Servidumbre de ocupación, paso y tránsito a favor de Gases del Norte del Perú en Sechura – Resolución MINEM 290‑2022 Ruben Felix, PhD agosto 12, 2022

Servidumbre de ocupación, paso y tránsito a favor de Gases del Norte del Perú en Sechura – Resolución MINEM 290‑2022

Resumen ejecutivo

La Resolución Ministerial Nº 290‑2022‑MINEM/DM, de fecha 11 de agosto de 2022, constituye el derecho de servidumbre de ocupación, paso y tránsito a favor de Gases del Norte del Perú S.A.C. (GASNORP) sobre dos predios municipales de Sechura, Piura, estableciendo áreas, plazos, indemnización de S/ 20,343.76 y la cancelación la medida cautelar otorgada mediante RM 090‑2021‑MINEM/DM.

Antecedentes

GASNORP obtuvo la Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en la región Piura mediante Resolución Suprema Nº 007‑2019‑EM (24/07/2019) y el contrato de concesión del 08/11/2019. En virtud de la Ley Orgánica de Hidrocarburos (L 26221) y su Reglamento de Distribución (DS 040‑2008‑EM), la empresa solicitó la constitución de servidumbre sobre el predio municipal inscrito en la Partida Registral Nº P15144133.

Procedimiento administrativo

Fecha Acto N° documento Comentario
27‑oct‑2020 Presentación de solicitud de servidumbre Carta N° GNP‑COM‑S‑2020‑00561, registro Nº 3088449 Petición de servidumbre de ocupación, paso y tránsito sobre predio municipal de Sechura.
20‑ene‑2021 Oficio de SUNARP con observaciones Oficio N° 014‑2021‑SUNARP‑ZRN° I/UREG, registro Nº 3115030 Se notifican observaciones técnicas que posteriormente son absueltas.
03‑abr‑2021 Resolución Ministerial de medida cautelar RM 090‑2021‑MINEM/DM Se otorga medida cautelar de ocupación, paso y tránsito mientras se resolvía la solicitud.
04‑ago‑2021 Designación del tasador Resolución Directoral N° 275‑2021‑MINEM/DGH El Colegio de Ingenieros del Perú es designado para valorar la indemnización.
27‑ene‑2022 Informe de valorización pericial Carta N° 1208‑2021/CP/CIP/CDL, registro 3256697 Indemnización determinada en S/ 20,343.76.
11‑ago‑2022 Resolución Ministerial otorgante de servidumbre RM 290‑2022‑MINEM/DM Se constituyen las servidumbres y se cancela la medida cautelar.

Fundamento legal

  • Ley Orgánica de Hidrocarburos (L 26221) – arts. 79, 82, 83.
  • Ley Nº 27133 – art. 3 (interés nacional del gas).
  • Decreto Supremo 042‑2005‑EM (TUO de la L 26221).
  • Decreto Supremo 040‑2008‑EM – Reglamento de Distribución de Gas Natural (arts. 85, 96, 101, 103).
  • Decreto Supremo 038‑2014‑EM – Texto Único de Procedimientos Administrativos del MINEM (ítem SH03).
  • Decreto Supremo 062‑2010‑EM – normas sobre gratuidad de servidumbres sobre bienes del Estado.
  • Ley Nº 30327 – promoción de inversiones.
  • Ley Nº 27444 – Procedimiento Administrativo General (arts. 1, etc.).
  • Código Procesal Civil – art. 612 (vinculación de medidas cautelares).
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Decisión y efectos

  1. Artículo 1: Se constituye servidumbre de ocupación, paso y tránsito para la fase de construcción (539.61 m²) con coordenadas UTM del Anexo I.
  2. Artículo 2: Se constituye servidumbre de ocupación, paso y tránsito para la fase de operación (323.76 m²) con coordenadas UTM del Anexo III.
  3. Artículo 3: Plazo de afectación de la servidumbre de construcción: 1 año + 3 meses; la de operación: desde la Puesta en Operación Comercial hasta la culminación del contrato (30 años + 9 meses).
  4. Artículo 4: Indemnización total de S/ 20,343.76 a favor de la Municipalidad Provincial de Sechura, pagadera directa o judicialmente.
  5. Artículo 5: La empresa sigue obligada a obtener autorizaciones ambientales y de seguridad.
  6. Artículo 6: Se deja sin efecto la medida cautelar RM 090‑2021‑MINEM/DM.
  7. Artículo 7: La resolución constituye título suficiente para inscripción registral.
  8. Artículo 8: Entrada en vigencia al día siguiente de su publicación.
  9. Artículo 9: Publicación en el portal institucional del MINEM el mismo día de su difusión en el Diario Oficial.

Compensación y terceros involucrados

El monto indemnizatorio de S/ 20,343.76 fue determinado por el Colegio de Ingenieros del Perú, conforme al informe de valoración de la Carta 1208‑2021. La Municipalidad Provincial de Sechura, propietaria del predio señaló que el área tiene un fin útil de servicios de educación básica, lo que obliga al pago de la indemnización. SUNARP emitió observaciones técnicas (Oficio 014‑2021) que fueron absueltas mediante Carta S/N el 23 feb 2021. El Gobierno Regional de Piura (Oficio 400‑2021) confirmó la ausencia de superposiciones gráficas. Todas las entidades colaboraron para la inscripción registral de la servidumbre.

Características técnicas

Concepto Detalle
Área fase de construcción 539.61 m² (0.0540 ha)
Área fase de operación 323.76 m² (0.0324 ha)
Ubicación Municipalidad Provincial de Sechura, distrito y provincia de Sechura, departamento de Piura
Part Registral P15144133 (Oficina Registral de Piura, Zona I)
Coordenadas UTM detalladas en los Anexos I‑IV de la resolución
Tipo de servidumbre Ocupación, paso y tránsito, gratuita por ser bien de dominio público, con indemnización por fin útil

Impacto

La constitución de la servidumbre permite a GASNORP avanzar con la fase de construcción y operación de su red de ductos de gas natural en la zona de Sechura, garantizando la continuidad del suministro y cumplimiento de los objetivos de desarrollo energético regional. La cancelación de la medida cautelar elimina una restricción temporal y la indemnización asegura la protección del patrimonio municipal, respetando los principios de gratuidad y compensación establecidos en la normativa peruana.

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Acceder a PDF de la Publicación en el Diario Oficial de El Peruano de la RESOLUCIóN MINISTERIAL Nº 290-2022-MINEM/DM