Resumen ejecutivo
Mediante la Resolución Directoral Nº 0033-2026-MINEM/DGE, de fecha 20 de marzo de 2026, se otorga a la empresa Top Elec Ingeniería Eléctrica y Mecánica S.A.C. la concesión eléctrica rural para la obra “Creación de la Línea de Mediana y Baja Tensión en los Centros Poblados de la Quebrada de Julquillas, Distrito de San Pedro, Provincia de Ocros, Departamento de Ancash”. La autorización se sustenta en la Ley Nº 28749 y su Reglamento DS Nº 018‑2020‑EM.
Antecedentes
El Expediente Nº 65420225 contiene la solicitud de TOPELEC, presentada bajo el Registro Nº 3960438 (MPD) el 28 de marzo de 2025, para atender a 76 abonados (60 domésticos, 7 de uso general y 9 productivos) en el Valle de Julquillas. La empresa ya contaba con la Resolución Directoral Nº 0095-2022-MINEM-DGE que la calificó como Sistema Eléctrico Rural, conforme al Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural (DS‑018‑2020‑EM). El proyecto no se ubica en Área Natural Protegida ni en zonas de conservación, por lo que quedó exento de certificación ambiental según el numeral 15.1 del artículo 15 del Decreto Legislativo Nº 1652.
Procedimiento administrativo
| Fecha | Acto | N° documento | Comentario |
|---|---|---|---|
| 28/03/2025 | Registro de solicitud de concesión | Reg. Nº 3960438 (MPD) | TOPELEC solicita la concesión para la obra en Julquillas. |
| 2022 (fecha exacta no indicada) | Calificación como Sistema Eléctrico Rural | Resolución Directoral Nº 0095-2022-MINEM-DGE | Acredita la condición de sistema rural. |
| 2025 (informe) | Informe técnico de la DGE | Informe Nº 224-2026-MINEM/DGE-DCE | Verifica cumplimiento de requisitos de la Ley Nº 28749. |
| 20/03/2026 | Expedición de la Resolución Directoral | Resolución Directoral Nº 0033-2026-MINEM/DGE | Otorga la concesión y aprueba el contrato Nº 200‑2026. |
| 25/03/2026 (plazo de 5 días) | Notificación a la empresa | Oficio de notificación (citado en Art. 6) | La resolución debe notificarse y publicarse en El Peruano. |
Fundamento legal
- Ley Nº 28749, Ley General de Electrificación Rural – Art. 20.
- Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural – DS Nº 018‑2020‑EM, Arts. 48‑52.
- Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas – DS Nº 009‑93‑EM, Art. 53.
- Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas – Art. 56 (inserción de la resolución en la escritura pública).
- Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural – Art. 52 (publicación en El Peruano).
- Decreto Legislativo Nº 1652, Art. 15 numeral 15.1 (exclusión de áreas protegidas).
Decisión y efectos
- Art. 1: Otorgar a Top Elec la concesión eléctrica rural para la obra descrita.
- Art. 2: La concesión contempla las coordenadas UTM WGS84, zona 18L, según el expediente.
- Art. 3: Aprobar el Contrato de Concesión Eléctrica Rural Nº 200‑2026 (17 cláusulas y 3 anexos).
- Art. 4: Autorizar la suscripción de la minuta del contrato y la escritura pública, en aplicación del Art. 53 del DS‑009‑93‑EM y la primera disposición complementaria final del DS‑018‑2020‑EM.
- Art. 5: Insertar el texto de la presente resolución en la escritura pública, conforme al Art. 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.
- Art. 6: Notificar la resolución a Top Elec dentro de los cinco (5) días hábiles y publicar una sola vez en El Peruano para su vigencia.
Características técnicas
| Elemento | Detalle |
|---|---|
| Tipo de obra | Línea de Mediana y Baja Tensión |
| Ubicación | Quebrada de Julquillas, Distrito de San Pedro, Provincia de Ocros, Departamento de Ancash |
| Coordenadas | UTM WGS84, zona 18L (según expediente) |
| Población beneficiada | 201 habitantes, 76 abonados (60 domésticos, 7 de uso general, 9 productivos) |
| Contrato | Nº 200‑2026, 17 cláusulas, 3 anexos |
Impacto
La concesión permite la electrificación de 76 usuarios en zona rural, favoreciendo actividades agrícolas y productivas del Valle de Julquillas. La obra refuerza la cobertura del Sistema Eléctrico Rural en Ancash, cumple con los requisitos legales y ambientales y constituye un paso clave para la mejora de la calidad de vida y la competitividad económica de la comunidad.