Califican como fuerza mayor el Estado de Emergencia y aprueban Tercera Modificación de la Concesión de la Hidroeléctrica Olmos 1 Ruben Felix, PhD enero 28, 2022

Califican como fuerza mayor el Estado de Emergencia y aprueban Tercera Modificación de la Concesión de la Hidroeléctrica Olmos 1

Resumen ejecutivo

La Resolución Ministerial N° 022-2022-MINEM/DM, de 18 de enero de 2022, califica como fuerza mayor el evento de «Estado de Emergencia y demoras en la aprobación de la Resolución Ministerial N° 077-2021-MINEM/DM» invocado por Sindicato Energético S.A. (SINERSA) y aprueba la Tercera Modificación de la Concesión Definitiva de la Central Hidroeléctrica Olmos 1, prorrogando la Puesta en Operación Comercial (POC) hasta el 14 de octubre de 2026.

Antecedentes

El expediente N° 11328013 corresponde a la Concesión Definitiva otorgada mediante Resolución Suprema N° 079-2013-EM (18‑dic‑2013) a favor de SINERSA para la generación eléctrica en la Central Hidroeléctrica Olmos 1, con una potencia instalada de 51 MW y contrato N° 426‑2013. Se emitieron dos modificaciones previas: la Primera Modificación (Resolución Ministerial N° 213‑2016‑MEM/DM, 13‑jun‑2016) que prorrogó el inicio de obras al 1‑oct‑2017 y la POC al 7‑oct‑2020; y la Segunda Modificación (Resolución Ministerial N° 077‑2021‑MINEM/DM, 1‑abr‑2021) que extendió la POC al 16‑jul‑2026. El 19‑may‑2021, mediante registro N° 3149223, SINERSA solicitó la Tercera Modificación y la calificación de fuerza mayor.

Procedimiento administrativo

Fecha Acto N.º documento Comentario
18‑dic‑2013 Resolución Suprema que otorga la concesión 079‑2013‑EM Concesión Definitiva para la CH Olmos 1, 51 MW.
13‑jun‑2016 Primera Modificación de la concesión 213‑2016‑MEM/DM Prórroga del inicio de obras al 1‑oct‑2017 y POC al 7‑oct‑2020.
01‑abr‑2021 Segunda Modificación de la concesión 077‑2021‑MINEM/DM Extensión de la POC hasta el 16‑jul‑2026.
19‑may‑2021 Solicitud de Tercera Modificación y fuerza mayor Registro 3149223 Invocación de eventos de fuerza mayor por SINERSA.
30‑jun‑2021 Oficio a OSINERGMIN para opinión 1089‑2021‑MINEM/DGE Petición de calificación de fuerza mayor.
14‑jul‑2021 Remisión de informe de OSINERGMIN 1828‑2021‑OS‑DSE (Informe DSE‑SIE‑227‑2021) Observaciones sobre incumplimientos de ruta crítica; sin pronunciamiento de fuerza mayor.
18‑ene‑2022 Resolución Ministerial que califica fuerza mayor y aprueba tercera modificación 022‑2022‑MINEM/DM Prórroga de la POC al 14‑oct‑2026 y autorización de minuta y escritura pública.

Fundamento legal

  • Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas – Art. 36 literal b) (caducidad y fuerza mayor).
  • Decreto Ley N° 25844 – Art. 25 (cumplimiento de calendario).
  • Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas – Arts. 37 y 37‑A.
  • Decreto Supremo N° 009‑93‑EM (Reglamento de la LCE).
  • Decreto Supremo N° 038‑2014‑EM (Texto Único de Procedimientos Administrativos del MINEM).
  • Código Civil – Arts. 1315 y 1317 (definición y requisitos de caso fortuito y fuerza mayor).
  • Ley N° 30705 – Organización y Funciones del MINEM.
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Decisión y efectos

  1. Artículo 1: Se califica como fuerza mayor el evento i) (Estado de Emergencia y demoras en la aprobación de la RM N° 077‑2021‑MINEM/DM) invocado por SINERSA.
  2. Artículo 2: Se aprueba la Tercera Modificación de la Concesión Definitiva y del Contrato N° 426‑2013, modificando la cláusula séptima y el Anexo N° 4.
  3. Artículo 3: Se autoriza al Director General de Electricidad a suscribir la minuta y la escritura pública correspondiente.
  4. Artículo 4: Se ordena la publicación única de la resolución en el Diario Oficial “El Peruano” dentro de los 5 días hábiles posteriores, a cuenta de SINERSA.
  5. Vigencia: La POC queda prorrogada hasta el 14‑oct‑2026, garantizando la vigencia de la concesión y evitando su caducidad por incumplimiento.

Características técnicas

Elemento Valor
Potencia instalada 51 MW
Ubicación Central Hidroeléctrica Olmos 1 (distrito de Olmos, región Lambayeque)
Fecha original de POC 31‑dic‑2018 (modificada sucesivamente)

Impacto

La calificación de fuerza mayor y la extensión de la POC a octubre de 2026 permiten a SINERSA mantener la vigencia de la concesión, asegurar la continuidad del proyecto y evitar la caducidad automática. Desde la perspectiva del Sistema Eléctrico Nacional, la disponibilidad de 51 MW de generación hidráulica se mantiene garantizada, contribuyendo a la diversificación de la matriz energética y al cumplimiento de los objetivos de energía renovable del país.

Acceder a PDF de la Publicación en el Diario Oficial de El Peruano de la RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 022-2022-MINEM/DM