Concesión definitiva a TRANSMICEM para el Sistema Eléctrico UNACEM 220/60 kV Ruben Felix, PhD febrero 19, 2026

Concesión definitiva a TRANSMICEM para el Sistema Eléctrico UNACEM 220/60 kV

Resumen ejecutivo

La Resolución Ministerial Nº 054‑2026‑MINEM/DM, de fecha 12 de febrero de 2026, otorga a favor de TRANSMICEM S.A.C. la concesión definitiva para desarrollar la transmisión eléctrica del proyecto “Sistema Eléctrico en 220 kV y 60 kV para asegurar la confiabilidad y el abastecimiento de energía eléctrica de las instalaciones de la planta Atocongo de UNACEM”, en Villa María del Triunfo y Villa El Salvador, Lima. La decisión se sustenta en el Decreto Ley Nº 25844, su Reglamento DS 009‑93‑EM y el Texto Único de Procedimientos Administrativos (DS 038‑2014‑EM).

Antecedentes

El expediente Nº 14422825 contiene la solicitud de la empresa, registrada bajo el N° 4049812, para obtener una concesión definitiva. El proyecto comprende la nueva subestación UNACEM 220/60/22,9 kV, la ampliación de la SE Atocongo y una doble línea de transmisión subterránea (220 kV y 60 kV) que cruza la concesión de la línea San Juan‑Chilca (Resolución Suprema Nº 081‑94‑EM) sin incompatibilidad.

Procedimiento administrativo

Fecha Acto N.º documento Comentario
12/02/2026 Emisión de Resolución Ministerial 054‑2026‑MINEM/DM Otorga la concesión definitiva a TRANSMICEM.
2026 (varios) Informes técnicos de la DGE 032‑2026‑MINEM/DGE‑DCE; 033‑2026‑MINEM/DGE‑DCE; 063‑2026‑MINEM/DGE‑DCE Verifican cumplimiento de requisitos de la Ley de Concesiones Eléctricas.
2026 Informe de la OGAJ 0134‑2026‑MINEM/OGAJ Confirma legalidad y viabilidad del proyecto.
2026 Registro de solicitud 4049812 Solicitud formal de concesión presentada por TRANSMICEM.
2026 Aprobación de la Minuta del Contrato de Concesión 644‑2026 Contrato de 19 cláusulas y 4 anexos aprobado por el Director General de DGE.

Fundamento legal

  • Decreto Ley Nº 25844, Art. 25 (requisitos) y Art. 28 (plazo de 60 días hábiles).
  • Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, DS 009‑93‑EM, Art. 37 (procedimiento de otorgamiento).
  • Ley Nº 30705 y su Reglamento de Organización y Funciones (DS 031‑2007‑EM).
  • Texto Único de Procedimientos Administrativos del MINEM, DS 038‑2014‑EM.
  • Resolución Suprema Nº 081‑94‑EM (concesión previa a Red de Energía del Perú S.A.).
  • Artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas (inserción del texto en la Escritura Pública).
  • Artículo 54 del mismo reglamento (publicación en El Peruano).

Decisión y efectos

  1. Artículo 1: Otorgamiento de la concesión definitiva a TRANSMICEM S.A.C. bajo los términos de la presente Resolución y la Minuta del Contrato N° 644‑2026.
  2. Artículo 2: Definición de las características principales de los bienes (líneas, subestaciones, servidumbres).
  3. Artículo 3: Aprobación del texto de la Minuta del Contrato de Concesión N° 644‑2026.
  4. Artículo 4: Autorización al Director General de DGE para suscribir la Minuta y la Escritura Pública.
  5. Artículo 5: Inserción del texto de la Resolución en la Escritura Pública conforme al Art. 56 del Reglamento.
  6. Artículo 6: Publicación única en El Peruano dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, a cargo de TRANSMICEM.
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Características técnicas

Ruta / Segmento Tensión (kV) Nº de Ternas Longitud (km) Ancho de faja de servidumbre (m)
SET Pachacútec – SE UNACEM – SE Atocongo (220 kV) 220 1 4,79 3,8* y 5,4**
SET Pachacútec – SE UNACEM – SE Atocongo (60 kV) 60 2 2,44 y 2,49 4,32* y 5,94**
Todas las líneas son de tipo subterráneo.
* Banco‑ducto. ** Cámara de empalme (Código Nacional de Electricidad – Suministro 2011).

Subestaciones:

  • Nuevo SE UNACEM: 220/60/22,9 kV con transformadores monofásicos, bahías GIS y obra civil‑electromecánica.
  • Ampliación SET Pachacútec: 1 bahía GIS 220 kV, ampliación de sistemas de control y protección.
  • Ampliación SE Atocongo: 2 bahías GIS 60 kV tipo exterior, modernización de comunicaciones y obra civil.

Impacto

La concesión permite asegurar la confiabilidad y el abastecimiento energético de la planta cementera Atocongo, reduciendo pérdidas y garantizando la continuidad operativa. La infraestructura subterránea minimiza el impacto visual y ambiental en los distritos de Villa María del Triunfo y Villa El Salvador, y fortalece la interconexión del sistema eléctrico regional, cumpliendo con los lineamientos de planificación del MINEM.

Acceder a PDF de la Publicación en el Diario Oficial de El Peruano de la RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 054-2026-MINEM/DM