Prórroga de la vigencia del Grupo de Trabajo Sectorial para la Política Energética Nacional 2050 Ruben Felix, PhD marzo 14, 2026

Prórroga de la vigencia del Grupo de Trabajo Sectorial para la Política Energética Nacional 2050

Resumen ejecutivo

Mediante la Resolución Ministerial N° 111-2026-MINEM/DM, de 13 de marzo de 2026, el MINEM prorrogó por dos (02) años, contados a partir del 15 de marzo de 2026, la vigencia del Grupo de Trabajo Sectorial de naturaleza temporal creado para diseñar y formular la Política Energética Nacional al 2050.

Antecedentes

El Grupo de Trabajo fue creado originalmente por Resolución Ministerial N° 107-2024-MINEM/DM (15 de marzo de 2024) con una vigencia de 540 días calendario. Posteriormente, la Resolución Ministerial N° 283-2025-MINEM/DM (4 de septiembre de 2025) amplió su plazo en ciento noventa (190) días a partir del 6 de septiembre de 2025. En el Acta N° 09‑GTS‑PEN2050, suscrito el 19 de diciembre de 2025, los integrantes acordaron una prórroga adicional de dos (2) años, respaldada por varios informes de la Dirección General de Eficiencia Energética, la Oficina de Desarrollo Institucional, la Oficina de Planeamiento y la Oficina General de Asesoría Jurídica.

Procedimiento administrativo

Fecha Acto N° documento Comentario
15/03/2024 Creación del Grupo de Trabajo Resolución Ministerial N° 107‑2024‑MINEM/DM Vigencia inicial de 540 días.
04/09/2025 Ampliación de vigencia Resolución Ministerial N° 283‑2025‑MINEM/DM Se añaden 190 días a partir del 06/09/2025.
19/12/2025 Acuerdo de prórroga Acta N° 09‑GTS‑PEN2050 Se propone prórroga de 2 años.
06/03/2026 Solicitud de opinión técnica Oficio N° 305‑2026‑MINEM/SG Se pide a la SGP del PCM opinión sobre la prórroga.
10/03/2026 Remisión de informe favorable Oficio N° D000544‑2026‑PCM‑SGP Se adjunta Informe N° D000108‑2026‑PCM‑SSAP que considera viable la prórroga.
13/03/2026 Prórroga oficial Resolución Ministerial N° 111‑2026‑MINEM/DM Se extiende la vigencia por 2 años a partir del 15/03/2026.

Fundamento legal

  • Lineamientos de Organización del Estado, DS N° 054‑2018‑PCM, artículo 28, numeral 28.1 y 28.2.
  • Reglamento del Decreto Legislativo N° 1565, artículo 41.1 literal a) (DS N° 023‑2025‑PCM), excluyendo al Grupo del alcance del AIR Ex Ante.
  • Ley N° 29158 (Ley Orgánica del Poder Ejecutivo).
  • Ley N° 30705 (Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas).
  • Decreto Supremo N° 031‑2007‑EM (Reglamento de Organización y Funciones del MINEM).
  • Decreto Supremo N° 054‑2018‑PCM (Lineamientos de Organización del Estado).
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Decisión y efectos

  1. Artículo 1: Prórroga de la vigencia del Grupo de Trabajo Sectorial por dos (02) años, contados a partir del 15 de marzo de 2026.
  2. Artículo 2: Orden de publicación de la presente Resolución en la sede digital del MINEM (www.gob.pe/minem).
  3. Se registra, comunica y publica la resolución, quedando vigente el nuevo plazo hasta el 14 de marzo de 2028.

Impacto

La extensión permite que el Grupo de Trabajo continúe elaborando la Política Energética Nacional 2050, garantizando la coordinación interinstitucional y la alineación de los planes de inversión con los objetivos de seguridad energética, competitividad y reducción de impactos ambientales. Asimismo, refuerza la vigencia de los instrumentos normativos vigentes sin generar efectos ex‑ante bajo el AIR.

Acceder a PDF de la Publicación en el Diario Oficial de El Peruano de la RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 111-2026-MINEM/DM