Concesión temporal para la Central Eólica Quercus 300 MW en Olmos (Lambayeque) Ruben Felix, PhD diciembre 31, 2025

Concesión temporal para la Central Eólica Quercus 300 MW en Olmos (Lambayeque)

Resumen ejecutivo

El Min. de Energía y Minas otorga, mediante la Resolución Ministerial Nº 425‑2025‑MINEM/DM del 16‑de‑diciembre‑2025, una concesión temporal de 24 meses a la empresa Quercus S.A.C. para realizar estudios de factibilidad de la Central Eólica Quercus de 300 MW en el distrito de Olmos, Lambayeque.

Antecedentes

El proyecto “Central Eólica Quercus 300 MW” fue presentado mediante el Registro Nº 4143243 el 02‑oct‑2025, solicitando concesión temporal para ejecutar estudios de factibilidad. El expediente Nº 27425525 incluye los informes de la Dirección General de Electricidad (Nº 905‑2025‑MINEM/DGE‑DCE) y de la Oficina General de Asesoría Jurídica (Nº 1244‑2025‑MINEM/OGAJ), que confirmaron el cumplimiento de los requisitos legales.

Procedimiento administrativo

Fecha Acto N.º de documento Comentario
02‑oct‑2025 Presentación de solicitud de concesión temporal Registro Nº 4143243 Solicitud de la empresa Quercus S.A.C. para estudios de factibilidad de 300 MW en Olmos.
xx‑2025 Emisión del Informe DGE Informe Nº 905‑2025‑MINEM/DGE‑DCE Verifica cumplimiento del artículo 30 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.
xx‑2025 Emisión del Informe OGAJ Informe Nº 1244‑2025‑MINEM/OGAJ Confirma legalidad y viabilidad de la solicitud.
16‑dic‑2025 Resolución Ministerial RM Nº 425‑2025‑MINEM/DM Otorga la concesión temporal por 24 meses.
16‑dic‑2025 Registro y publicación Se ordena publicación única en El Peruano a cargo de la empresa.

Fundamento legal

  • Decreto Ley Nº 25844, artículo 23: facultad de otorgar concesiones temporales para estudios de factibilidad.
  • Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas (DS 009‑93‑EM), artículos 30 y siguientes: requisitos y procedimiento.
  • Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del MINEM, código CE02‑1, DS 038‑2014‑EM: procedimiento “Otorgamiento de concesión temporal para centrales de generación”.
  • Ley Nº 30705 y su Reglamento de Organización y Funciones.
  • Resolución Directoral Nº 046‑2010‑EM/DGE y demás normas aplicables al medio ambiente y patrimonio cultural.

Decisión y efectos

  1. Artículo 1: Concesión temporal otorgada a Quercus S.A.C. por 24 meses, con capacidad estimada de 300 MW en Olmos, Lambayeque.
  2. Artículo 2: Delimitación del área mediante coordenadas UTM (zona 17S) P1‑P10 (ver tabla).
  3. Artículo 3: Obligación de realizar los estudios de factibilidad respetando normas técnicas, ambientales y de patrimonio cultural.
  4. Artículo 4: En caso de incumplimiento o falta de renovación de la garantía, la Dirección General de Electricidad ejecutará la garantía según el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.
  5. Artículo 5: Publicación única de la resolución en El Peruano a cargo de la empresa, conforme al artículo 36 del Reglamento.
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Características técnicas

Elemento Detalle
Capacidad instalada 300 MW
Ubicación Distrito de Olmos, provincia y departamento de Lambayeque
Área de concesión Coordenadas UTM (WGS84) zona 17S, vértices P1‑P10 (ver tabla del artículo 2)
Plazo 24 meses contados a partir de la publicación

Impacto

La concesión permite a Quercus S.A.C. avanzar con los estudios de factibilidad necesarios para la futura instalación de una central eólica de 300 MW, lo que contribuirá al aumento de la generación renovable en la zona norte del país y al cumplimiento de los objetivos de expansión del Sistema Eléctrico Nacional.

Acceder a PDF de la Publicación en el Diario Oficial de El Peruano de la RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 425-2025-MINEM/DM