Resumen ejecutivo
Mediante la Resolución Ministerial N° 034-2022-MINEM/DM de 28 de enero de 2022, el Ministerio de Energía y Minas (MINEM) calificó como fuerza mayor el «Estado de Emergencia Nacional por brote de la COVID-19» e informó la primera modificación de la concesión definitiva y del contrato de concesión N° 552-2020 para la Central Hidroeléctrica Lluclla, titular Inland Energy S.A.C.
Antecedentes
El 23 de diciembre de 2020, la Resolución Ministerial N° 379-2020-MINEM/DM otorgó a Inland Energy S.A.C. la concesión definitiva para desarrollar la generación eléctrica en la Central Hidroeléctrica Lluclla, ubicada en los distritos de Lluta y Santa Isabel de Siguas, provincias de Caylloma y Arequipa, departamento de Arequipa, bajo el Contrato de Concesión N° 552-2020.
El 6 de mayo de 2021, mediante documento de registro N° 3143967, Inland Energy solicitó la modificación de la concesión para prorrogar la fecha de Puesta en Operación Comercial, alegando fuerza mayor por la emergencia sanitaria.
Los informes N° 712-2021-MINEM/DGE-DCE, N° 658-2021-MINEM/DGE-DCE y N° 544-2021-MINEM/DGE-DCE de la Dirección General de Electricidad, y el Informe N° 053-2022-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, confirmaron la existencia del evento de fuerza mayor y su impacto de 364 días calendario en el calendario de ejecución de obras.
Procedimiento administrativo
| Fecha | Acto | N° de documento | Comentario |
|---|---|---|---|
| 23/12/2020 | Otorgamiento de concesión definitiva | Resolución Ministerial N° 379-2020-MINEM/DM | Se otorga la concesión a Inland Energy para la Central Lluclla. |
| 06/05/2021 | Solicitud de modificación de concesión | Registro N° 3143967 | INLAND pide prórroga de la Puesta en Operación Comercial por fuerza mayor. |
| 2021 (varios) | Emisión de informes técnicos y jurídicos | Informes N° 712-2021, 658-2021, 544-2021 (DGE) y N° 053-2022 (OGAJ) | Se verifica la calificación de fuerza mayor y el impacto de 364 días. |
| 28/01/2022 | Resolución Ministerial de fuerza mayor y modificación | Resolución Ministerial N° 034-2022-MINEM/DM | Se aprueba la primera modificación de la concesión y del contrato. |
| 02/02/2022 | Publicación en El Peruano (única) | Artículo 6 de la Resolución | Publicación a cargo de INLAND dentro de los 5 días hábiles. |
Fundamento legal
- Artículo 1315 del Código Civil – definición de fuerza mayor.
- Literal b) del artículo 36 del Decreto Ley N° 25844 (Ley de Concesiones Eléctricas).
- Artículo 25 del Decreto Ley N° 25844 y artículos 37 y 37‑A de su Reglamento (DS N° 009‑93‑EM).
- Código CE03‑1 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del MINEM (DS N° 038‑2014‑EM).
- Artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas – incorporación de la resolución en la escritura pública.
- Artículo 54 del mismo Reglamento – obligación de publicación en El Peruano.
- Ley N° 30705 – Organización y Funciones del MINEM.
- Decreto Supremo N° 031‑2007‑EM – Reglamento de Organización y Funciones del MINEM.
Decisión y efectos
- Artículo 1: Calificación del “Estado de Emergencia Nacional por brote de la COVID‑19” como fuerza mayor.
- Artículo 2: Aprobación de la primera modificación de la concesión definitiva para la Central Lluclla.
- Artículo 3: Aprobación de la primera modificación al Contrato de Concesión N° 552‑2020 (cláusula séptima y Anexo N° 4).
- Artículo 4: Autorización al Director General de Electricidad para suscribir la minuta y la escritura pública correspondiente.
- Artículo 5: Incorporación del texto de la presente Resolución en la escritura pública, conforme al artículo 56 del Reglamento.
- Artículo 6: Orden de publicación única en El Peruano a cargo de Inland Energy dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes.
Impacto
La calificación de fuerza mayor permite a Inland Energy extender el plazo de Puesta en Operación Comercial, evitando la caducidad de la concesión y garantizando la continuidad del proyecto hidroeléctrico Lluclla. La modificación contractual asegura la adaptación del marco legal a la realidad operativa, cumpliendo con los requisitos de la Ley de Concesiones Eléctricas y el procedimiento administrativo del MINEM. Además, la publicación oficial brinda certeza jurídica a terceros interesados y al sector eléctrico nacional.