Resumen ejecutivo
La Resolución Ministerial N° 143-2026-MINEM/DM, publicada el 31 de marzo de 2026 en Lima, actualiza los montos límite para que una instalación de transmisión sea considerada como Refuerzo. Los nuevos valores son US$ 39 963 000 para tensiones de hasta 220 kV y US$ 79 926 000 para 500 kV. La medida afecta a los concesionarios del sector eléctrico y será tomada en cuenta por el COES al elaborar su propuesta de actualización del Plan de Transmisión.
Antecedentes
El concepto de Refuerzo está definido en la Ley N° 28832, la cual indica que no se consideran Refuerzos aquellas instalaciones que superen los montos establecidos en el Reglamento de Transmisión. El numeral 5.3 del artículo 5 del Reglamento de Transmisión (DS N° 027-2007-EM) fija los límites en US$ 30 M para hasta 220 kV y US$ 60 M para 500 kV. La última actualización antes de la presente resolución fue la Resolución Ministerial N° 144-2024-MINEM/DM, basada en la metodología establecida en la Resolución Ministerial N° 129-2009-MEM/DM.
Procedimiento administrativo
| Fecha | Acto | N° documento | Comentario |
|---|---|---|---|
| 31/03/2026 | Emisión de Resolución Ministerial | RM 143-2026-MINEM/DM | Aprobación de la actualización de los montos límite para Refuerzo. |
| 2026 (mes no especificado) | Informe de la Dirección General de Electricidad | 0029-2026-MINEM/DGE‑DEPE | Soporte técnico y legal para la actualización. |
| 2026 (mes no especificado) | Informe de la Oficina General de Asesoría Jurídica | 0323-2026-MINEM/OGAJ | Fundamento jurídico de la medida. |
| 2024 | Resolución Ministerial previa | 144-2024-MINEM/DM | Actualización anterior de los montos límite. |
| 2009 | Resolución Ministerial que establece la metodología | 129-2009-MEM/DM | Instrumento normativo que permite la actualización anual. |
Fundamento legal
- Artículos 5 y 9 Ley N° 30705 (Organización y Funciones del MINEM).
- Artículos 63 y 64 DS N° 031-2007-EM (Reglamento de Organización y Funciones del MINEM).
- Ley N° 28832 – definición de Plan de Transmisión y de Refuerzos.
- Artículo 5, numeral 5.3 del Reglamento de Transmisión (DS N° 027-2007-EM) – límites de inversión para Refuerzos.
- Resolución Ministerial N° 144-2024-MINEM/DM – última actualización previa.
- Resolución Ministerial N° 129-2009-MEM/DM – metodología de actualización basada en el índice “Finished Goods Less Food and Energy”.
Decisión y efectos
- Artículo 1: Se aprueba la actualización de los montos límite, quedando fijados en US$ 39 963 000 para instalaciones de hasta 220 kV y en US$ 79 926 000 para 500 kV.
- Artículo 2: La resolución entra en vigor al día siguiente de su publicación y permanecerá vigente hasta la siguiente actualización anual que realice el MINEM.
- Artículo 3: La publicación se realiza en la Plataforma Digital Única y en la sede digital del MINEM el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.
- Los nuevos valores serán incorporados por el COES al elaborar la propuesta de actualización del Plan de Transmisión, facilitando la clasificación de proyectos como Refuerzos.
- Los concesionarios deberán ajustar sus presupuestos y solicitar la clasificación correspondiente antes de iniciar obras que superen los límites anteriores.
Características técnicas
| N° | Tensiones del Refuerzo | Monto Límite vigente (US$) | Monto Límite actualizado (US$) |
|---|---|---|---|
| 1 | Hasta 220 kV | 30 000 000 | 39 963 000 |
| 2 | 500 kV | 60 000 000 | 79 926 000 |
Impacto
La actualización de los montos límite amplía la posibilidad de que proyectos de transmisión de mayor envergadura sean clasificados como Refuerzo, lo que favorece la ampliación y modernización de la red eléctrica nacional. Los concesionarios podrán planificar inversiones más robustas sin exceder los umbrales establecidos, garantizando la continuidad del suministro y la calidad del servicio. Además, la medida refuerza la consistencia regulatoria al aplicar un índice de precios internacional actualizado (serie WPSSOP3500), alineando la normativa peruana con estándares internacionales de precios.