Modificación de la concesión eléctrica para centrales hidroeléctricas Limacpunco, Ttio y Capiri – Resolución 470-2024-MINEM/DM Ruben Felix, PhD diciembre 25, 2024

Modificación de la concesión eléctrica para centrales hidroeléctricas Limacpunco, Ttio y Capiri – Resolución 470-2024-MINEM/DM

Modificación de la concesión definitiva para las centrales hidroeléctricas Limacpunco, Ttio y Capiri

Resumen ejecutivo

El Ministerio de Energía y Minas aprobó, mediante la Resolución Ministerial Nº 470-2024-MINEM/DM del 19 de diciembre de 2024, la primera modificación de la concesión eléctrica otorgada a Electro ARAZA S.A.C. para el proyecto “Centrales Hidroeléctricas Limacpunco, Ttio y Capiri”. La medida prorroga la fecha de inicio de obras al 15 de mayo de 2025 y la puesta en operación comercial (POC) al 3 de octubre de 2031.

Antecedentes del proyecto

En 2018, mediante la Resolución Ministerial Nº 100-2018-MEM/DM, se concedió a Electro ARAZA S.A.C. la concesión definitiva para desarrollar energía eléctrica mediante recursos hídricos en tres centrales ubicadas en los distritos de Marcapata y Camanti, provincia de Quispicanchi, departamento de Cusco:

Central Potencia instalada (MW)
Limacpunco 35
Ttio 80
Capiri 80

El contrato de concesión Nº 510-2017 estableció que la ejecución del proyecto debía iniciarse el 6 de octubre de 2021 y que la POC debía completarse a más tardar el 21 de diciembre de 2027.

Fuerza mayor y solicitud de modificación

El 9 de abril de 2024, la Resolución Ministerial Nº 141-2024-MINEM/DM calificó como fuerza mayor la “Paralización de los trabajos del proyecto de titularidad de ATN 3 S.A.”, argumento utilizado por Electro ARAZA para solicitar la modificación.

Con Registro Nº 3751939, fechado el 23 de mayo de 2024, la empresa presentó la solicitud de primera modificación, pidiendo:

  • Prórroga del Inicio de Obras al 15 de mayo de 2025.
  • Prórroga de la Puesta en Operación Comercial al 3 de octubre de 2031.

Marco legal aplicable

La decisión se sustenta en:

  • Artículo 25 del Decreto Ley Nº 25844 (Ley de Concesiones Eléctricas).
  • Artículo 37-A del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas (Decreto Supremo Nº 009-93-EM).
  • Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del MINEM.
  • Decretos Supremos Nº 031-2007-EM y Nº 038-2014-EM, y sus modificatorias.

Cronología del procedimiento administrativo

Fecha Evento
23 de mayo de 2024 Registro Nº 3751939 – Solicitud de primera modificación de la concesión y del contrato.
9 de abril de 2024 Resolución Ministerial Nº 141-2024-MINEM/DM – Calificación de fuerza mayor.
19 de diciembre de 2024 Resolución Ministerial Nº 470-2024-MINEM/DM – Aprobación de la primera modificación.
Dentro de 5 días hábiles posteriores Publicación única en el diario oficial “El Peruano”, a cargo de Electro ARAZA S.A.C.

Modificaciones aprobadas

Los artículos 1 al 5 de la resolución establecen:

  • La aprobación de la primera modificación de la concesión y del Contrato de Concesión Nº 510-2017.
  • La actualización de las cláusulas Séptima, Décimo Segunda, Décimo Tercera y Décimo Cuarta, así como del Anexo Nº 2 (numeral 3) y Anexo Nº 4.
  • La autorización al Director General de Electricidad para suscribir la modificación en representación del Estado.
  • La incorporación del texto de la resolución en la Escritura Pública correspondiente.
  • La obligación de publicar la resolución una sola vez en “El Peruano”.

Conclusiones

Con esta modificación, el proyecto hidroeléctrico avanza bajo un nuevo cronograma que garantiza la viabilidad financiera y técnica frente a la fuerza mayor declarada. La extensión de la POC hasta 2031 permite a Electro ARAZA S.A.C. ajustar sus planes de inversión y cumplir con los requisitos regulatorios del MINEM.

Jorge Luis Montero Cornejo
Ministro de Energía y Minas

Acceder a PDF de la Publicación en el Diario Oficial de El Peruano de la RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 470-2024-MINEM/DM