Decreto Supremo 024‑2025‑EM: Declaración de necesidad pública e interés nacional para hidrocarburos en Loreto Ruben Felix, PhD diciembre 20, 2025

Decreto Supremo 024‑2025‑EM: Declaración de necesidad pública e interés nacional para hidrocarburos en Loreto

Resumen ejecutivo

El Decreto Supremo Nº 024‑2025‑EM, emitido el 19 de diciembre de 2025, declara de necesidad pública e interés nacional el aprovechamiento de los recursos de hidrocarburos ubicados en el departamento de Loreto. La medida prioriza la ejecución, continuidad y reactivación de los proyectos de los lotes 8, 39, 67, 64, 95 y 192, y promueve nuevas inversiones en áreas con potencial hidrocarburífero.

Antecedentes

El Estado peruano, conforme a los artículos 66 y 67 de la Constitución y a la Ley Orgánica para el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales (Ley N° 26821), tiene la responsabilidad de promover el uso sostenible de los recursos naturales. La Ley Orgánica de Hidrocarburos (Ley N° 26221), aprobada por DS 042‑2005‑EM, y la Ley de Organización y Funciones del MINEM (Ley N° 30705) establecen las competencias del Ministerio de Energía y Minas. La Política Energética Nacional 2010‑2040 (DS 064‑2010‑EM) fija como objetivo el abastecimiento energético competitivo y la suficiencia de infraestructura de hidrocarburos.

Procedimiento administrativo

Fecha Acto N.º documento Comentario
19/12/2025 Decreto Supremo 024-2025-EM Declaración de necesidad pública e interés nacional para hidrocarburos en Loreto.

Fundamento legal

  • Constitución Política del Perú, arts. 66 y 67.
  • Ley N° 26821, art. 7.
  • Ley N° 26221 (DS 042‑2005‑EM), arts. 2 y 3.
  • Ley N° 30705, arts. 4 y 7.
  • Política Energética Nacional 2010‑2040 (DS 064‑2010‑EM).
  • Otros: DS 031‑2007‑EM, Ley N° 29158.

Decisión y efectos

  1. Declaración de necesidad pública e interés nacional para los recursos de hidrocarburos en Loreto, priorizando los lotes 8, 39, 67, 64, 95 y 192.
  2. Impulso al desarrollo de actividades de hidrocarburos, atención a la demanda interna y fortalecimiento de la matriz energética.
  3. Obligación de cumplir con licencias, permisos y autorizaciones vigentes.
  4. Colaboración de entidades estatales proporcionando apoyo e información.
  5. Publicación en la Plataforma Digital Única del Estado y en la sede digital del MINEM.
  6. Refrendo del Decreto por el Ministro de Energía y Minas.

Impacto

La declaratoria permite reactivar los proyectos de los lotes 8, 39, 67, 64, 95 y 192, generando reservas de hidrocarburos, aumentando ingresos fiscales por regalías, canon y sobrecanon, y creando empleos directos e indirectos en Loreto. Contribuye al cumplimiento de la Política Energética Nacional 2010‑2040, reduciendo la dependencia de importaciones y fortaleciendo la seguridad energética del país.

Acceder a PDF de la Publicación en el Diario Oficial de El Peruano de la decreto supremo nº 024-2025-em

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