Resumen ejecutivo
Mediante la Resolución Ministerial N° 168-2026-MINEM/DM, de fecha 16 de abril de 2026, el Ministro de Energía y Minas, Waldir Eloy Ayasta Mechán, dispone la publicación del proyecto de “Resolución Directoral que modifica la Norma Técnica para la Coordinación de la Operación en Tiempo Real de los Sistemas Interconectados (NTCOTR)”, aprobado originalmente mediante Resolución Directoral N° 014-2005-EM-DGE, y su Exposición de Motivos en la sede digital del MINEM. Se establece un plazo de veinticinco (25) días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación, para que entidades públicas, privadas y la ciudadanía presenten sus comentarios, aportes u opiniones.
Antecedentes
La Norma Técnica NTCOTR, adoptada mediante Resolución Directoral N° 014-2005-EM-DGE, regula la coordinación operativa en tiempo real de los sistemas eléctricos interconectados del Perú. Con la entrada en vigor de la Ley N° 32249 y su Cuarta Disposición Complementaria Final, el Ministerio de Energía y Minas (MINEM) y el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (OSINERGMIN) tenían un plazo máximo de ciento veinte (120) días para adecuar la normativa correspondiente.
Los informes de la Dirección General de Electricidad (N° 0204-2026-MINEM/DGE) y de la Oficina General de Asesoría Jurídica (N° 486-2026-MINEM/OGAJ) sustentan la necesidad de abrir una consulta pública al respecto, en el marco del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante (AIR Ex Ante) previsto por el Decreto Legislativo N° 1565 y su Reglamento (DS‑023‑2025‑PCM).
Procedimiento administrativo
| Fecha | Acto | N° documento | Comentario |
|---|---|---|---|
| 16/04/2026 | Emisión del Informe de la Dirección General de Electricidad | 0204-2026-MINEM/DGE | Análisis técnico de la necesidad de publicar el proyecto NTCOTR. |
| 16/04/2026 | Emisión del Informe de la Oficina General de Asesoría Jurídica | 486-2026-MINEM/OGAJ | Evaluación jurídica de la propuesta de modificación. |
| 16/04/2026 | Resolución Ministerial que ordena la publicación del proyecto normativo | 168-2026-MINEM/DM | Publicación en www.gob.pe/minem y en el Diario Oficial El Peruano. |
| 16/04/2026 | Publicación del proyecto y exposición de motivos en sede digital del MINEM | — | Inicia el plazo de recepción de comentarios. |
| 16/04/2026 | Inicio del plazo de 25 días para recepción de comentarios | — | Los interesados pueden presentar aportes vía mesa de partes o correo electrónico. |
Fundamento legal
- Ley N° 30705, Art. 4 y Art. 5 (competencias del MINEM).
- Ley N° 28832, Art. 33 (mercado de Servicios Complementarios).
- Ley N° 32249, Cuarta Disposición Complementaria Final (plazo de 120 días para adecuación normativa).
- Decreto Supremo N° 031-2007-EM (Reglamento de Organización y Funciones del MINEM).
- Decreto Legislativo N° 1565 y su Reglamento DS‑023‑2025‑PCM (AIR Ex Ante y proceso de consulta pública).
- Decreto Supremo N° 009-2024-JUS (disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas).
- Decreto Supremo N° 007-2022-JUS (Ley Marco para la Producción y Sistematización Legislativa).
- Resolución Directoral N° 014-2005-EM-DGE (norma técnica original NTCOTR).
Decisión y efectos
- Artículo 1: Publicación del proyecto de Resolución Directoral que modifica la NTCOTR y su Exposición de Motivos en la sede digital del MINEM el mismo día de la publicación de la presente resolución.
- Artículo 2: Establecimiento de un plazo de veinticinco (25) días calendario, contado a partir del día siguiente, para la recepción de comentarios, aportes u opiniones.
- Artículo 3: Los comentarios podrán ser presentados en la mesa de partes del MINEM (Av. Las Artes Sur Nº 260, San Borja, Lima) o mediante el correo electrónico Prepublicaciones_DGE@minem.gob.pe.
- Artículo 4: Encargo a la Dirección General de Electricidad del MINEM para la consolidación y evaluación de los comentarios recibidos.
Impacto
La publicación del proyecto de modificación de la NTCOTR permite la participación de todos los actores del sector eléctrico –generadores, transmisores, distribuidores y consumidores– en la revisión de la normativa que regula la coordinación en tiempo real de los sistemas interconectados. La consulta pública fortalece la calidad regulatoria, aporta información para el Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante y garantiza que la futura norma resulte coherente con el marco jurídico vigente, favoreciendo la confiabilidad del suministro eléctrico y el desarrollo del mercado de Servicios Complementarios.