Resumen ejecutivo
Por Resolución Directoral Nº 0033-2026-MINEM/DGE, de fecha 20 de marzo de 2026, el Ministerio de Energía y Minas otorga a la Empresa Top Elec Ingeniería Eléctrica y Mecánica S.A.C. la concesión eléctrica rural para la obra “Creación de la Línea de Mediana y Baja Tensión en los Centros Poblados de la Quebrada de Julquillas, Distrito de San Pedro, Provincia de Ocros – Departamento de Ancash”. La decisión se sustenta en la Ley Nº 28749 y su Reglamento (DS Nº 018-2020‑EM), y en el cumplimiento de los requisitos técnicos y ambientales.
Antecedentes
La solicitud de concesión, presentada bajo el Expediente Nº 65420225, fue ingresada mediante documento con Registro Nº 3960438 (MPD) el 28 de marzo de 2025. La obra comprende el Valle de Julquillas, con la localidad de Julquillas y tres conjuntos de cargas especiales de uso productivo agrícola. La población total es de 201 habitantes, con 60 abonados domésticos, 7 cargas de uso general y 9 cargas productivas, sumando 76 abonados. Las coordenadas UTM WGS84, zona 18L, constan en el expediente. La empresa ya cuenta con la Resolución Directoral Nº 0095-2022-MINEM‑DGE que la califica como Sistema Eléctrico Rural.
El área no está comprendida en ningún Área Natural Protegida ni zona de amortiguamiento, por lo que, conforme al numeral 15.1 del artículo 15 del Decreto Legislativo Nº 1652, no se requiere certificación ambiental.
Procedimiento administrativo
| Fecha | Acto | N.º documento | Comentario |
|---|---|---|---|
| 28/03/2025 | Presentación de solicitud de concesión | Registro Nº 3960438 (MPD) | Petición de Top Elec para la obra en Julquillas. |
| 2022 | Calificación como Sistema Eléctrico Rural | Resolución Directoral Nº 0095‑2022‑MINEM‑DGE | Otorga la calificación previa requerida. |
| 2026 | Informe de la Dirección de Concesiones Eléctricas | Informe Nº 224‑2026‑MINEM/DGE‑DCE | Verifica cumplimiento de requisitos de la Ley Nº 28749. |
| 20/03/2026 | Resolución Directoral que otorga la concesión | Resolución Directoral Nº 0033‑2026‑MINEM/DGE | Concede la obra a Top Elec y aprueba el Contrato Nº 200‑2026. |
| 25/03/2026 (plazo de 5 días hábiles) | Notificación y publicación | ‑ | Debe notificarse a Top Elec y publicarse en El Peruano. |
Fundamento legal
- Ley Nº 28749, Ley General de Electrificación Rural, artículo 20.
- Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural (DS Nº 018‑2020‑EM), artículos 48 al 52.
- Decreto Legislativo Nº 1652, artículo 15, numeral 15.1 (exclusión de áreas protegidas).
- Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas (DS Nº 009‑93‑EM), artículo 53.
- Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, artículo 56.
- Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural, artículo 52 (publicación en El Peruano).
Decisión y efectos
- Artículo 1: Otorgar la concesión eléctrica rural a Top Elec para la obra de línea de mediana y baja tensión en Julquillas.
- Artículo 2: La concesión comprende las coordenadas UTM WGS84, zona 18L, según el expediente.
- Artículo 3: Aprobar el Contrato de Concesión Eléctrica Rural Nº 200‑2026 (17 cláusulas y 3 anexos).
- Artículo 4: Autorizar la suscripción del contrato y escritura pública, conforme al artículo 53 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.
- Artículo 5: Insertar el texto de la presente resolución en la escritura pública, en cumplimiento del artículo 56 del mismo Reglamento.
- Artículo 6: Notificar a Top Elec dentro de los cinco (05) días hábiles y publicar la resolución en El Peruano para su vigencia.
Características técnicas
| Tipo de línea | Línea de Mediana y Baja Tensión |
|---|---|
| Coordenadas | UTM WGS84, zona 18L (según expediente) |
| Alcance | Centros poblados de la Quebrada de Julquillas (Valle de Julquillas) |
| Abonados previstos | 76 (60 domésticos, 7 de uso general, 9 productivas) |
| Capacidad instalada | — (no especificada en la resolución) |
Impacto
La concesión habilita la expansión del suministro eléctrico a la población de Julquillas y a las actividades agrícolas productivas de la zona, contribuyendo al desarrollo rural del Distrito de San Pedro, Provincia de Ocros. La obra fortalece la cobertura del Sistema Eléctrico Rural, cumple con la normativa ambiental al encontrarse excluida de áreas protegidas y permite la ejecución bajo los marcos legales vigentes, garantizando la seguridad jurídica del proyecto.