Resumen ejecutivo
El Decreto Supremo N° 004‑2026‑MINAM, firmado el 13 de marzo de 2026, crea el Área de Conservación Regional (ACR) Bosques Montanos de Huamantanga y Chorro Blanco, con una superficie de 14 022,65 ha en los distritos de Colasay, Chontalí, Huabal, Jaén y San José del Alto (provincia de Jaén, Cajamarca). El área queda bajo la administración del Gobierno Regional de Cajamarca, con financiamiento exclusivo de su presupuesto institucional y sin cargos al Tesoro Público.
Antecedentes
La iniciativa se sustenta en el artículo 68 de la Constitución, la Ley N° 26834 de Áreas Naturales Protegidas y su Reglamento DS 038‑2001‑AG, así como en las normas específicas del MINAM (DS 009‑2024‑JUS, DS 023‑2025‑PCM). El Gobierno Regional de Cajamarca presentó el expediente técnico mediante los oficios D330‑2025‑GR.CAJ‑GR‑GRRNGMA y D500‑2025‑GR.CAJ‑GR‑GRRNGMA/SGRNANP, respaldado por el compromiso de financiamiento expresado en el oficio D341‑2023‑GR.CAJ/GR.
Procedimiento administrativo
| Fecha | Acto | N° documento | Comentario |
|---|---|---|---|
| 15/08/2023 | Compromiso financiero del GR Cajamarca | D341‑2023‑GR.CAJ/GR | Se garantiza la sostenibilidad financiera con recursos propios. |
| 22/01/2025 | Envío de expediente técnico | D330‑2025‑GR.CAJ‑GR‑GRRNGMA | Remisión al SERNANP del proyecto de creación del ACR. |
| 23/01/2025 | Envío de expediente técnico (copia) | D500‑2025‑GR.CAJ‑GR‑GRRNGMA/SGRNANP | Entrega de documentación complementaria al SERNANP. |
| 10/03/2025 | Informe técnico de evaluación | 000060‑2025‑SERNANP/DDE‑SPPB | Primer informe que valida el cumplimiento de las disposiciones complementarias. |
| 31/10/2025 | Acta del Consejo Directivo del SERNANP | Acta Tercera Sesión Ordinaria | Aprobación de la propuesta por el Consejo Directivo. |
| 12/12/2025 | Resolución Ministerial de publicación del proyecto de DS | 000318‑2025‑MINAM | Se dio a conocer el proyecto de DS y su exposición de motivos. |
| 13/03/2026 | Aprobación definitiva del área | Decreto Supremo N° 004‑2026‑MINAM | Se establece oficialmente el ACR con sus artículos y disposiciones. |
Fundamento legal
- Constitución Política del Perú, Art. 68.
- Ley N° 26834, Arts. 1, 3, 5, 7, 11 y 21 b.
- Decreto Supremo N° 038‑2001‑AG (Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas).
- Decreto Legislativo N° 1013 (Creación y funciones del MINAM).
- Ley N° 28611 (Ley General del Ambiente).
- Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000149‑2025‑SERNANP/PE (Disposiciones complementarias de evaluación).
- Decreto Supremo N° 009‑2024‑JUS (Publicación y difusión de normas jurídicas).
- Decreto Supremo N° 023‑2025‑PCM (Regulación de la Calidad Regulatoria, art. 41.2).
Decisión y efectos
- Artículo 1 – Se establece el ACR Bosques Montanos de Huamantanga y Chorro Blanco (14 022,65 ha) en los distritos indicados.
- Artículo 2 – Se fortalece la gestión y conservación del patrimonio natural de Cajamarca.
- Artículo 3 – Se protege la Ecorregión Bosques Montanos de la Cordillera Real Oriental y se promueve la mitigación del cambio climático.
- Artículo 4 – El Gobierno Regional de Cajamarca administra el ACR y reporta a SERNANP y al Ministerio de Cultura.
- Artículo 5 – Los derechos de propiedad previos se respetan y se ejercen en armonía con la normativa ambiental.
- Artículo 6 – Se permite la ejecución de obras de infraestructura y proyectos compatibles, previa autorización competente.
- Artículo 7 – El Plan Maestro provisional, contenido en el expediente técnico, será aprobado en un plazo máximo de 9 meses.
- Artículo 8 – La financiación proviene del presupuesto institucional del GR Cajamarca, sin cargos al Tesoro Público.
- Artículo 9 – Publicación en la Plataforma Digital Única del Estado y en los sitios del MINAM y SERNANP.
- Artículo 10 – Refrendo por la Ministra del Ambiente.
Compensación y terceros involucrados
El Gobierno Regional de Cajamarca, mediante el oficio D341‑2023‑GR.CAJ/GR, se comprometió a financiar la gestión del ACR con recursos propios y sin generar gasto adicional al Tesoro Público. El Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas (SERNANP) brinda apoyo técnico y orientador durante la evaluación y posterior administración. No se registró compensación económica a propietarios privados, pues el área se sitúa en predios estatales y el respeto a derechos adquiridos se garantiza según la Ley N° 28611 y la Ley N° 26834.
Características técnicas
| Elemento | Descripción |
|---|---|
| Superficie | 14 022,65 ha |
| Ubicación geográfica | Distritos de Colasay, Chontalí, Huabal, Jaén y San José del Alto, provincia de Jaén, departamento de Cajamarca |
| Coordenadas base | UTM zona 17 S, datum WGS‑84 (según Memoria Descriptiva) |
| Tipo de área | Área de Conservación Regional (administración regional, patrimonio de la Nación) |
| Administración | Gobierno Regional de Cajamarca, con supervisión de SERNANP y coordinación con el Ministerio de Cultura |
Impacto
La creación del ACR contribuye a la preservación de la biodiversidad de la ecorregión Bosques Montanos, garantiza la continuidad de servicios ecosistémicos (captura de agua, regulación climática) y fortalece la participación de comunidades locales en actividades sostenibles. El marco legal asegura el cumplimiento de la normativa ambiental peruana y alinea el proyecto con compromisos internacionales de conservación.