Resumen ejecutivo
Mediante la Resolución Ministerial Nº 171‑2026‑MINEM/DM, de fecha 17 de abril de 2026, el Ministerio de Energía y Minas (MINEM) dispone la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de los Servicios Complementarios y modifica el Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, el Reglamento del Mercado Mayorista de Electricidad y el Reglamento del Comité de Operación Económica del Sistema (COES). Se establece un plazo de veinticinco (25) días calendario para que entidades públicas, privadas y la ciudadanía presenten comentarios, aportes u opiniones.
Antecedentes
La decisión se sustenta en la Ley Nº 30705 (Organización y Funciones del MINEM), la Ley Nº 28832 (Desarrollo eficiente de la generación eléctrica), la Ley Nº 32249 (Mercado de Servicios Complementarios) y el Decreto Legislativo Nº 1565 (Calidad regulatoria). Los informes de la Dirección General de Electricidad (Informe Nº 0203‑2026‑MINEM/DGE) y de la Oficina General de Asesoría Jurídica (Informe Nº 485‑2026‑MINEM/OGAJ) respaldan la necesidad de publicar el proyecto para iniciar la consulta pública regulatoria prevista en los Decretos Supremos Nº 009‑2024‑JUS y Nº 023‑2025‑PCM.
Procedimiento administrativo
| Fecha | Acto | N° documento | Comentario |
|---|---|---|---|
| 17/04/2026 | Resolución Ministerial | 171‑2026‑MINEM/DM | Ordena la publicación del proyecto normativo y la apertura de consulta pública. |
| 17/04/2026 | Publicación del proyecto | – | Disponible en la sede digital del MINEM (www.gob.pe/minem). |
| 18/04/2026 | Inicio del plazo de comentarios | – | Se establecen 25 días calendario para la recepción de aportes. |
| 13/05/2026 | Cierre del plazo de comentarios | – | Finaliza la recepción de observaciones. |
| 14/05/2026 | Encargo a la DGE | – | La Dirección General de Electricidad consolida y evalúa los comentarios recibidos. |
Fundamento legal
- Ley Nº 30705, Art. 4 y Art. 5 numeral 5.1 – Competencias del MINEM en materia de energía.
- Ley Nº 28832, Art. 33 (incorporado por Ley Nº 32249) – Marco normativo para los Servicios Complementarios.
- Ley Nº 32249, Cuarta Disposición Complementaria Final – Plazo de 120 días para adecuar normativa.
- Decreto Legislativo Nº 1565 – Análisis de Impacto Regulatorio (AIR) Ex Ante y consulta pública.
- Decreto Supremo Nº 009‑2024‑JUS – Reglamento de publicación y difusión de normas jurídicas.
- Decreto Supremo Nº 023‑2025‑PCM – Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1565.
- Decreto Supremo Nº 031‑2007‑EM – Reglamento de Organización y Funciones del MINEM (Art. 63 y Art. 64 literal a)).
Decisión y efectos
- Artículo 1 – Publicación del proyecto de Decreto Supremo y su exposición de motivos en la sede digital del MINEM el mismo día de la resolución.
- Artículo 2 – Establecimiento de un plazo de veinticinco (25) días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación, para recibir comentarios, aportes u opiniones.
- Artículo 3 – Los comentarios podrán presentarse en la mesa de partes del MINEM (Av. Las Artes Sur Nº 260, San Borja, Lima) o mediante el correo electrónico Prepublicaciones_DGE@minem.gob.pe.
- Artículo 4 – Encargo a la Dirección General de Electricidad para la consolidación y evaluación de los comentarios recibidos.
Impacto
La publicación del proyecto y la apertura de la consulta pública permitirán afinar el marco regulatorio de los Servicios Complementarios, del mercado mayorista y del Comité de Operación Económica del Sistema, garantizando mayor confiabilidad y competitividad en el suministro eléctrico. La participación de actores públicos y privados contribuye a la transparencia y a la mejora de la calidad regulatoria, alineándose con los objetivos de la Ley Nº 28832 y del Decreto Legislativo Nº 1565.