Decreto Supremo N° 006-2026-EM declara de interés nacional el I Foro Internacional “Uranio y Litio” Ruben Felix, PhD mayo 29, 2026

Decreto Supremo N° 006-2026-EM declara de interés nacional el I Foro Internacional “Uranio y Litio”

Resumen ejecutivo

El Decreto Supremo N° 006-2026-EM, emitido el 28 de mayo de 2026 en Lima, declara de interés nacional la organización y realización del I Foro Internacional “Uranio y Litio: pilares del liderazgo energético para el desarrollo minero, tecnológico y de ciudades inteligentes en el Perú y el mundo”, programado para los días 07 y 08 de julio de 2026. La norma se sustenta en la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y la Ley de facilitación aduanera para eventos internacionales.

Antecedentes

El marco normativo que respalda la decisión incluye: Constitución política (artículos 2, 66 y 67), Ley N° 29158 (artículos 22 y 25), Ley N° 30705 (artículos 4, 5.1, 8.1, 8.8 y 8.9), Decreto Supremo N° 014-92-EM (Ley General de Minería), Decreto Supremo N° 064-2010-EM (Política Energética Nacional 2040) y la Ley N° 31816 (facilitación aduanera para eventos internacionales). Asimismo, el Ministerio de Energía y Minas, a través del Informe N° 0184-2026/MINEM‑DGPSM‑DPM, identificó a los recursos de uranio y litio como minerales críticos estratégicos.

Procedimiento administrativo

Fecha Acto N° documento Comentario
14/12/1992 Decreto Supremo que aprueba la Ley General de Minería DS N° 014-92-EM Establece la utilidad pública de la minería y su interés nacional.
06/09/2010 Decreto Supremo que aprueba la Política Energética Nacional 2040 DS N° 064-2010-EM Define objetivos de bajo impacto ambiental y desarrollo sostenible.
2026 (fecha no especificada) Informe de la DGPSM sobre recursos críticos Informe N° 0184-2026/MINEM‑DGPSM‑DPM Resalta la relevancia del uranio y litio para la transición energética.
2026 (fecha no especificada) Informe de la Oficina General de Asesoría Jurídica Informe N° 671-2026‑MINEM/OGAJ Concluye la viabilidad legal de declarar el foro como interés nacional.
28/05/2026 Decreto Supremo DS N° 006-2026-EM Declara de interés nacional el I Foro Internacional “Uranio y Litio”.

Fundamento legal

  • Constitución Política del Perú, art. 2 numeral 22; arts. 66‑67.
  • Ley Orgánica del Poder Ejecutivo N° 29158, arts. 22 y 25.
  • Ley N° 30705, arts. 4, 5.1, 8.1, 8.8 y 8.9.
  • Decreto Supremo N° 014-92-EM (Ley General de Minería).
  • Decreto Supremo N° 064-2010-EM (Política Energética Nacional 2040).
  • Ley N° 31816, arts. 1 y 2 (facilitación aduanera para eventos internacionales).
  • Reglamento del Decreto Legislativo N° 1565, art. 41 numeral 41.1 (exclusión de AIRA).
  • Informe N° 0184-2026/MINEM‑DGPSM‑DPM y N° 671-2026‑MINEM/OGAJ (viabilidad legal).

Decisión y efectos

  1. Artículo 1: Declaración de interés nacional del I Foro Internacional “Uranio y Litio”, a realizarse en Lima los 07‑08 julio 2026.
  2. Artículo 2: Responsabilidad del Ministerio de Energía y Minas y del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para la organización y ejecución.
  3. Artículo 3: Facilitación aduanera y de ingreso de participantes conforme a la Ley 31816.
  4. Artículo 4: Financiamiento con cargo al presupuesto institucional de ambos ministerios, sin recursos adicionales al Tesoro.
  5. Artículo 5: Publicación obligatoria en los portales web de MINEM y MVCS y en “El Peruano”.
  6. Artículo 6: Refrendo por los ministros de ambas entidades.
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Características técnicas

Elemento Detalle
Evento I Foro Internacional “Uranio y Litio: pilares del liderazgo energético para el desarrollo minero, tecnológico y de ciudades inteligentes en el Perú y el mundo”.
Fechas 07 y 08 de julio de 2026.
Lugar Lima, Perú.
Entidades organizadoras Ministerio de Energía y Minas (MINEM) y Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS).
Marco legal Decreto Supremo N° 006-2026-EM, Constitución, Leyes N° 29158, 30705, 31816, entre otras.

Impacto

La declaración de interés nacional permite la simplificación de trámites aduaneros, garantiza recursos presupuestarios y refuerza la posición del Perú como potencial líder en la explotación sostenible de minerales críticos como el uranio y el litio. El foro servirá como plataforma de diálogo técnico‑académico‑empresarial para impulsar inversiones, investigación y desarrollo de tecnologías vinculadas a la transición energética y a ciudades inteligentes.

Acceder a PDF de la Publicación en el Diario Oficial de El Peruano de la decreto supremo N° 006-2026-EM