Concesión temporal a Solarpack Perú para estudios de factibilidad de la Central Solar Intiorko (150 MW) en Tacna Ruben Felix, PhD septiembre 6, 2024

Concesión temporal a Solarpack Perú para estudios de factibilidad de la Central Solar Intiorko (150 MW) en Tacna

Antecedentes y solicitud

El 10 de junio de 2024 la empresa Solarpack Perú S.A.C. presentó, bajo el registro N.º 3759709, una solicitud de concesión temporal para realizar estudios de factibilidad de la futura Central Solar Fotovoltaica Intiorko, cuyo proyecto contempla una capacidad instalada de 150 MW. La petición se inscribió en el Expediente N.º 26414524 del Ministerio de Energía y Minas (MINEM).

Resolución Ministerial

Mediante la Resolución Ministerial N.º 335-2024-MINEM/DM, publicada el 27 de agosto de 2024 en el Diario Oficial El Perúano, el MINEM otorgó la concesión temporal solicitada.

Detalles de la concesión

  • Beneficiario: Solarpack Perú S.A.C.
  • Objeto: Estudios de factibilidad vinculados a la generación eléctrica de la Central Solar Intiorko.
  • Capacidad del proyecto: 150 MW.
  • Vigencia: 24 meses contados a partir de la publicación de la resolución (hasta 27 de agosto de 2026).
  • Ubicación: Distrito, provincia y departamento de Tacna, Perú.

Área geográfica de la concesión

Se delimita la zona mediante las siguientes coordenadas UTM (WGS 84) – zona 19 Sur:

Vértice Este (m) Nord (m)
1 356 443.0032 8 005 939.1276
2 352 367.5426 8 004 483.7000
3 351 860.1906 8 005 101.1071
4 353 059.5322 8 008 003.9031
5 355 742.3353 8 009 076.6374
6 358 563.2251 8 007 447.9856

Obligaciones y garantías

  • Ejecutar los estudios respetando normas técnicas, de seguridad, ambientales y el Patrimonio Cultural de la Nación.
  • Presentar los resultados a la Dirección General de Electricidad para su conformidad.
  • Renovar oportunamente la garantía de fiel cumplimiento; de no hacerlo, el MINEM ejecutará la garantía conforme al artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.

Marco legal aplicable

La resolución se sustenta en la normativa peruana vigente, entre la que se destacan:

  • Ley N.º 25844 – Ley de Concesiones Eléctricas.
  • Decreto Supremo N.º 009‑93‑EM – Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.
  • Decreto Supremo N.º 038‑2014‑EM – Texto Único de Procedimientos Administrativos del MINEM.
  • Ley N.º 30705 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas.

Cronología del procedimiento

  1. 10 jun 2024 – Registro de la solicitud (N.º 3759709).
  2. Posterior a la solicitud – Emisión de los Informes N.º 649‑2024‑MINEM/DGE‑DCE y N.º 669‑2024‑MINEM/DGE‑DCE por la Dirección General de Electricidad.
  3. 26 jun 2024 – Memorando N.º 0463‑2024/MINEM‑VME del Despacho Viceministerial de Electricidad.
  4. 12 jul 2024 – Informe N.º 0839‑2024‑MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
  5. 27 ago 2024 – Publicación de la Resolución Ministerial N.º 335‑2024‑MINEM/DM en El Peruano.

Publicación y validez

La presente resolución se dio a conocer mediante una única publicación en el Diario Oficial El Perúano, a cargo de la empresa concesionaria, conforme al artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.

Publicado por el Ministerio de Energía y Minas – 27 de agosto de 2024.

Acceder a PDF de la Publicación en el Diario Oficial de El Peruano de la RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 335-2024-MINEM/DM