Resumen ejecutivo
La Dirección General de Electricidad (DGE) otorgó, mediante Resolución Directoral Nº 0033‑2026‑MINEM/DGE del 20 de marzo de 2026, la concesión eléctrica rural a favor de la empresa Top Elec Ingeniería Eléctrica y Mecánica S.A.C. para la obra “Creación de la Línea de Mediana y Baja Tensión en los Centros Poblados de la Quebrada de Julquillas, Distrito de San Pedro, Provincia de Ocros, Departamento de Ancash”. La autorización se sustenta en la Ley Nº 28749 y su Reglamento (DS Nº 018‑2020‑EM) y se formaliza en el Contrato de Concesión Eléctrica Rural Nº 200‑2026.
Antecedentes
El expediente Nº 65420225 recibió, el 28 de marzo de 2025, la solicitud de TOPELEC (Registro Nº 3960438 MPD) para la concesión eléctrica rural en la zona mencionada. La obra comprende el Valle de Julquillas, con la localidad de Julquillas y tres conjuntos de cargas especiales de uso productivo agrícola, atendiendo a 201 habitantes, 60 abonados domésticos, 7 cargas de uso general y 9 cargas productivas (total 76 abonados). La empresa ya contaba con la Resolución Directoral Nº 0095‑2022‑MINEM‑DGE que la calificó como Sistema Eléctrico Rural.
Procedimiento administrativo
| Fecha | Acto | N.º documento | Comentario |
|---|---|---|---|
| 28/03/2025 | Presentación de solicitud de concesión eléctrica rural | Registro Nº 3960438 (MPD) | TOPELEC solicita autorización para la obra en Julquillas |
| 2025 | Apertura de expediente | Expediente Nº 65420225 | Inicio de trámite administrativo |
| 2022 | Calificación como Sistema Eléctrico Rural | Resolución Directoral Nº 0095‑2022‑MINEM‑DGE | Reconocimiento previo del carácter rural del proyecto |
| 2026 | Emisión de informe técnico | Informe Nº 224‑2026‑MINEM/DGE‑DCE | Dirección de Concesiones Eléctricas verifica cumplimiento de requisitos |
| 20/03/2026 | Otorgamiento de la concesión eléctrica rural | Resolución Directoral Nº 0033‑2026‑MINEM/DGE | Concesión aprobada y contrato Nº 200‑2026 suscrito |
Fundamento legal
- Ley Nº 28749, Ley General de Electrificación Rural – Artículo 20.
- Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural – Decreto Supremo Nº 018‑2020‑EM, artículos 48 al 52.
- Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas – Decreto Supremo Nº 009‑93‑EM, artículo 53.
- Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural – artículo 52 (publicación y vigencia).
- Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural – artículo 56 (inclusión del texto de la resolución en la escritura pública).
- Decreto Legislativo Nº 1652, numeral 15.1 del artículo 15 (exclusión por no estar en Área Natural Protegida).
Decisión y efectos
- Artículo 1: Otorgamiento de la concesión eléctrica rural a TOPELEC para la obra indicada.
- Artículo 2: La concesión cubre las coordenadas UTM WGS84, zona 18L especificadas en el expediente.
- Artículo 3: Aprobación del Contrato de Concesión Eléctrica Rural Nº 200‑2026 (17 cláusulas y 3 anexos).
- Artículo 4: Autorización para suscribir la minuta del contrato y la escritura pública correspondiente, conforme al artículo 53 del Reglamento de Concesiones Eléctricas.
- Artículo 5: Inserción del texto de la presente resolución en la escritura pública, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de Concesiones Eléctricas.
- Artículo 6: Notificación a TOPELEC dentro de los cinco (05) días hábiles y publicación única en el diario oficial El Peruano para su vigencia.
Características técnicas
| Elemento | Detalle |
|---|---|
| Tipo de obra | Línea de Mediana y Baja Tensión |
| Ubicación | Quebrada de Julquillas, Distrito San Pedro, Provincia Ocros, Departamento Ancash |
| Coordenadas | UTM WGS84, zona 18L (según expediente) |
| Población atendida | 201 habitantes |
| Abonados totales | 76 (60 domésticos, 7 generales, 9 productivos) |
| Cargas especiales | 3 conjuntos de uso productivo agrícola |
| Contrato de Concesión | Nº 200‑2026 – 17 cláusulas, 3 anexos |
Impacto
La concesión permite la expansión de la red eléctrica rural en el Valle de Julquillas, garantizando suministro confiable a 76 abonados y apoyando la actividad agrícola mediante cargas especiales. La obra se ajusta a la normativa ambiental, al no encontrarse en áreas protegidas, y cumple con los requisitos técnicos y legales establecidos por la Ley General de Electrificación Rural y su Reglamento, fortaleciendo la cobertura eléctrica del Ministerio de Energía y Minas en la región de Ancash.