Primera modificación de la concesión definitiva de transmisión eléctrica de AGROLMOS (RM 013‑2026‑MINEM/DM) Ruben Felix, PhD enero 18, 2026

Primera modificación de la concesión definitiva de transmisión eléctrica de AGROLMOS (RM 013‑2026‑MINEM/DM)

Resumen ejecutivo

Con fecha 12 de enero de 2026, la Resolución Ministerial Nº 013‑2026‑MINEM/DM aprueba la primera modificación de la concesión definitiva para la línea de transmisión 60 kV S.E. Agrolmos – P‑046/P‑047, ubicada en el distrito de Olmos, Lambayeque, y califica como fuerza mayor la falla mecánica de la turbina TRIVENI (EVENTO I) por 108 días calendario. La medida se sustenta en el artículo 36, literal b) de la Ley de Concesiones Eléctricas (DL 25844) y en los artículos 1315 y 1317 del Código Civil.

Antecedentes

El expediente Nº 14405722 reconoce la concesión definitiva otorgada mediante la Resolución Ministerial Nº 377‑2024‑MINEM/DM (5 oct 2024) y el Contrato de Concesión Nº 619‑2024, a favor de AGROLMOS S.A. Para solicitar la primera modificación, la empresa presentó el documento registrado bajo Nº 3984247 el 9 de mayo 2025, alegando fuerza mayor por (i) falla mecánica de la turbina TRIVENI y (ii) demora en la conexión con Consorcio Eléctrico de Villacurí S.A.C.

Procedimiento administrativo

Fecha Acto N.º documento Comentario
5 oct 2024 Otorgamiento de concesión definitiva RM 377‑2024‑MINEM/DM Concesión de la línea 60 kV S.E. Agrolmos – P‑046/P‑047
9 may 2025 Solicitud de primera modificación Registro 3984247 Informe de eventos de fuerza mayor (EVENTO I y EVENTO II)
13 jun 2025 Oficio a OSINERGMIN para opinión Oficio 1131‑2025‑MINEM/DGE Requerimiento de opinión sobre la solicitud de fuerza mayor
14 jul 2025 Respuesta de OSINERGMIN Oficio 740‑2025‑OS‑DSE (Reg. 4076085) Informe DSE‑SIE‑226‑2025; indica que la evaluación corresponde al concedente
6 nov 2025 Calificación de fuerza mayor del EVENTO I RM 346‑2025‑MINEM/DM Reconocimiento del evento como fuerza mayor (108 días)
12 ene 2026 Aprobación de la primera modificación RM 013‑2026‑MINEM/DM Modifica el contrato 619‑2024 y autoriza la escritura pública

Fundamento legal

  • Artículo 36, literal b) de la Ley de Concesiones Eléctricas (DL 25844): permite prórroga por caso fortuito o fuerza mayor calificada por el MINEM.
  • Cláusula Décimo Cuarta del Contrato Nº 619‑2024: referencia a los artículos 1315 y 1317 del Código Civil (DL 295) para fuerza mayor.
  • Artículos 1315 y 1317 del Código Civil: definen caso fortuito o fuerza mayor como evento extraordinario, imprevisible e irresistible con nexo causal.
  • Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas (DS 009‑93‑EM): artículos 7 y 56 sobre inscripción y formalización de modificaciones.
  • Resolución Ministerial Nº 438‑2017‑MEM/DM y su modificatoria Nº 084‑2019‑MEM/DM: competencias de la DGE y la OGAJ.

Decisión y efectos

  1. Artículo 1: Se califica como fuerza mayor la “Falla mecánica de la turbina TRIVENI”, afectando la ruta crítica del calendario de obras por 108 días.
  2. Artículo 2: Se aprueba la primera modificación de la concesión definitiva para la línea de transmisión 60 kV S.E. Agrolmos – P‑046/P‑047.
  3. Artículo 3: Se aprueba el texto de la primera modificación al Contrato de Concesión Nº 619‑2024, modificando las cláusulas Séptima, Décimo Segunda, Décimo Tercera, el numeral 3 del Anexo 2 y el Anexo 4.
  4. Artículo 4: Se autoriza al Director General de la DGE a suscribir la minuta y la escritura pública correspondiente.
  5. Artículo 5: Se ordena insertar el texto de la presente resolución en la escritura pública, conforme al artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.
  6. Artículo 6: Publicación única en El Peruano dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, a cargo de AGROLMOS S.A.
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Alegaciones no acogidas o no evaluadas

El MINEM, a través de la Resolución Ministerial Nº 346‑2025‑MINEM/DM, determinó que el EVENTO II (demora en la conexión con Consorcio Eléctrico de Villacurí S.A.C.) no reúne los requisitos de extraordinario, imprevisible e irresistible establecidos en los artículos 1315 y 1317 del Código Civil; por consiguiente, no fue calificado como fuerza mayor y no generó prórroga del calendario.

Características técnicas

Elemento Valor
Voltaje de la línea 60 kV
Denominación de la vía Línea de Transmisión S.E. Agrolmos – P‑046/P‑047
Ruta principal LT 60 kV SET Tierras Nuevas – SET Pampa Pañala
Ubicación Distrito de Olmos, Provincia de Olmos, Departamento de Lambayeque
Titular de la concesión AGROLMOS S.A.
Contrato de Concesión Nº 619‑2024

Impacto

La calificación de fuerza mayor y la prórroga de 108 días permiten a AGROLMOS mantener la viabilidad del proyecto de transmisión, evitando la caducidad de la concesión prevista por el artículo 36 de la Ley de Concesiones Eléctricas. Asimismo, la formalización de la modificación garantiza la continuidad del suministro eléctrico en la zona de Olmos y su integración al sistema nacional, cumpliendo con los plazos regulatorios y fortaleciendo la seguridad jurídica del titular.

Acceder a PDF de la Publicación en el Diario Oficial de El Peruano de la RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 013-2026-MINEM/DM