Resumen ejecutivo
Mediante la Resolución Ministerial N° 111-2026-MINEM/DM, de 13 de marzo de 2026, el MINEM prorrogó por dos (02) años, contados a partir del 15 de marzo de 2026, la vigencia del Grupo de Trabajo Sectorial de naturaleza temporal creado para diseñar y formular la Política Energética Nacional al 2050.
Antecedentes
El Grupo de Trabajo fue creado originalmente por Resolución Ministerial N° 107-2024-MINEM/DM (15 de marzo de 2024) con una vigencia de 540 días calendario. Posteriormente, la Resolución Ministerial N° 283-2025-MINEM/DM (4 de septiembre de 2025) amplió su plazo en ciento noventa (190) días a partir del 6 de septiembre de 2025. En el Acta N° 09‑GTS‑PEN2050, suscrito el 19 de diciembre de 2025, los integrantes acordaron una prórroga adicional de dos (2) años, respaldada por varios informes de la Dirección General de Eficiencia Energética, la Oficina de Desarrollo Institucional, la Oficina de Planeamiento y la Oficina General de Asesoría Jurídica.
Procedimiento administrativo
| Fecha | Acto | N° documento | Comentario |
|---|---|---|---|
| 15/03/2024 | Creación del Grupo de Trabajo | Resolución Ministerial N° 107‑2024‑MINEM/DM | Vigencia inicial de 540 días. |
| 04/09/2025 | Ampliación de vigencia | Resolución Ministerial N° 283‑2025‑MINEM/DM | Se añaden 190 días a partir del 06/09/2025. |
| 19/12/2025 | Acuerdo de prórroga | Acta N° 09‑GTS‑PEN2050 | Se propone prórroga de 2 años. |
| 06/03/2026 | Solicitud de opinión técnica | Oficio N° 305‑2026‑MINEM/SG | Se pide a la SGP del PCM opinión sobre la prórroga. |
| 10/03/2026 | Remisión de informe favorable | Oficio N° D000544‑2026‑PCM‑SGP | Se adjunta Informe N° D000108‑2026‑PCM‑SSAP que considera viable la prórroga. |
| 13/03/2026 | Prórroga oficial | Resolución Ministerial N° 111‑2026‑MINEM/DM | Se extiende la vigencia por 2 años a partir del 15/03/2026. |
Fundamento legal
- Lineamientos de Organización del Estado, DS N° 054‑2018‑PCM, artículo 28, numeral 28.1 y 28.2.
- Reglamento del Decreto Legislativo N° 1565, artículo 41.1 literal a) (DS N° 023‑2025‑PCM), excluyendo al Grupo del alcance del AIR Ex Ante.
- Ley N° 29158 (Ley Orgánica del Poder Ejecutivo).
- Ley N° 30705 (Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas).
- Decreto Supremo N° 031‑2007‑EM (Reglamento de Organización y Funciones del MINEM).
- Decreto Supremo N° 054‑2018‑PCM (Lineamientos de Organización del Estado).
Decisión y efectos
- Artículo 1: Prórroga de la vigencia del Grupo de Trabajo Sectorial por dos (02) años, contados a partir del 15 de marzo de 2026.
- Artículo 2: Orden de publicación de la presente Resolución en la sede digital del MINEM (www.gob.pe/minem).
- Se registra, comunica y publica la resolución, quedando vigente el nuevo plazo hasta el 14 de marzo de 2028.
Impacto
La extensión permite que el Grupo de Trabajo continúe elaborando la Política Energética Nacional 2050, garantizando la coordinación interinstitucional y la alineación de los planes de inversión con los objetivos de seguridad energética, competitividad y reducción de impactos ambientales. Asimismo, refuerza la vigencia de los instrumentos normativos vigentes sin generar efectos ex‑ante bajo el AIR.