Resumen ejecutivo
La Resolución Ministerial N° 409‑2025‑MINEM/DM, de fecha 2 de diciembre de 2025, dispone la publicación del proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades Eléctricas (DS N° 014‑2019‑EM) y su exposición de motivos, estableciendo un plazo de 15 días para recibir opiniones, comentarios y aportes de la ciudadanía.
Antecedentes
El proyecto de Decreto se sustenta en la Ley General del Ambiente (LGA) N° 28611, la Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) N° 27446, la Ley de Organización y Funciones del MINEM N° 30705 y en el Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades Eléctricas aprobado por DS N° 014‑2019‑EM. Los informes N° 0452‑2025‑MINEM/DGAAE‑DGAE y N° 1145‑2025‑MINEM/OGAJ, emitidos por la Dirección General de Asuntos Ambientales de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica, respaldan la necesidad de modificar el Reglamento para mejorar la eficiencia y predictibilidad del proceso de evaluación ambiental en el subsector electricidad.
Procedimiento administrativo
| Fecha | Acto | N° de documento | Comentario |
|---|---|---|---|
| 02/11/2025 | Emisión de informe técnico | 0452‑2025‑MINEM/DGAAE‑DGAE | Fundamentación del proyecto de Decreto. |
| 15/11/2025 | Emisión de informe jurídico | 1145‑2025‑MINEM/OGAJ | Revisión legal del proyecto de Decreto. |
| 02/12/2025 | Resolución Ministerial | 409‑2025‑MINEM/DM | Ordena publicación del proyecto y fija plazo de 15 días. |
| 02/12/2025 | Publicación en El Peruano y página web del MINEM | – | Divulgación oficial del proyecto de Decreto. |
| 03/12/2025 | Inicio del plazo de comentarios | – | Comienza el plazo de quince (15) días calendario para recepción de opiniones. |
Fundamento legal
- Constitución Política del Perú, artículos 22, 24, 67 y 68.
- Ley N° 28611 (Ley General del Ambiente) – artículos 3, 24.1.
- Ley N° 27446 (Ley del SEIA) – literal d) del artículo 8 del Reglamento DS 019‑2009‑MINAM.
- Ley N° 30705 (Ley de Organización y Funciones del MINEM) – artículo 9.1.
- Decreto Supremo N° 014‑2019‑EM – Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades Eléctricas.
- Decreto Supremo N° 031‑2007‑EM – Reglamento de Organización y Funciones del MINEM.
- Decreto Supremo N° 009‑2024‑JUS – Reglamento de publicación y difusión de normas.
- Decreto Supremo N° 002‑2009‑MINAM – Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Ambiental.
Decisión y efectos
- Artículo 1: Se ordena la publicación del proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades Eléctricas y su exposición de motivos en la sede digital del MINEM y en el Diario Oficial “El Peruano”.
- Artículo 2: Las opiniones, comentarios y aportes deberán ser remitidos a la Dirección General de Asuntos Ambientales de Electricidad o al correo electrónico consultas_dgaae@minem.gob.pe dentro del plazo de quince (15) días calendario.
- Artículo 3: La Dirección General de Asuntos Ambientales de Electricidad es el órgano responsable de recibir, evaluar y sistematizar las observaciones presentadas.
Impacto
La publicación permite la participación ciudadana y la retroalimentación de entidades públicas y privadas, lo que contribuirá a afinar el nuevo marco normativo y a garantizar que el proceso de evaluación ambiental en actividades eléctricas sea más eficiente, predecible y técnicamente sólido. El plazo de 15 días asegura una ventana suficiente para la exposición de opiniones antes de la eventual promulgación del Decreto.