Modificación de la concesión de la Central Hidroeléctrica Anashironi (20 MW) – VARI ENERGÍA S.A.C. y fuerza mayor Ruben Felix, PhD diciembre 31, 2024

Modificación de la concesión de la Central Hidroeléctrica Anashironi (20 MW) – VARI ENERGÍA S.A.C. y fuerza mayor

Resumen de la Resolución Ministerial N° 478-2024-MINEM/DM

En Lima, 20 de diciembre de 2024, el Ministerio de Energía y Minas (MINEM) aprobó la primera modificación de la concesión definitiva para la generación de energía eléctrica con recursos renovables del proyecto “Central Hidroeléctrica Anashironi”.

Datos clave del proyecto

  • Concesionario: VARI ENERGÍA S.A.C.
  • Ubicación: Distrito de Perené, provincia de Chanchamayo, Departamento de Junín.
  • Capacidad instalada: 20 MW.
  • Concesión original: Resolución Ministerial N° 070‑2023‑MINEM/DM (publicada 2 marzo 2023).
  • Fecha de inicio de obras: 19 marzo 2024.
  • Puesta en operación comercial (POC) prevista: 29 octubre 2024.

Motivo de la modificación

El concesionario solicitó la calificación de fuerza mayor del evento “Necesidad de ejecutar la expansión de la capacidad de la Subestación Santa Ana a 75/25/50 MVA, 138/33/13,8 kV…”, que impactó la ruta crítica del calendario de ejecución de obras.

Procedimiento administrativo

Etapa Fecha
Ingreso de solicitud (Registro N° 3761989 y documentos complementarios) 2024
Oficio DGE solicitando opinión de OSINERGMIN 23 agosto 2024
Respuesta de OSINERGMIN (Informe DSE‑SIE‑277‑2024) 17 septiembre 2024
Emisión de la Resolución Ministerial N° 478‑2024‑MINEM/DM 20 diciembre 2024

Fundamento legal

  • Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas.
  • Decreto Supremo N° 009‑93‑EM, Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.
  • Artículo 36 b) de la Ley de Concesiones Eléctricas (casa de fuerza mayor).
  • Código Civil, artículos 1315 y 1317 (caso fortuito o fuerza mayor).
  • Resolución Ministerial N° 438‑2017‑MEM/DM (modificada por N° 084‑2019‑MEM/DM) – competencias de la Dirección General de Electricidad.

Contenido de la resolución

  1. Calificación del evento como fuerza mayor.
  2. Aprobación de la primera modificación de la concesión.
  3. Aprobación de la primera modificación del Contrato de Concesión N° 586‑2022 (cláusulas Séptima y Décimo Segunda, entre otras).
  4. Facultad al Director General de Electricidad para suscribir la minuta y la escritura pública correspondiente.
  5. Incorporación del texto de la resolución en la escritura pública.
  6. Orden de publicación en “El Peruano” a cargo de VARI ENERGÍA S.A.C. dentro de los cinco días hábiles.

Impacto y próximos pasos

Con la calificación de fuerza mayor, la empresa puede prorrogar la fecha de puesta en operación comercial sin incurrir en sanciones por incumplimiento del calendario. La modificación será inscrita en el Registro de Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos y se formalizará mediante escritura pública.

Autoridad que suscribe

Jorge Luis Montero Cornejo – Ministro de Energía y Minas.

Acceder a PDF de la Publicación en el Diario Oficial de El Peruano de la RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 478-2024-MINEM/DM