‑2022‑MINEM‑DGE Otorga la calificación previa requerida.
2026 Informe técnico de la Dirección de Concesiones Eléctricas Informe Nº 224‑2026‑MINEM/DGE‑DCE Verifica cumplimiento de requisitos legales.
20/03/2026 Emisión de Resolución Directoral Resolución Directoral Nº 0033‑2026‑MINEM/DGE Otorga la concesión eléctrica rural.
20/03/2026 (plazo 5 días hábiles) Notificación y publicación Se ordena notificar a Top Elec y publicar en El Peruano.

Fundamento legal

  • Ley Nº 28749, Ley General de Electrificación Rural – Art. 20 (requisitos de concesión).
  • Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural – DS Nº 018‑2020‑EM, arts. 48‑52 (procedimientos y condiciones).
  • Decreto Legislativo Nº 1652, art. 15, numeral 15.1 – Exclusión por no encontrarse en Área Natural Protegida.
  • Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas – DS Nº 009‑93‑EM, art. 53 (firma del contrato) y art. 56 (inscripción del texto en escritura pública).
  • Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural – art. 52 (publicación y vigencia).
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Decisión y efectos

  1. Artículo 1: Otorgar a Top Elec Ingeniería Eléctrica y Mecánica S.A.C. la concesión eléctrica rural para la obra señalada.
  2. Artículo 2: La concesión comprende las coordenadas UTM WGS84 zona 18L consignadas en el expediente.
  3. Artículo 3: Aprobar el Contrato de Concesión Eléctrica Rural Nº 200‑2026, con 17 cláusulas y 3 anexos.
  4. Artículo 4: Autorizar al Director General de Electricidad (o quien haga sus veces) a suscribir la minuta del contrato y la escritura pública correspondiente, conforme al art. 53 del Reglamento de Concesiones Eléctricas.
  5. Artículo 5: Insertar el texto de la presente resolución en la escritura pública del contrato, según el art. 56 del Reglamento de Concesiones Eléctricas.
  6. Artículo 6: Notificar a Top Elec en un plazo de cinco (5) días hábiles y publicar la resolución en el diario oficial El Peruano para su vigencia.

Características técnicas

Elemento Detalle
Tipo de obra Línea de Mediana y Baja Tensión
Ubicación Quebrada de Julquillas, Distrito San Pedro, Provincia Ocros, Departamento Ancash
Coordenadas UTM WGS84, zona 18L (según expediente)
Suscriptores previstos 76 abonados (60 domésticos, 7 de uso general, 9 productivos)
Contrato de concesión Nº 200‑2026 – 17 cláusulas, 3 anexos

Impacto

La concesión permite la expansión del servicio eléctrico a 76 usuarios en una zona rural sin cobertura previa, contribuyendo a la inclusión energética y al desarrollo productivo agrícola de la comunidad de Julquillas. Asimismo, se cumple con la normativa vigente sin generar impactos ambientales, al no encontrarse la obra en áreas protegidas.

Acceder a PDF de la Publicación en el Diario Oficial de El Peruano de la RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0033-2026-MINEM/DGE