Concesión temporal para estudios de factibilidad del Parque Eólico Amara (252 MW) – Resolución MINEM 531‑2023 Ruben Felix, PhD enero 13, 2024

Concesión temporal para estudios de factibilidad del Parque Eólico Amara (252 MW) – Resolución MINEM 531‑2023

Concesión temporal para estudios de factibilidad del Parque Eólico Amara

El Ministerio de Energía y Minas otorgó, mediante la Resolución Ministerial Nº 531‑2023‑MINEM/DM publicada el 29 de diciembre de 2023, una concesión temporal a EMPRESA DE GENERACIÓN ELÉCTRICA LAS SALINAS S.A. para desarrollar los estudios de factibilidad del proyecto eólico Parque Eólico Amara, ubicado en el distrito de Santiago, provincia y departamento de Ica.

Datos clave de la concesión

  • Capacidad instalada: 252 MW
  • Plazo de la concesión: 24 meses contados a partir de la publicación de la resolución
  • Marco legal: Ley N.º 30705, Ley N.º 25844, Decreto Supremo N.º 009‑93‑EM, Decreto Supremo N.º 031‑2007‑EM, Decreto Supremo N.º 038‑2014‑EM y sus modificatorias
  • Obligaciones principales: cumplimiento del cronograma de estudios, presentación de los informes a la Dirección General de Electricidad y garantía de fiel cumplimiento

Área geográfica de la concesión

Los estudios se desarrollarán dentro de la zona delimitada por las siguientes coordenadas UTM (WGS‑84) – Zona 18 Sur:

Vértice Este (m) Nord (m)
1 422169.9064 8372395.5195
2 428427.7170 8367185.4337
3 431076.4466 8370036.6892
4 435056.0544 8368901.9479
5 439653.7079 8364813.5772
6 437917.6906 8359211.7129
7 436132.0124 8358524.2303
8 433338.1370 8360032.6303
9 431473.6638 8360118.1196
10 424089.3546 8364763.0856
11 424899.3677 8365915.9959
12 421112.7294 8371462.3720

Principales disposiciones de la resolución

  1. Artículo 1: Concesión temporal de 24 meses para los estudios de factibilidad del Parque Eólico Amara (252 MW).
  2. Artículo 2: Delimitación del área mediante las coordenadas UTM indicadas.
  3. Artículo 3: Obligación de cumplir con normas técnicas, de seguridad, medio ambiente y patrimonio cultural.
  4. Artículo 4: Sanciones en caso de incumplimiento o falta de renovación de la garantía de fiel cumplimiento.
  5. Artículo 5: Publicación única en el diario oficial El Peruano a cargo de la empresa.

La resolución fue firmada por Oscar Electo Vera Gargurevich, Ministro de Energía y Minas.

Impacto esperado

Con una capacidad de 252 MW, el Parque Eólico Amara contribuirá significativamente al desarrollo de la energía renovable en la región de Ica, reforzando los objetivos del Plan Nacional de Energía 2030 y la diversificación de la matriz eléctrica peruana.

Fuente: Resolución Ministerial Nº 531‑2023‑MINEM/DM, publicada en el Diario Oficial El Peruano.

Acceder a PDF de la Publicación en el Diario Oficial de El Peruano de la RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 531-2023-MINEM/DM