Resumen ejecutivo
La Resolución Ministerial Nº 401‑2022‑MINEM/DM, emitida el 11 de noviembre de 2022, otorga la concesión definitiva a Transmisora Eléctrica del Sur 4 S.A.C. (TESUR 4) para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión 220 kV Tintaya‑Azángaro. La concesión cubre los distritos de Espinar, Pallpata, Azángaro, Tirapata, Ayaviri, Cupi, Llalli y Umachiri, en los departamentos de Cusco y Puno.
Antecedentes
El 28 de febrero de 2018 el Ministerio de Energía y Minas (MINEM) y TESUR 4 suscribieron el Contrato de Concesión del Sistema Garantizado de Transmisión (SGT) para la línea mencionada, comprometiéndose a diseñar, financiar, construir, operar y mantener la infraestructura. Posteriormente, mediante documento con registro Nº 3239509, fechado el 28 de diciembre de 2021, TESUR 4 solicitó formalmente el otorgamiento de la concesión definitiva.
Procedimiento administrativo
| Fecha | Acto | N° documento | Comentario | 
|---|---|---|---|
| 28‑feb‑2018 | Firma del Contrato de Concesión SGT | – | Acto de cierre entre MINEM y TESUR 4. | 
| 28‑dic‑2021 | Solicitud de concesión definitiva | Reg‑Nº 3239509 | Presentada por TESUR 4. | 
| 2022 (fecha no indicada) | Informe de la DGE | Informe Nº 0797‑2022‑MINEM/DGE‑DCE | Verificación del cumplimiento de requisitos legales. | 
| 2022 (fecha no indicada) | Memorando del VME | Memorando Nº 00952‑2022‑MINEM‑VME | Revisión del Viceministerio de Electricidad. | 
| 2022 (fecha no indicada) | Informe de la OGAJ | Informe Nº 01130‑2022‑MINEM/OGAJ | Valoración jurídica de la solicitud. | 
| 11‑nov‑2022 | Emisión de Resolución Ministerial | RM 401‑2022‑MINEM/DM | Otorga la concesión definitiva y aprueba el contrato. | 
Fundamento legal
- Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas – Art. 25 (requisitos) y Art. 28 (plazo de 60 días hábiles).
- Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, DS 009‑93‑EM – Art. 53, 2.º párrafo (procedimiento de notificación y aceptación).
- Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del MINEM.
- Decreto Supremo Nº 031‑2007‑EM, Reglamento de Organización y Funciones del MINEM.
- Decreto Supremo Nº 038‑2014‑EM, Texto Único de Procedimientos Administrativos del MINEM.
- Art. 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas (publicación en escritura pública).
- Art. 54 del mismo Reglamento (publicación en El Peruano).
Decisión y efectos
- Artículo 1 – Otorgamiento de la concesión definitiva a TESUR 4 para la línea 220 kV Tintaya‑Azángaro, en los distritos y provincias señalados.
- Artículo 2 – Definición de las características principales de los bienes indispensables: 220 kV, 1 terna, 128,68 km de longitud y 25 m de ancho de faja de servidumbre.
- Artículo 3 – Aprobación del Contrato de Concesión (19 cláusulas y 3 anexos) y autorización al Director General de Electricidad para suscribirlo en representación del Estado.
- Artículo 4 – Inserción del texto de la presente Resolución en la escritura pública que origina el contrato, conforme al Art. 56 del Reglamento.
- Artículo 5 – Publicación única de la Resolución en el diario oficial El Peruano dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, a cuenta de TESUR 4, según el Art. 54 del Reglamento.
Características técnicas
| Salida / Llegada | Tensión (kV) | Nº de Ternas | Longitud (km) | Ancho de faja de servidumbre (m) | 
|---|---|---|---|---|
| S.E. Tintaya Nueva – S.E. Pumiri | 220 | 1 | 128,68 | 25 | 
Ampliación de la Subestación Tintaya Nueva: instalación de una celda de línea 220 kV, ampliación del sistema de barras y sistemas complementarios de protección, control, medición, comunicaciones, puesta a tierra y obras civiles.
Ampliación de la Subestación Pumiri: cambio a doble barra con seccionador de transferencia, una celda de línea 220 kV, celda de transformación, celda de acople y sistemas complementarios similares.
Impacto
La concesión permite a TESUR 4 operar una infraestructura clave que fortalece la interconexión entre los departamentos de Cusco y Puno, mejora la confiabilidad del suministro eléctrico en la zona sur del país y cumple con los objetivos de expansión del Sistema Eléctrico Nacional. La publicación y formalización del contrato garantizan la seguridad jurídica del proyecto y la adecuada aplicación de los recursos financieros comprometidos.
 
			 
		 
		