Concesión temporal a ENGIE para estudios de factibilidad de la Central Eólica Quipu (300 MW) – Resolución 171‑2025‑MINEM/DM Ruben Felix, PhD mayo 15, 2025

Concesión temporal a ENGIE para estudios de factibilidad de la Central Eólica Quipu (300 MW) – Resolución 171‑2025‑MINEM/DM

Resumen ejecutivo

El Ministerio de Energía y Minas aprobó, mediante la Resolución Ministerial N° 171‑2025‑MINEM/DM del 8 de mayo de 2025, una concesión temporal a favor de ENGIE ENERGÍA PERÚ S.A. para desarrollar estudios de factibilidad del proyecto “Central Eólica Quipu”, con una capacidad instalada de 300 MW. La autorización tiene una vigencia de 24 meses y cubre los distritos de Ocucaje y Santiago, provincia y departamento de Ica.

Antecedentes y solicitud

El expediente N° 27418225, presentado el 3 de marzo de 2025 bajo el Registro N° 3945352, solicitó el otorgamiento de una concesión temporal de acuerdo al artículo 23 del Decreto Ley N° 25844 y su Reglamento (Decreto Supremo N° 009‑93‑EM). Los informes de la Dirección General de Electricidad (N° 270‑2025‑MINEM/DGE‑DCE y N° 296‑2025‑MINEM/DGE‑DCE) confirmaron que ENGIE cumple con los requisitos técnicos y legales establecidos.

Detalles de la concesión

  • Beneficiario: ENGIE ENERGÍA PERÚ S.A.
  • Proyecto: Central Eólica Quipu
  • Capacidad: 300 MW
  • Ámbito geográfico: Distritos de Ocucaje y Santiago, Ica.
  • Vigencia: 24 meses contados a partir de la publicación oficial.
  • Marco legal: Decreto Ley N° 25844 (Ley de Concesiones Eléctricas), Reglamento aprobado por DS N° 009‑93‑EM y Texto Único de Procedimientos Administrativos (DS N° 038‑2014‑EM).

Ubicación geográfica exacta

El área de la concesión está delimitada por coordenadas UTM (WGS 84) zona 18, presentadas en la tabla siguiente:

Vértice Este (m) Nor­te (m)
1 419574.1391 8379409.4958
2 420891.6749 8380239.4429
3 421032.8039 8380787.7330
4 421853.4188 8381140.1023
5 423231.6504 8382173.3623
6 423773.4702 8383311.3007
7 426128.0888 8380216.1729
8 431778.3418 8379634.0703
9 433160.4886 8379100.2000
10 433247.1543 8379112.6478
11 433272.7187 8379136.6142
12 433330.4157 8379280.2103
13 433450.3810 8379398.0366
14 433386.4425 8379706.8472
15 433560.2792 8380001.6517
16 433057.2752 8381118.2896
17 433489.9219 8382362.7511
18 434272.4846 8382979.9821
19 434789.9433 8383607.7973
20 434671.1566 8386188.0698
21 435429.6770 8386881.7312
22 437076.4267 8391864.8987
23 439754.3422 8395270.4535
24 441147.5349 8395524.3693
25 441220.6886 8395679.6927
26 441401.2001 8395594.3652
27 441284.6180 8395346.0377
28 439864.6212 8395087.1766
29 437254.8149 8391768.1989
30 436085.2260 8388036.9114
31 436924.4860 8385206.8640
32 438642.8731 8383059.3290
33 439667.7362 8380471.7732
34 440502.7030 8376170.6251
35 439500.1934 8375028.5951
36 432132.3539 8372734.4134
37 430401.6938 8372583.6090
38 428765.0853 8374619.7766
39 427158.6683 8375571.4420
40 422277.6665 8377579.0254

Obligaciones y condiciones de la concesión

ENGIE ENERGÍA PERÚ S.A. debe ejecutar los estudios respetando normas técnicas, de seguridad, medio ambiente y patrimonio cultural. Además, se compromete a presentar los resultados con la conformidad de la Dirección General de Electricidad dentro del plazo establecido.

En caso de incumplimiento o de no renovar la garantía de fiel cumplimiento, la Dirección General de Electricidad ejecutará la garantía de acuerdo al artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas (DS N° 009‑93‑EM).

Garantías y publicación

La empresa está obligada a cubrir los costos de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, cumpliendo así con el artículo 36 del mencionado Reglamento.

Conclusiones

La concesión temporal otorga a ENGIE el marco legal necesario para avanzar con los estudios de factibilidad de la Central Eólica Quipu, un proyecto clave para la expansión de la energía renovable en el sur del Perú. La medida refuerza el compromiso del Ministerio de Energía y Minas con la diversificación del mix energético y la generación limpia.

Publicado según la Resolución Ministerial N° 171‑2025‑MINEM/DM, Lima – 8 de mayo de 2025.

Acceder a PDF de la Publicación en el Diario Oficial de El Peruano de la RESOLUCIóN MINISTERIAL N° 171-2025-MINEM/DM