Resumen ejecutivo
La Resolución Directoral Nº 0033-2026-MINEM/DGE, de fecha 20 de marzo de 2026, otorga a la empresa Top Elec Ingeniería Eléctrica y Mecánica S.A.C. (TOPELEC) la concesión eléctrica rural para la obra “Creación de la Línea de Mediana y Baja Tensión en los Centros Poblados de la Quebrada de Julquillas, Distrito de San Pedro, Provincia de Ocros, Departamento de Ancash”. La decisión se basa en la Ley Nº 28749 (Ley General de Electrificación Rural) y su Reglamento (DS Nº 018‑2020‑EM), y queda formalizada en el Contrato de Concesión Eléctrica Rural Nº 200‑2026.
Antecedentes
El expediente N.º 65420225 contiene la solicitud presentada el 28 de marzo de 2025 (Registro N.º 3960438‑MPD) por TOPELEC, quien buscaba la concesión para atender a 76 abonados (60 domésticos, 7 de uso general y 9 productivos) en el Valle de Julquillas. En 2022, mediante la Resolución Directoral Nº 0095‑2022‑MINEM‑DGE, la zona recibió la calificación como Sistema Eléctrico Rural según el Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural (DS Nº 018‑2020‑EM). El proyecto no está dentro de áreas protegidas según el numeral 15.1 del artículo 15 del Decreto Legislativo Nº 1652, por lo que no requiere certificación ambiental.
Procedimiento administrativo
| Fecha | Acto | N.º documento | Comentario |
|---|---|---|---|
| 28‑mar‑2025 | Presentación de solicitud de concesión | Registro Nº 3960438‑MPD | Solicitud de TOPELEC para la línea mediana y baja tensión en Julquillas. |
| 2022 | Calificación como Sistema Eléctrico Rural | Resolución Directoral Nº 0095‑2022‑MINEM‑DGE | Otorga la calificación preliminar requerida. |
| 2026 | Informe de la Dirección de Concesiones Eléctricas | Informe Nº 224‑2026‑MINEM/DGE‑DCE | Verifica cumplimiento de requisitos de la Ley Nº 28749. |
| 20‑mar‑2026 | Emisión de la Resolución Directoral | Resolución Nº 0033‑2026‑MINEM/DGE | Otorga la concesión definitiva a TOPELEC. |
| Después del 20‑mar‑2026 | Notificación y publicación | Artículo 6 (Resolución) | Notificación a la empresa y publicación en El Peruano. |
Fundamento legal
- Ley Nº 28749, Ley General de Electrificación Rural – Art. 20 (requisitos de solicitud).
- Ley General de Electrificación Rural, Reglamento – Arts. 48‑52 (procedimientos de concesión).
- Decreto Legislativo Nº 1652 – Art. 15, numeral 15.1 (exclusión por no estar en zona protegida).
- Decreto Supremo Nº 018‑2020‑EM – Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural.
- Decreto Supremo Nº 009‑93‑EM – Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas (Arts. 53, 56).
- Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural – Art. 52 (publicación y vigencia).
Decisión y efectos
- Artículo 1: Otorga la concesión eléctrica rural a TOPELEC para la obra en Julquillas (Ancash).
- Artículo 2: La concesión comprende las coordenadas UTM WGS84, zona 18L especificadas en el expediente.
- Artículo 3: Aprueba el Contrato de Concesión Eléctrica Rural Nº 200‑2026 (17 cláusulas, 3 anexos).
- Artículo 4: Autoriza la suscripción de la minuta del contrato y la escritura pública correspondiente, según el art. 53 del Reglamento de Concesiones Eléctricas y la primera Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural.
- Artículo 5: Ordena insertar el texto de la presente resolución en la escritura pública del contrato, conforme al art. 56 del Reglamento de Concesiones Eléctricas.
- Artículo 6: Notifica a TOPELEC dentro de los cinco días hábiles y dispone su publicación única en El Peruano para su vigencia.
Características técnicas
| Dato | Valor |
|---|---|
| Ubicación | Quebrada de Julquillas, Distrito de San Pedro, Provincia de Ocros, Departamento de Ancash. |
| Coordenadas | UTM WGS84, zona 18L (según expediente). |
| Población atendida | 201 habitantes – 76 abonados (60 domésticos, 7 generales, 9 productivos). |
| Tipo de obra | Línea de Mediana y Baja Tensión. |
| Contrato de Concesión | Nº 200‑2026 – 17 cláusulas, 3 anexos. |
Impacto
La concesión permite la electrificación de la zona rural de Julquillas, ampliando el acceso a energía eléctrica a 76 abonados y favoreciendo actividades agrícolas productivas. Cumple con los requisitos legales, elimina la necesidad de certificación ambiental y fortalece la infraestructura eléctrica en Ancash, alineándose con los objetivos de universalidad del servicio en áreas rurales.