Concesión temporal de transmisión 220 kV Quercus – La Niña (2025) Ruben Felix, PhD diciembre 31, 2025

Concesión temporal de transmisión 220 kV Quercus – La Niña (2025)

Resumen ejecutivo

La Resolución Ministerial Nº 428‑2025‑MINEM/DM, de 17 de diciembre de 2025, otorga a la EMPRESA DE GENERACIÓN ELÉCTRICA QUERCUS S.A.C. una concesión temporal de transmisión por 24 meses para la línea de 220 kV “Quercus – La Niña”, ubicada en los distritos de Olmos y Sechura, provincias de Lambayeque y Sechura, departamentos de Lambayeque y Piura. La decisión se sustenta en el Decreto Ley Nº 25844 y su Reglamento DS 009‑93‑EM, así como en el Texto Único de Procedimientos Administrativos DS 038‑2014‑EM.

Antecedentes

El expediente N° 24425625 contiene la solicitud de concesión presentada el 2 de octubre de 2025 bajo el registro N° 4143262. Los informes de la Dirección General de Electricidad (N° 900‑2025‑MINEM/DGE‑DCE) y de la Oficina General de Asesoría Jurídica (N° 1252‑2025‑MINEM/OGAJ) validaron el cumplimiento de los requisitos técnicos y legales. La petición indica que los estudios de factibilidad se desarrollarán en la zona delimitada por coordenadas UTM (WGS84) en los distritos de Olmos y Sechura.

Procedimiento administrativo

Fecha Acto N° documento Comentario
02‑oct‑2025 Presentación de solicitud de concesión temporal Registro N° 4143262 Quercus S.A.C. solicita la concesión para la línea 220 kV Quercus – La Niña.
2025 (sin especificar) Emisión de informe de la DGE‑DCE Informe N° 900‑2025‑MINEM/DGE‑DCE Se verifica el cumplimiento de requisitos técnicos y de seguridad.
2025 (sin especificar) Emisión de informe de la OGAJ Informe N° 1252‑2025‑MINEM/OGAJ Se valida la observancia de la normativa jurídica aplicable.
15‑dic‑2025 Dictamen de los informes y conclusión de viabilidad Expediente N° 24425625 Ambas unidades técnicas indican que la solicitud cumple con los artículos 30 del Reglamento LCE y el código CE02‑2 del TUPA.
17‑dic‑2025 Emisión de la Resolución Ministerial Resolución Nº 428‑2025‑MINEM/DM Se otorga la concesión temporal de 24 meses y se establecen condiciones.

Fundamento legal

  • Artículo 23 del Decreto Ley N° 25844 (Ley de Concesiones Eléctricas) – posibilidad de concesiones temporales para estudios de factibilidad.
  • Artículo 30 y siguientes del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por DS 009‑93‑EM – requisitos y procedimiento.
  • Código CE02‑2 del Texto Único de Procedimientos Administrativos, DS 038‑2014‑EM – procedimiento de otorgamiento de concesión temporal de transmisión.
  • Ley N° 30705 y su Reglamento de Organización y Funciones – competencias del MINEM.
  • Artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas – ejecución de garantías y publicación en El Peruano.
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Decisión y efectos

  1. Artículo 1: Concesión temporal otorgada a Quercus S.A.C. por 24 meses contados a partir de la publicación de la presente Resolución.
  2. Artículo 2: Delimitación del área de la concesión mediante las coordenadas UTM (WGS84) Zona 17S que se detallan en la tabla de coordenadas.
  3. Artículo 3: Obligación de ejecutar los estudios de factibilidad respetando normas técnicas, de seguridad, medioambientales y del Patrimonio Cultural de la Nación.
  4. Artículo 4: Si al expirar el plazo la empresa no cumple con los estudios o no renueva la garantía, la Dirección General de Electricidad ejecutará la garantía de fiel cumplimiento, según el artículo 36 del Reglamento LCE.
  5. Artículo 5: Publicación única de esta Resolución en El Peruano a cargo de Quercus S.A.C., conforme al artículo 36 del Reglamento LCE.

Características técnicas

Parámetro Valor
Tensión nominal 220 kV
Tipo de obra Concesión temporal de transmisión (línea aérea)
Ubicación Distritos de Olmos (Lambayeque) y Sechura (Piura), provincias de Lambayeque y Sechura.
Área de servidumbre Delimitada por las coordenadas UTMWGS84) Zona 17S listadas a continuación.

Coordenadas UTM (WGS84) – Zona 17S:

Vértice Este (m) Nord (m)
PORTICO SE QUERCUS 559294.879 9310364.081
P1 559294.880 9310409.080
P2 558896.000 9311516.250
P3 558971.280 9315755.710
P4 555293.230 9326154.650
P5 553132.810 9327097.440
P6 551734.510 9330879.450
P7 551231.700 9334357.040
P8 551980.920 9335293.450
P9 551478.700 9343248.140
P10 551372.220 9344501.740
P11 551639.660 9344951.890
PORTICO SE LA NIÑA 551833.802 9344962.949

Impacto

La concesión temporal permite a Quercus S.A.C. adelantar los estudios de factibilidad necesarios para la futura construcción de la línea 220 kV, facilitando la expansión del sistema eléctrico en el norte del país y contribuyendo a la seguridad del suministro en Lambayeque y Piura. El cumplimiento de los requisitos técnicos y ambientales garantiza la protección del patrimonio cultural y reduce riesgos operacionales durante la fase de estudio.

Acceder a PDF de la Publicación en el Diario Oficial de El Peruano de la RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 428-2025-MINEM/DM