Caducidad de Concesiones Eléctricas en el Perú: Procedimientos, Causales y Casos Prácticos Ruben Felix, PhD febrero 4, 2026

Caducidad de Concesiones Eléctricas en el Perú: Procedimientos, Causales y Casos Prácticos

La caducidad de concesiones eléctricas es uno de los temas más críticos y menos comprendidos del sector eléctrico peruano. Para un concesionario, enfrentar un procedimiento de caducidad puede significar la pérdida de inversiones millonarias y años de desarrollo de proyecto. Para el Estado, representa una herramienta de último recurso para asegurar que la infraestructura eléctrica necesaria para el país efectivamente se construya y opere.

Este artículo aborda de manera integral los aspectos técnicos y legales de la caducidad de concesiones eléctricas, desde el marco normativo hasta casos reales que permiten extraer aprendizajes valiosos para futuros concesionarios.

1 Marco Normativo de la Caducidad

1.1 Base Legal

El régimen de caducidad de concesiones eléctricas está establecido en:

  • Decreto Ley N° 25844 – Ley de Concesiones Eléctricas (LCE), particularmente los artículos 36 y 37
  • Decreto Supremo N° 009-93-EM – Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas (RLCE), artículos 70 al 77
  • Resolución N° 166-2020-OS/CD – Procedimiento de Fiscalización de OSINERGMIN

1.2 Naturaleza de la Obligación

El cumplimiento del Calendario de Ejecución de Obras tiene una doble naturaleza:

Obligación Legal: El artículo 31 de la LCE establece que todo concesionario debe ejecutar las obras cumpliendo con los plazos indicados en su Calendario de Ejecución de Obras.

Obligación Contractual: El contrato de concesión definitiva incorpora el Calendario de Ejecución de Obras como anexo, según el artículo 29 de la LCE, convirtiéndolo en una obligación contractual entre el concesionario y el Estado.

Esta dualidad legal-contractual refuerza la importancia del cumplimiento y fundamenta la potestad sancionadora del Estado.

1.3 Causales de Caducidad

El artículo 36 de la LCE establece siete causales de caducidad de la concesión definitiva. Las más relevantes en la práctica son:

1.3.1 Causal (a): No acreditar inscripción registral

El concesionario debe inscribir el contrato de concesión en el Registro de Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos dentro del plazo señalado. Esta causal es poco frecuente en la práctica, ya que los concesionarios suelen cumplir con este requisito formal.

1.3.2 Causal (b): Incumplimiento del Calendario de Ejecución de Obras

Esta es la causal más común y relevante en la práctica actual. La concesión caduca cuando el concesionario no cumple con ejecutar las obras conforme al Calendario de Ejecución de Obras, salvo que:

  1. Demuestre que la ejecución ha sido impedida por caso fortuito o fuerza mayor calificada como tal por el MINEM, o
  2. Se apruebe un Calendario Garantizado de Ejecución de Obras por única vez, acompañado de una garantía adicional.

Es importante destacar que no es necesario que se incumpla la totalidad de los hitos para que se configure esta causal. Basta con que exista incumplimiento sustancial del cronograma para que el MINEM pueda iniciar el procedimiento.

1.3.3 Causal (c): Dejar de operar instalaciones sin causa justificada

Se configura cuando el concesionario deja de operar sus instalaciones por 876 horas acumuladas durante un año calendario sin causa justificada. Esta causal aplica principalmente a concesiones en operación.

1.3.4 Causales (d), (e), (f) y (g): Otras causales específicas

Relacionadas con operación coordinada del COES, calidad del servicio, garantías de suministro y reiterado incumplimiento de pagos a generadores. Si bien están previstas en la ley, son menos frecuentes en la práctica.


2 El Rol de OSINERGMIN en la Fiscalización

2.1 Procedimiento de Fiscalización

A partir de octubre de 2020, con la Resolución N° 166-2020-OS/CD, OSINERGMIN implementó un Procedimiento para la Fiscalización de Contratos del Subsector Eléctrico que aplica a titulares de proyectos de generación y transmisión.

Este procedimiento establece que:

  • Los concesionarios deben presentar Informes de Avance periódicos (mensual, bimestral o trimestral, según el tipo de proyecto)
  • OSINERGMIN evalúa principalmente la información proporcionada por los agentes fiscalizados
  • Como resultado de la fiscalización, OSINERGMIN elabora un informe que remite al MINEM
  • Si se identifican retrasos en el Calendario de Ejecución de Obras, OSINERGMIN da cuenta de ello al MINEM

2.2 Implicancias Prácticas

La existencia de este procedimiento ha incrementado la fiscalización efectiva del cumplimiento de los calendarios. Anteriormente, la supervisión era menos sistemática. Con este procedimiento, es previsible que:

  • El MINEM cuente con información más oportuna sobre retrasos
  • Se inicien más procedimientos de caducidad que en años anteriores
  • Los concesionarios deban ser más diligentes en reportar avances y explicar retrasos

3 Mecanismos para Evitar la Caducidad

Cuando existe incumplimiento del Calendario de Ejecución de Obras, el concesionario tiene dos mecanismos principales para evitar la caducidad:

3.1 Calificación de Fuerza Mayor

3.1.1 Concepto y Procedimiento

Si el cumplimiento de los hitos se ha visto afectado por un evento de fuerza mayor, el concesionario puede presentar una solicitud de calificación de fuerza mayor ante el MINEM.

Objetivos de la solicitud:

  • Que el MINEM declare como fuerza mayor el evento invocado
  • Que se modifique el Calendario de Ejecución de Obras para postergar los hitos afectados

Resolución: El MINEM resuelve mediante Resolución Ministerial. Si es fundada:

  • Declara la fuerza mayor
  • Aprueba una modificación al contrato de concesión para postergar los hitos afectados

3.1.2 Consideraciones Estratégicas

Eventos continuados: Si el evento de fuerza mayor no ha cesado, se debe:

  • Indicar claramente esta circunstancia en la solicitud
  • Reservarse expresamente el derecho a solicitar nuevas ampliaciones de plazo si el evento continúa

Frecuencia: Es usual que el MINEM apruebe solicitudes de fuerza mayor para postergar plazos. En reiteradas oportunidades se han emitido resoluciones ministeriales extendiendo plazos por esta vía.

Timing: La solicitud debe presentarse antes de que se inicie formalmente el procedimiento de caducidad, idealmente tan pronto como sea evidente que el evento afectará el cronograma.

3.2 Calendario Garantizado de Ejecución de Obras

3.2.1 Naturaleza y Contexto

El Calendario Garantizado es un mecanismo de última oportunidad que opera únicamente después de iniciado el procedimiento de caducidad para suspenderlo.

NO es:

  • Una herramienta de gestión de cronograma
  • Un mecanismo preventivo antes del inicio de caducidad
  • Una ampliación de plazo ordinaria

ES:

  • Un mecanismo extraordinario y de única vez
  • Una medida para suspender un procedimiento de caducidad ya iniciado
  • Una demostración de compromiso respaldada por garantía adicional sustancial

3.2.2 Requisitos de Contenido

El Calendario Garantizado debe contener la fecha de los principales hitos, especialmente:

  1. Fecha de inicio (o reinicio) de ejecución de las obras
  2. Fecha de Puesta en Operación Comercial (POC)

3.2.3 Requisitos de Garantía

Debe acompañarse de una Carta Fianza con las siguientes características:

Características formales:

  • Solidaria
  • Incondicional
  • Irrevocable
  • De realización automática
  • Sin beneficio de excusión
  • Emitida por Entidad Bancaria o Compañía de Seguros autorizada por la SBS

Monto de la garantía:

El monto depende del plazo para iniciar (o reiniciar) las obras contado desde la presentación del Calendario Garantizado:

Plazo para inicio de obrasMonto de Garantía
≤ 1 año5,000 UIT (~S/ 25.75 millones o ~US$ 6.8 millones)
> 1 año y ≤ 2 años10,000 UIT (~S/ 51.5 millones o ~US$ 13.6 millones)

Límite temporal: El plazo para iniciar o reiniciar obras no podrá ser mayor a 2 años contados desde la presentación del Calendario Garantizado.

3.2.4 Interpretación Clave: ¿Qué Limitan los 2 Años?

Un aspecto fundamental que genera confusión es: ¿qué limita el plazo de 2 años?

Según análisis legal especializado y la práctica administrativa del MINEM:

  • Los 2 años son el plazo máximo para INICIAR obras, no para terminarlas
  • El plazo total de ejecución (desde inicio hasta POC) puede ser mayor a 2 años
  • No existe restricción legal sobre cuánto tiempo pueden durar las obras una vez iniciadas
  • El concesionario puede presentar un calendario con ejecución de más de 2 años siempre que el inicio sea dentro de 2 años como máximo

Ejemplo ilustrativo:

  • Presentación del Calendario Garantizado: Enero 2024
  • Inicio de obras comprometido: Diciembre 2025 (dentro de 2 años) ✓
  • POC comprometida: Diciembre 2027 (2 años de ejecución después del inicio) ✓
  • Garantía aplicable: 10,000 UIT (inicio entre 1 y 2 años)

3.2.5 Vigencia de la Garantía

La garantía debe mantenerse vigente hasta la Puesta en Operación Comercial. Si se cumple exitosamente con la POC:

  • La garantía se devuelve al concesionario
  • El procedimiento de caducidad queda sin efecto

3.2.6 Plazo para Presentación

El concesionario tiene 30 días hábiles desde el vencimiento del plazo para presentar descargos (los 10 días hábiles posteriores a la notificación de inicio de caducidad) para presentar el Calendario Garantizado.

Timeline típico:

  1. Día 0: Notificación de inicio de procedimiento de caducidad
  2. Días 1-10 (hábiles): Plazo para presentar descargos
  3. Días 11-40 (hábiles desde día 0): Plazo adicional para presentar Calendario Garantizado

3.2.7 Utilización en la Práctica

El Calendario Garantizado es poco utilizado debido al monto elevado de la garantía adicional. Según información al 2021, desde 2015 solo se habían registrado 2 casos de aprobación de Calendario Garantizado. Sin embargo, como veremos más adelante, en años recientes ha habido más casos de utilización de esta figura.


4 Procedimiento de Caducidad

4.1 Etapas del Procedimiento

El artículo 73 del RLCE establece el procedimiento administrativo que sigue el MINEM:

4.1.1 Etapa 1: Inicio del Procedimiento

Elaboración de expediente: El MINEM (Dirección General de Electricidad – DGE) reúne:

  • Informes de OSINERGMIN sobre incumplimiento
  • Calendario de Ejecución de Obras vigente
  • Informes de avance del proyecto
  • Otra documentación pertinente

Notificación: El MINEM notifica vía notarial al concesionario:

  • Informando sobre la causal de caducidad configurada (típicamente literal b) del artículo 36 LCE)
  • Otorgando plazo de 10 días hábiles para presentar descargos y pruebas

4.1.2 Etapa 2: Descargos del Concesionario

El concesionario puede:

Opción A: No presentar descargos

  • Resultado: MINEM puede declarar la caducidad directamente

Opción B: Presentar descargos en 10 días hábiles

  • Argumentar razones del incumplimiento
  • Presentar pruebas del avance real
  • Invocar causas ajenas a su voluntad
  • Resultado: MINEM debe evaluar descargos

Opción C: Allanarse al procedimiento

  • Reconocer la inviabilidad del proyecto
  • Solicitar se declare la caducidad
  • Evitar prolongar procedimiento cuando no hay viabilidad

4.1.3 Etapa 3: Presentación de Calendario Garantizado (opcional)

Dentro de 30 días hábiles posteriores al vencimiento del plazo de descargos, el concesionario puede presentar Calendario Garantizado + Carta Fianza.

Efecto: Suspensión del procedimiento de caducidad

4.1.4 Etapa 4: Evaluación de Descargos

Si se presentaron descargos pero NO Calendario Garantizado:

  • MINEM tiene 30 días hábiles para evaluarlos
  • Emite resolución fundando o desestimando los descargos

4.1.5 Etapa 5: Resolución Final

El MINEM emite Resolución Ministerial que puede:

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A) Declarar la caducidad (si descargos no son suficientes o no se presentó Calendario Garantizado):

  • Cese inmediato de derechos del concesionario
  • Ejecución de la garantía de fiel cumplimiento original
  • Designación de interventor (si el proyecto afecta servicio público)
  • Orden de subasta pública de bienes y derechos

B) Declarar la suspensión del procedimiento (si se aceptó Calendario Garantizado):

  • Aprueba el Calendario Garantizado
  • Modifica el contrato de concesión
  • Mantiene supervisión del nuevo calendario

4.2 Publicación y Notificación

La Resolución que declara la caducidad debe:

  • Publicarse en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez
  • Publicarse dentro de los 10 días hábiles de expedida
  • Notificarse al concesionario

4.3 Impugnación Judicial

Según el artículo 77 del RLCE, el concesionario puede impugnar la declaratoria de caducidad:

  • Vía: Proceso Contencioso Administrativo ante el Poder Judicial
  • Plazo: El establecido por la Ley del Proceso Contencioso Administrativo, contado desde la publicación
  • Efecto: Durante el proceso judicial se mantiene la intervención administrativa y se paraliza el procedimiento de subasta

4.4 Consecuencias de la Caducidad Declarada

El artículo 75 del RLCE establece:

  1. Cese inmediato de derechos del concesionario
  2. Ejecución de garantías vigentes por la DGE
  3. Intervención administrativa provisional (si afecta servicio público) para asegurar continuidad, aunque sin responsabilidades claramentos definidas
  4. Subasta pública de derechos y bienes de la concesión

4.5 Excepciones a Intervención y Subasta

En la práctica reciente, cuando:

  • El proyecto tiene 0% de avance físico
  • No existe infraestructura construida
  • No se encuentra en etapa de operación

El MINEM dispone exceptuar la intervención administrativa y la subasta pública, por cuanto no hay operaciones que continuar ni bienes que subastar.


5 Análisis de Casos Prácticos

Analizar casos reales permite extraer aprendizajes valiosos sobre cómo opera el procedimiento de caducidad en la práctica. A continuación, se presentan casos representativos de diferentes escenarios.

5.1 Caso 1: Caducidad con Allanamiento – LT 66 kV Mamacocha-Chipmo (2024)

Proyecto: Línea de Transmisión en 66 kV S.E. Mamacocha – S.E. Chipmo
Concesionario: CH Mamacocha S.R.L. (antes Hidroeléctrica Laguna Azul S.R.L.)
Concesión otorgada: RM N° 098-2016-MEM/DM (marzo 2016)
Ubicación: Distritos de Andagua, Ayo y Chilcaymarca, provincia de Castilla, Arequipa

5.1.1 Cronología del Procedimiento

  • 12 septiembre 2024: MINEM notifica vía notarial el inicio del procedimiento de caducidad
  • 25 septiembre 2024: CH Mamacocha responde indicando que el proyecto es inviable y se allana al procedimiento de caducidad
  • 4 noviembre 2024: RM N° 416-2024-MINEM/DM declara la caducidad

5.1.2 Estado del Proyecto

Según verificación de OSINERGMIN: 0% de avance global y físico

5.1.3 Consecuencias

  • Caducidad declarada
  • Ejecución de garantía de fiel cumplimiento
  • NO se dispuso intervención administrativa ni subasta pública (por 0% de avance)

5.1.4 Aprendizajes

  1. El allanamiento es una opción válida cuando el concesionario reconoce la inviabilidad del proyecto
  2. Evita prolongar procedimientos innecesarios y costos legales cuando no hay perspectiva de cumplimiento
  3. La falta de avance físico resulta en excepción de intervención y subasta
  4. Tiempo transcurrido: 8 años desde otorgamiento de concesión hasta caducidad, evidenciando que el MINEM puede demorar en iniciar procedimientos incluso con incumplimiento evidente

5.2 Caso 2: Caducidad Declarada – CSF Milagros Iquitos (2025)

Proyecto: Central Solar Fotovoltaica Planta Milagros
Concesionario: Parque Fotovoltaico Iquitos S.A.C.
Concesión otorgada: RM N° 383-2021-MINEM/DM (octubre 2021)
Ubicación: Distrito San Juan Bautista, provincia Maynas, departamento Loreto

5.2.1 Cronología del Proyecto

Calendario original:

  • Inicio de obras: 5 octubre 2022
  • POC: 30 noviembre 2023

Solicitudes de fuerza mayor:

  • RM N° 266-2023-MINEM/DM (junio 2023): Calificó como fuerza mayor el proceso arbitral con Electro Oriente S.A. Duración: 371 días calendario
  • RM N° 367-2024-MINEM/DM (septiembre 2024): Calificó como fuerza mayor los efectos del proceso arbitral. Duración: 270 días calendario
  • Total días reconocidos: 641 días calendario

Nueva fecha límite de inicio (considerando fuerza mayor): 7 julio 2024

Procedimiento de caducidad:

  • 27 junio 2025: MINEM notifica inicio de procedimiento de caducidad
  • 11 julio 2025: Concesionario presenta descargos argumentando que tiene derecho a ampliación por fuerza mayor y menciona segundo arbitraje. Solicita 10 días adicionales.
  • 22 julio 2025: MINEM deniega plazo adicional (plazos son improrrogables según RLCE y TUO de Ley N° 27444)
  • 28 agosto 2025: RM N° 279-2025-MINEM/DM declara la caducidad

5.2.2 Evaluación del MINEM

Informe N° 508-2025-MINEM/DGE-DCE determinó:

  • Aun considerando los 641 días de fuerza mayor, el nuevo plazo de inicio de obras venció el 7 julio 2024
  • A la fecha del informe, las obras civiles no habían iniciado
  • Grado de ejecución: inferior al 34% (sin obras civiles)
  • Permanece sin cumplimiento más del 66% de los hitos del calendario
  • La causal de caducidad no exige vencimiento de totalidad de hitos, basta incumplimiento sustancial

Respecto al segundo arbitraje mencionado:

  • El concesionario solo lo comunicó, sin desarrollar argumentos ni presentar medios probatorios
  • No es posible pronunciarse sobre su procedencia como fuerza mayor sin sustento adecuado
  • Debió plantearlo adecuadamente en los 10 días hábiles de descargos

5.2.3 Estado del Proyecto

Según OSINERGMIN: 0% de avance físico y global

5.2.4 Consecuencias

  • Caducidad declarada
  • Ejecución de garantía de fiel cumplimiento
  • NO corresponde intervención administrativa ni subasta (proyecto no en operación)

5.2.5 Aprendizajes Clave

  1. La fuerza mayor tiene límites temporales: Incluso con 641 días reconocidos (1.75 años), si después de ese período no se inicia, procede la caducidad
  2. Los plazos procedimentales son improrrogables: El RLCE y la Ley de Procedimiento Administrativo General establecen que los plazos de ley no se amplían. Los 10 días hábiles de descargos son fatales.
  3. Calidad de los descargos importa: No basta mencionar un evento (segundo arbitraje); se debe argumentar adecuadamente y aportar pruebas en la oportunidad procesal correspondiente.
  4. El incumplimiento sustancial es suficiente: No se necesita que todos los hitos estén vencidos. Si más del 66% del calendario permanece incumplido y no se ha iniciado obras civiles, procede la caducidad.
  5. Las ampliaciones por fuerza mayor no son indefinidas: El proyecto tuvo oportunidad de solicitar dos veces fuerza mayor (y se le concedió), pero llegó un punto en que el MINEM consideró que era suficiente y procedió con la caducidad.
  6. Timing de inicio de obras es crítico: Aunque exista «algún avance» (34% en este caso), si no se han iniciado obras civiles, el MINEM considera que no hay inicio efectivo.

5.3 Caso 3: Suspensión con Calendario Garantizado – CSF San Martín Solar (2024)

Proyecto: Central Solar San Martín Solar (Ex La Joya Solar) – Generación
Concesionario: JOYA SOLAR S.A.C.
Concesión otorgada: RM N° 327-2022-MINEM/DM (septiembre 2022)
Ubicación: Distrito de La Joya, provincia y departamento Arequipa

5.3.1 Calendario Original y Cumplimiento

Calendario aprobado en concesión:

  • Inicio de obras: 1 enero 2023
  • POC: 31 diciembre 2023
  • Duración ejecución: 12 meses

Realidad al vencimiento:

  • Informe OSINERGMIN (enero 2024): Proyecto en elaboración de estudios, NO cumplió POC
  • Obras NO iniciadas

5.3.2 Procedimiento de Caducidad

  • 5 abril 2024: MINEM notifica vía notarial inicio de procedimiento de caducidad (Oficio N° 0641-2024-MINEM/DGE)
  • 10 abril 2024: JOYA SOLAR presenta Calendario Garantizado dentro del plazo de 30 días hábiles
  • 29 abril 2024: Complementa información del Calendario Garantizado
  • 22 junio 2024: RM N° 259-2024-MINEM/DM suspende el procedimiento de caducidad y aprueba Calendario Garantizado

5.3.3 Calendario Garantizado Aprobado

Nuevas fechas:

  • Inicio de obras: 1 febrero 2024 (retroactivo, pero comprometido formalmente)
  • POC: 31 diciembre 2025
  • Duración ejecución: 23 meses

Garantía presentada:

  • Carta Fianza N° 15411-0418-2024-000
  • Emitida por: SECREX Compañía de Seguros
  • Monto: S/ 25,750,000 (equivalente a 5,000 UIT)
  • Vigencia: 23 abril 2024 hasta 31 diciembre 2025
  • Tipo: 5,000 UIT (inicio de obras dentro de 1 año desde presentación de calendario)

5.3.4 Análisis del Caso

Plazo de ejecución:

  • Original: 12 meses (enero 2023 – diciembre 2023)
  • Calendario Garantizado: 23 meses (febrero 2024 – diciembre 2025)
  • Incremento: 11 meses adicionales (+92%)

Diferimiento de POC:

  • Fecha original: 31 diciembre 2023
  • Fecha garantizada: 31 diciembre 2025
  • Diferimiento: 2 años exactos

Monto de garantía aplicada:

  • 5,000 UIT porque comprometió inicio dentro de 1 año (febrero 2024, a ~2 meses de abril 2024)
  • Aunque en realidad ya había pasado la fecha original de inicio (enero 2023), el nuevo calendario estableció febrero 2024 como nueva fecha de inicio formal

5.3.5 Aprendizajes

  1. El Calendario Garantizado puede diferir significativamente del original: +92% en duración de ejecución y 2 años de diferimiento de POC fueron aceptados.
  2. El plazo de ejecución puede ser superior a 2 años: Los 23 meses de ejecución (casi 2 años) demostraron que el límite de 2 años aplica al inicio de obras, no a la duración total.
  3. La fecha de inicio en Calendario Garantizado puede ser retroactiva (con cuidado): Se estableció febrero 2024 cuando ya se estaba en abril-mayo 2024, lo que implica que se comprometió un inicio «ya efectuado» o muy inmediato.
  4. Monto de garantía 5,000 UIT vs 10,000 UIT: La diferencia es sustancial (S/ 25.75M vs S/ 51.5M). Estructurar el calendario con inicio dentro de 1 año puede ahorrar ~S/ 25M en garantía.
  5. El Calendario Garantizado es viable económicamente si el proyecto tiene músculo financiero: S/ 25.75M (~US$ 6.8M) es una suma considerable, pero manejable para proyectos solares de escala.
  6. JOYA SOLAR tenía varios proyectos: Esta misma empresa presentó Calendario Garantizado en otro proyecto (ver siguiente caso), evidenciando que es una estrategia corporativa cuando hay capacidad financiera.

5.4 Caso 4: Suspensión con Calendario Garantizado – LT San Martín Solar – SE San José (2024)

Proyecto: Línea de Transmisión en 220 kV S.E. San Martín Solar – S.E. San José
Concesionario: JOYA SOLAR S.A.C.
Concesión otorgada: RM N° 402-2022-MINEM/DM (noviembre 2022)
Ubicación: Distrito de La Joya, provincia y departamento Arequipa

Este caso es prácticamente idéntico al anterior (mismo concesionario, misma ubicación, mismo timing), pero para la línea de transmisión asociada a la CSF.

5.4.1 Calendario Original y Garantizado

Original:

  • Inicio: 1 febrero 2023
  • POC: 31 diciembre 2023
  • Duración: 11 meses

Calendario Garantizado (RM N° 265-2024-MINEM/DM, julio 2024):

  • Inicio: 1 febrero 2024
  • POC: 31 diciembre 2025
  • Duración: 23 meses
  • Diferimiento POC: 2 años (diciembre 2023 → diciembre 2025)

Garantía: 5,000 UIT (S/ 25,750,000)

5.4.2 Observación

JOYA SOLAR presentó Calendario Garantizado para ambos proyectos (generación y transmisión), comprometiendo un total de S/ 51.5 millones en garantías (10,000 UIT combinadas). Esto evidencia una estrategia corporativa clara de «salvar» ambas concesiones mediante garantías sustanciales.

5.5 Caso 5: Suspensión con Calendario Garantizado – SPCC LT 138 kV Ilo 1 – Mill Site (2022)

Proyecto: Línea de Transmisión en 138 kV S.E. Ilo 1 – S.E. Mill Site
Concesionario: Southern Peru Copper Corporation, Sucursal del Perú
Concesión original: RS N° 036-95-EM (mayo 1995)
Modificación relevante: RM N° 386-2021-MINEM/DM (noviembre 2021) – tercera modificación

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Este caso es particularmente interesante porque involucra a una gran empresa minera (SPCC) con una línea de transmisión para sus operaciones mineras.

5.5.1 Contexto

La tercera modificación de la concesión (2021) incluyó la reubicación y modernización de la S.E. Quebrada Honda con:

  • Inicio: 15 agosto 2019
  • POC: 30 diciembre 2021

5.5.2 Estado al Vencimiento

Informe OSINERGMIN (mayo 2022): Avance 96.1% (obra casi terminada pero no entró en operación comercial en fecha prevista)

5.5.3 Procedimiento de Caducidad

  • 19 julio 2022: MINEM notifica inicio de caducidad
  • 22 julio 2022: SPCC presenta documentos ratificando Calendario Garantizado previamente presentado
  • 18 octubre 2022: RM N° 379-2022-MINEM/DM suspende procedimiento y aprueba Calendario Garantizado

5.5.4 Calendario Garantizado

Nueva fecha POC: 30 diciembre 2022 (1 año de prórroga desde fecha original)

Garantía:

  • Carta Fianza N° 10635573-000
  • Banco Scotiabank
  • Monto: S/ 23,000,000 (~4,600 UIT al valor UIT de ese momento)
  • Vencimiento: 7 abril 2023

5.5.5 Desenlace

11 septiembre 2015: COES aprobó integración al SEIN
8 septiembre 2015: Línea concluida, energizada y operando

Posterior: RM N° 566-2015-MEM/DM (diciembre 2015) dio por concluido el procedimiento de caducidad por haber desaparecido la causa que lo originó (obra concluida y en operación).

5.5.6 Aprendizajes

  1. Alto avance (96%) no exime de caducidad: Aunque la obra estaba casi terminada, el incumplimiento de POC activó el procedimiento.
  2. El Calendario Garantizado funciona para «comprar tiempo» en etapa final: SPCC necesitaba pocos meses adicionales y el mecanismo le permitió terminar sin perder la concesión.
  3. La garantía presentada fue menor a 5,000 UIT: Esto sugiere que en 2022 había más flexibilidad en la interpretación del monto, o que se consideraron circunstancias especiales (alto avance).
  4. Grandes concesionarios también enfrentan riesgo de caducidad: Que SPCC (empresa grande y sólida) haya tenido que recurrir a este mecanismo demuestra que el riesgo de caducidad es transversal.
  5. Conclusión del procedimiento por cumplimiento: El caso muestra que si efectivamente se cumple con el Calendario Garantizado, el procedimiento se da por concluido y la garantía se devuelve.

5.6 Caso 6: Conclusión de Procedimiento sin Caducidad – ATN 1 LT 220 kV San José – Cerro Verde (2015)

Proyecto: Línea de Transmisión en 220 kV S.E. San José – S.E. Cerro Verde
Concesionario: ATN 1 S.A.
Concesión otorgada: RS N° 041-2014-EM (junio 2014)
Ubicación: Distritos de La Joya y Yarabamba, provincia y departamento Arequipa

5.6.1 Calendario Original

POC: 4 octubre 2014

5.6.2 Estado del Proyecto

  • Septiembre-octubre 2014: OSINERGMIN reporta avance 96.74%
  • Enero 2015: OSINERGMIN reporta construcción y pruebas finales culminadas, pero POC condicionada a conexión de autotransformadores en S.E. San José

5.6.3 Procedimiento

  • 3 julio 2015: MINEM notifica inicio de procedimiento de caducidad
  • 8 julio 2015: ATN 1 presenta descargos indicando:
    • Obra concluida desde 22 noviembre 2014
    • Lista para conexión al SEIN
    • Retraso NO imputable al concesionario (problemas con proveedores y tratativas de conexión con Abengoa)
    • Actuó con diligencia ordinaria
    • Proyecto de iniciativa privada para suministro a centro productivo
  • 11 septiembre 2015: COES aprueba integración al SEIN

5.6.4 Resolución

RM N° 566-2015-MEM/DM (diciembre 2015):

  1. Da por concluido el procedimiento de caducidad (no declara caducidad)
  2. Carece de objeto pronunciarse sobre fuerza mayor invocada
  3. Aprueba Primera Modificación al Contrato para incluir fecha de interconexión real al SEIN

Fundamento: Al haber desaparecido la causa que originó el procedimiento (obra culminada y en operación), corresponde darlo por concluido.

5.6.5 Aprendizajes Clave

  1. La culminación efectiva de obras puede «curar» el incumplimiento: Si durante el procedimiento el concesionario logra poner en operación el proyecto, el MINEM puede dar por concluido el procedimiento sin declarar caducidad.
  2. No se aplicó Calendario Garantizado: ATN 1 no presentó Calendario Garantizado; en su lugar, argumentó que el retraso no era imputable y aceleró para terminar la obra durante el procedimiento.
  3. El alto avance (96-100%) puede ser determinante: Cuando el proyecto está casi terminado, el concesionario puede optar por acelerar la culminación en lugar de presentar Calendario Garantizado.
  4. Imposibilidad de presentar Calendario Garantizado cuando obra está terminada: El RLCE prevé el Calendario Garantizado para garantizar ejecución futura; si la obra ya está terminada, carece de sentido y no es aplicable.
  5. Alternativa estratégica: En lugar de Calendario Garantizado, el concesionario puede optar por:
    • Acelerar culminación durante procedimiento
    • Argumentar causas eximentes de responsabilidad
    • Demostrar diligencia ordinaria
  6. Flexibilidad del MINEM: El caso demuestra que cuando la obra se termina efectivamente, el MINEM tiene discrecionalidad para dar por concluido el procedimiento sin sanción.

5.7 Síntesis Comparativa de Casos con Calendario Garantizado

AspectoSan Martín Solar (Gen)LT San Martín – San José (Trans)SPCC LT Ilo-Mill Site
Año resolución202420242022
POC originalDic 2023Dic 2023Dic 2021
POC garantizadaDic 2025Dic 2025Dic 2022
Diferimiento2 años2 años1 año
Duración ejecución original12 meses11 meses
Duración ejecución garantizada23 meses23 meses
Incremento duración+92%+109%
Garantía (UIT)5,0005,000~4,600
Garantía (S/ millones)25.7525.7523.0
Garantía (US$ millones)~6.8~6.8~6.0
Avance al inicio procedimientoEstudios96.1%
Estado actualConcluido exitosoConcluido exitosoConcluido exitoso

Observaciones:

  1. Los casos recientes (2024) muestran diferimientos de 2 años completos, más que el caso 2022
  2. El monto de garantía es consistente alrededor de S/ 23-26 millones cuando se compromete inicio dentro de 1 año
  3. Todos los casos presentaron Calendario Garantizado con inicio de obras dentro de 1 año, evitando la garantía de 10,000 UIT
  4. La duración de ejecución en calendarios garantizados (23 meses) supera ampliamente los calendarios originales (11-12 meses), confirmando que el límite de 2 años aplica al inicio, no a la duración total

6 Recomendaciones Prácticas para Concesionarios

6.1 Gestión Proactiva del Calendario

  • Monitoreo continuo: Implementar sistemas de seguimiento de hitos con alertas tempranas de desviaciones
  • Reportes a OSINERGMIN: Cumplir rigurosamente con informes de avance; el incumplimiento puede derivar en sanciones adicionales
  • Comunicación preventiva con MINEM: Si se avizoran retrasos, comunicar proactivamente antes que OSINERGMIN reporte

6.2 Estrategia de Fuerza Mayor

  • Identificación temprana: Ante eventos que afecten el cronograma, evaluar inmediatamente si califican como fuerza mayor
  • Documentación exhaustiva: Recopilar evidencia desde que ocurre el evento (actas, comunicaciones, fotos, informes técnicos)
  • Presentación oportuna: No esperar al incumplimiento del hito; presentar solicitud apenas sea evidente el impacto
  • Reserva de derechos: Incluir en la solicitud la reserva expresa de solicitar ampliaciones adicionales si el evento continúa
  • Eventos continuados: Especificar claramente si el evento no ha cesado y su proyección temporal

6.3 Preparación para Procedimiento de Caducidad

Si se recibe notificación de inicio:

  • Actuar rápido: Los 10 días hábiles para descargos son fatales e improrrogables
  • Descargos sólidos: Preparar argumentación legal y técnica robusta con evidencia documental
  • Evaluar Calendario Garantizado desde el inicio: No esperar al día 30; si los descargos son débiles, preparar Calendario Garantizado de inmediato

6.4 Decisión sobre Calendario Garantizado

Factores a evaluar:

A favor de presentar:

  • Proyecto con viabilidad técnica y económica confirmada
  • Capacidad financiera para garantía (S/ 25-51 millones)
  • Posibilidad realista de cumplir nuevo calendario
  • Inversión ya realizada significativa que se perdería con caducidad
  • Contratos de suministro o PPA vigentes que justifican continuar

En contra de presentar:

  • Problemas estructurales del proyecto no resueltos (permisos, conflictos sociales, inviabilidad técnica)
  • Incapacidad de obtener la garantía bancaria/seguro
  • Incertidumbre sobre cumplimiento del nuevo calendario
  • Costo de oportunidad: recursos mejor empleados en otro proyecto

Estrategia de monto de garantía:

  • Estructurar inicio dentro de 1 año si es posible → ahorra S/ 25.75 millones (diferencia entre 5,000 y 10,000 UIT)
  • Evaluar si se puede comprometer inicio inmediato o a pocos meses para calificar en tramo de 5,000 UIT

6.5 Estructuración del Calendario Garantizado

Horizonte temporal:

  • Aprovechar que el plazo de 2 años aplica a inicio, no a duración total
  • Un calendario con inicio a 11 meses y ejecución de 30 meses es válido (total 41 meses desde presentación)
  • Balance realismo-optimismo: Ser conservador en plazos pero creíble

Hitos críticos:

  • Fecha de inicio: Verificar que sea alcanzable y se tengan condiciones previas resueltas
  • Fecha de POC: Considerar contingencias y buffer de tiempo
  • Hitos intermedios: Incluir hitos verificables que demuestren progreso

6.6. Alternativas al Calendario Garantizado

Si la obra está muy avanzada (>90%):

  • Evaluar acelerar culminación durante el procedimiento de descargos
  • Argumentar causas eximentes de responsabilidad
  • Demostrar diligencia debida
  • Objetivo: Lograr POC antes de resolución final (estrategia ATN 1)

Si el proyecto es inviable:

  • Allanarse al procedimiento (estrategia CH Mamacocha)
  • Evita costos legales prolongados
  • Permite redireccionar recursos a otros proyectos
  • Minimiza daño reputacional por procedimiento largo

6.7 Consideraciones Financieras

Costo total del Calendario Garantizado:

  • Garantía bancaria/seguro: ~1-3% anual del monto garantizado
  • Para 5,000 UIT (S/ 25.75M) a 2.5% anual: S/ 644K/año
  • Para 10,000 UIT (S/ 51.5M) a 2.5% anual: S/ 1.29M/año
  • Periodo típico: 1.5 a 2.5 años
  • Costo total estimado: S/ 1-3.2 millones en comisiones

Comparar con:

  • Pérdida total de inversión realizada si se declara caducidad
  • Valor de contratos/PPAs comprometidos
  • Costo de desarrollo de proyecto alternativo

7 Conclusiones

La caducidad de concesiones eléctricas es un mecanismo extremo de aseguramiento del cumplimiento contractual que, si bien está presente en la legislación desde 1993, ha cobrado particular relevancia en años recientes con:

  1. Mayor fiscalización de OSINERGMIN tras el Procedimiento de Fiscalización de 2020
  2. Más procedimientos iniciados que en décadas anteriores
  3. Mayor utilización del Calendario Garantizado como herramienta de última oportunidad

Los casos analizados revelan patrones claros:

  • La caducidad es real: No es una amenaza vacía; se han declarado caducidades (Mamacocha 2024, CSF Milagros 2025)
  • El Calendario Garantizado funciona si hay compromiso: Los casos de JOYA SOLAR y SPCC demuestran que presentar calendario con garantía sólida puede salvar una concesión
  • La flexibilidad existe: Los diferimientos de hasta 2 años y duraciones de ejecución extendidas muestran que el MINEM es razonable cuando hay compromiso demostrado
  • El alto costo es barrera: Los montos de S/ 25-51 millones hacen que solo proyectos con músculo financiero puedan utilizar el mecanismo

Para los concesionarios, la gestión del Calendario de Ejecución de Obras debe ser una prioridad estratégica desde el día uno. La prevención mediante gestión proactiva, documentación rigurosa, y comunicación transparente con MINEM y OSINERGMIN es la mejor estrategia.

Cuando se enfrenta un procedimiento de caducidad, la decisión sobre presentar o no Calendario Garantizado debe tomarse con análisis financiero, técnico y legal profundo, evaluando la viabilidad real del proyecto y la capacidad de cumplimiento.

El sector eléctrico peruano requiere que la infraestructura proyectada se construya efectivamente. El mecanismo de caducidad, si bien drástico, cumple esa función de asegurar que las concesiones no permanezcan «congeladas» indefinidamente sin ejecución.


Artículo elaborado por Ruben Felix para rubenfelix.ing

Descargo de responsabilidad: Este artículo tiene fines informativos y educativos. No constituye asesoría legal específica. Ante situaciones concretas de procedimientos de caducidad, se recomienda consultar con asesores legales especializados en derecho eléctrico.