Resumen ejecutivo
La Dirección General de Electricidad del MINEM, mediante la Resolución Directoral Nº 0179-2025-MINEM-DGE de fecha 6 de octubre de 2025, otorga a SOLARTIA GENERACIÓN PERÚ S.A.C. una concesión eléctrica rural (CER) para desarrollar la generación de energía eléctrica mediante recursos renovables en la Microred OFF‑GRID con generación fotovoltaica Iparía – Perú, con una potencia instalada de 2.4 MW en el distrito de Iparía, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali.
Antecedentes
La solicitud se presentó mediante Oficio Nº 035-2025‑SGP/GG (registro Nº 4062198) el 5 de julio de 2025, indicando la necesidad de atender 2,239 lotes domésticos, 200 cargas especiales y 200 luminarias. El proyecto cuenta con la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) aprobada por la Resolución Directoral Regional Nº 054-2025‑GRU‑GRDE‑DREM (29/05/2025) y la calificación como Sistema Eléctrico Rural (SER) aprobada por la Resolución Directoral Nº 045-2025‑MINEM/DGE (25/02/2025). El expediente correspondiente es el N° 66423225 y el informe técnico es el N° 668‑2025‑MINEM/DGE‑DCE.
Procedimiento administrativo
| Fecha | Acto | N° documento | Comentario |
|---|---|---|---|
| 05/07/2025 | Solicitud de concesión (Oficio) | 035-2025‑SGP/GG | Petición de CER para proyecto fotovoltaico Iparía. |
| 25/02/2025 | Resolución Directoral – SER | 045-2025‑MINEM/DGE | Calificación del proyecto como Sistema Eléctrico Rural. |
| 29/05/2025 | Resolución Directoral Regional – DIA y SER | 054-2025‑GRU‑GRDE‑DREM | Aprobación de la Declaración de Impacto Ambiental y SER por la GRU de Ucayali. |
| 06/10/2025 | Informe Técnico | 668‑2025‑MINEM/DGE‑DCE | Verificación de cumplimiento de requisitos del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural. |
| 06/10/2025 | Resolución Directoral – Concesión | 0179-2025‑MINEM‑DGE | Otorgamiento de la CER, aprobación de coordenadas, contrato N° 193‑2025 y disposiciones de publicación. |
Fundamento legal
- Ley N° 28749, Ley General de Electrificación Rural – Art. 20 (base de la solicitud).
- Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural (Decreto Supremo N° 018‑2020‑EM) – Arts. 48, 51, 52, 53 y 56.
- Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas (Decreto Supremo N° 009‑93‑EM) – Art. 53.
- Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental – Art. 22 y DS‑019‑2009‑MINAM.
- Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas – Art. 52 (publicación y vigencia).
Decisión y efectos
- Artículo 1: Otorgamiento de la concesión eléctrica rural a SOLARTIA GENERACIÓN PERÚ S.A.C. con potencia de 2.4 MW en Iparía, Ucayali.
- Artículo 2: Aprobación de las coordenadas UTM WGS84 que delimitan el área del proyecto (ver tabla de coordenadas).
- Artículo 3: Aprobación del Contrato de Concesión Eléctrica Rural N° 193‑2025 (18 cláusulas y 04 anexos).
- Artículo 4: Autoriza la suscripción del contrato y la escritura pública por el Director General de Electricidad o su delegada.
- Artículo 5: Ordena la inserción del texto de la presente resolución en la escritura pública conforme al Art. 56 del Reglamento de Concesiones Eléctricas.
- Artículo 6: Notificación a la concesionaria en un plazo de cinco (5) días hábiles y publicación única en el Diario Oficial El Peruano para que la resolución adquiera vigencia.
Características técnicas
| Parámetro | Valor |
|---|---|
| Potencia instalada | 2.4 MW |
| Ubicación | Iparía, Coronel Portillo, Ucayali |
| Demanda atendida | 2,239 lotes domésticos – 200 cargas especiales – 200 luminarias |
| Coordenadas UTM (WGS84) | Vértice 1: 8971116.2080 N / 560771.2953 E Vértice 2: 8971017.9125 N / 560789.6797 E Vértice 3: 8970991.2514 N / 560489.4642 E Vértice 4: 8971089.5470 N / 560471.0798 E |
| Contrato de Concesión | N° 193‑2025 – 18 cláusulas, 4 anexos |
Impacto
La concesión permite la electrificación de más de 2,600 unidades habitacionales y productivas en una zona de alta vulnerabilidad energética, contribuyendo al desarrollo sostenible de la Amazonía peruana mediante la utilización de fuentes renovables. Además, al formalizar el contrato y su publicación, se fortalece la seguridad jurídica para inversores y se cumple con las metas de expansión de energía limpia establecidas por el MINEM.