Resumen ejecutivo
Mediante la Resolución Ministerial N° 129‑2026‑MINEM/DM de fecha 24 de marzo de 2026, el Ministerio de Energía y Minas (MINEM) autoriza una transferencia financiera de hasta S/ 23 018 814,00 a favor de Petróleos del Perú – PETROPERÚ S.A. para financiar la administración provisional de la Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de la Concesión Sur Oeste (regiones Arequipa, Moquegua y Tacna). La autorización se sustenta en el artículo 13, numeral 13.1, literal k, inciso iv) de la Ley N° 32513 (Presupuesto del Sector Público 2026) y en el Decreto Supremo N° 019‑2023‑EM.
Antecedentes
El encargo especial para la administración provisional de la Concesión Sur Oeste se estableció inicialmente mediante el Decreto Supremo N° 029‑2020‑EM (19‑dic‑2020 a 19‑dic‑2023) y fue prorrogado por el Decreto Supremo N° 019‑2023‑EM (20‑dic‑2023 a 20‑dic‑2026). El presupuesto del año fiscal 2026, aprobado por la Resolución Ministerial N° 446‑2025‑MINEM/DM (29‑dic‑2025), incluye la partida para financiar dicha administración. El Convenio Marco de Encargo Especial suscrito el 28 de diciembre de 2020 entre MINEM y PETROPERÚ entró en vigor el 19‑dic‑2020 y permanece vigente hasta la culminación del encargo el 20‑dic‑2026.
Procedimiento administrativo
| Fecha | Acto | N° documento | Comentario |
|---|---|---|---|
| 19‑dic‑2020 | Decreto Supremo | 029‑2020‑EM | Otorga encargo especial a PETROPERÚ para la Concesión Sur Oeste (primer periodo 2020‑2023). |
| 20‑dic‑2023 | Decreto Supremo | 019‑2023‑EM | Prorroga el encargo especial a PETROPERÚ (segundo periodo 2023‑2026). |
| 29‑dic‑2025 | Resolución Ministerial | 446‑2025‑MINEM/DM | Aprobación del Presupuesto Institucional 2026 del Pliego 016 (MINEM). |
| 04‑mar‑2026 | Informe de Oficina de Presupuesto | 055‑2026‑MINEM‑OGPP‑OPRE | Opinión favorable para la transferencia financiera de S/ 23 018 814,00. |
| 27‑feb‑2026 | Informe Técnico Legal | 087‑2026‑MINEM/DGH‑DGGN‑DNH | Recomendación de MINEM para efectuar la transferencia. |
| 24‑mar‑2026 | Resolución Ministerial | 129‑2026‑MINEM/DM | Autoriza la transferencia financiera a PETROPERÚ por S/ 23 018 814,00. |
Fundamento legal
- Ley N° 32513, artículo 13, numeral 13.1, literal k, inciso iv) – autoriza transferencias excepcionales en el ejercicio fiscal 2026.
- Decreto Supremo N° 019‑2023‑EM – encargo especial a PETROPERÚ (2023‑2026).
- Decreto Supremo N° 029‑2020‑EM – encargo especial a PETROPERÚ (2020‑2023).
- Decreto Legislativo N° 1441 – Sistema Nacional de Tesorería.
- Ley N° 30705 – Organización y Funciones del MINEM.
- Decreto Supremo N° 031‑2017‑EM – Reglamento de Organización y Funciones del MINEM.
- Resolución Ministerial N° 446‑2025‑MINEM/DM – Presupuesto Institucional 2026 del Pliego 016.
Decisión y efectos
- Artículo 1: Autoriza la transferencia financiera a favor de PETROPERÚ, hasta S/ 23 018 814,00, para financiar la administración provisional de la Concesión Sur Oeste.
- Artículo 2: La transferencia se atiende con cargo al presupuesto aprobado del Pliego 016, Unidad Ejecutora 001 (MINEM – Central), bajo la partida “2.4 Donaciones y Transferencias”.
- Artículo 3: Ordena la publicación inmediata de la resolución en el portal institucional del MINEM y en el Diario Oficial El Perú ano.
Compensación y terceros involucrados
El único destinatario de la transferencia es PETROPERÚ S.A., empresa estatal del sector energético. No se contempla compensación económica a terceros, pues la concesión se ejecuta bajo encargo especial sobre bienes públicos. La gratuidad de la servidumbre en el dominio estatal se mantiene conforme al artículo 109 de la Ley de Concesiones Eléctricas (LCE), mientras que el Convenio Marco de 2020 regula derechos y obligaciones entre MINEM y PETROPERÚ para la administración del sistema.
Características técnicas
| Concesión | Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos – Concesión Sur Oeste |
|---|---|
| Regiones | Arequipa, Moquegua y Tacna |
| Periodo de encargo | 20‑dic‑2023 a 20‑dic‑2026 (prórroga del encargo original 2020‑2023) |
| Monto autorizado | S/ 23 018 814,00 |
| Fuente de financiamiento | Recursos Ordinarios – Pliego 016, UE 001 (MINEM – Central) |
| Normativa aplicable | Decretos Supremos 019‑2023‑EM y 029‑2020‑EM; Ley N° 32513; etc. |
Impacto
La disponibilidad del recurso financiero garantiza la continuidad operativa y el mantenimiento del sistema de distribución de gas natural en el sur del país, evitando interrupciones en el suministro a los usuarios residenciales e industriales de Arequipa, Moquegua y Tacna. Además, la operación se mantiene dentro del marco presupuestal 2026 del MINEM, reforzando la transparencia y el cumplimiento de las normas de gestión financiera del sector energético.