Resumen ejecutivo
La Resolución Ministerial Nº 348-2022-MINEM/DM, de fecha 23 de septiembre de 2022, otorga a favor de la empresa WINDX PERÚ S.A.C. una concesión temporal de veintidós (22) meses para desarrollar los Estudios de Factibilidad de la futura Central Eólica “Parque Eólico Huacho Sur”, con una capacidad instalada estimada de 168 MW, en el distrito de Huacho, provincia de Huaura, departamento de Lima.
Antecedentes
El expediente Nº 27403122 recoge la solicitud presentada el 18 de julio de 2022 (registro Nº 3335544) por WINDX PERÚ S.A.C. para obtener la concesión temporal bajo el amparo del artículo 23 del Decreto Ley Nº 25844 y del artículo 30 de su Reglamento (DS Nº 009‑93‑EM). La solicitud se sustenta en los requisitos del artículo 30 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas y del código CE02‑1 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del MINEM (Res. Ministerial Nº 178‑2020‑MINEM/DM).
Los estudios se ubicarán dentro de la zona delimitada por coordenadas UTM (WGS‑84) en la zona 18 Sur, correspondiente al distrito de Huacho, provincia de Huaura, departamento de Lima.
Procedimiento administrativo
| Fecha | Acto | N.º documento | Comentario | 
|---|---|---|---|
| 18‑jul‑2022 | Presentación de solicitud de concesión temporal | Registro Nº 3335544 | Solicitud de estudios de factibilidad para Parque Eólico Huacho Sur (168 MW) | 
| 2022 | Informe de la Dirección General de Electricidad | Informe Nº 594‑2022‑MINEM/DGE‑DCE | Verificación de cumplimiento de requisitos técnicos y legales | 
| 2022 | Memorando de la DGE al MINEM | Memorando Nº 01587‑2022/MINEM‑DGE | Recomendación de otorgamiento | 
| 2022 | Memorando del Viceministerio de Electricidad | Memorando Nº 00764‑2022/MINEM‑VME | Apoyo institucional al proceso | 
| 2022 | Informe de la Oficina General de Asesoría Jurídica | Informe Nº 0901‑2022‑MINEM/OGAJ | Evaluación jurídica del expediente | 
| 23‑sep‑2022 | Emisión de Resolución Ministerial | Resolución Ministerial Nº 348‑2022‑MINEM/DM | Otorgamiento de la concesión temporal (22 meses) | 
Fundamento legal
- Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas – Art. 23 (facultad de otorgar concesiones temporales).
- Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, DS Nº 009‑93‑EM – Art. 30 (requisitos de la concesión).
- Texto Único de Procedimientos Administrativos del MINEM, código CE02‑1 – Art. 30 (trámite administrativo).
- Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del MINEM.
- Resolución Ministerial Nº 178‑2020‑MINEM/DM (aplicación del código CE02‑1).
- Resolución Directoral Nº 046‑2010‑EM/DGE (normas técnicas y de seguridad).
- Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas – Art. 36 (garantía de fiel cumplimiento y publicación).
Decisión y efectos
- Artículo 1: Otorgamiento de la concesión temporal a WINDX PERÚ S.A.C. para desarrollar los Estudios de Factibilidad del Parque Eólico Huacho Sur (168 MW) por 22 meses, contados a partir de la publicación de la resolución.
- Artículo 2: Delimitación del área de la concesión mediante las coordenadas UTM (WGS‑84) – zona 18 Sur (V1 a V4).
- Artículo 3: Obligación de cumplir con normas técnicas, de seguridad, medio ambiente y patrimonio cultural, y con la Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento.
- Artículo 4: Fiscalización por las entidades competentes en caso de incumplimiento.
- Artículo 5: En caso de incumplimiento del cronograma o de no renovar la garantía, la Dirección General de Electricidad ejecutará la garantía de fiel cumplimiento conforme al Art. 36 del Reglamento.
- Artículo 6: Publicación única de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano a cargo de la empresa.
Características técnicas
| Vértice | Este (m) | North (m) | 
|---|---|---|
| V1 | 218 634,00 | 8 756 235,00 | 
| V2 | 221 509,00 | 8 748 426,00 | 
| V3 | 227 063,00 | 8 750 543,00 | 
| V4 | 222 259,00 | 8 757 210,00 | 
Capacidad instalada estimada: 168 MW.
Impacto
La concesión permite a WINDX PERÚ S.A.C. avanzar en la fase de factibilidad del Parque Eólico Huacho Sur, contribuyendo al desarrollo de energía renovable en la zona costera de Lima y alineándose con los objetivos nacionales de diversificación de la matriz eléctrica. El cumplimiento de los plazos y la garantía de fiel cumplimiento aseguran la seguridad jurídica del proyecto y la protección del patrimonio ambiental y cultural.
 
			 
		 
		